¿Qué hacer si la inmobiliaria pretende cobrar la comisión de alquiler al inquilino? La nueva ley de vivienda de 2023 lo prohibe

Índice del artículo

La nueva Ley por el Derecho a la Vivienda, que acaba de entrar en vigor, regula por primera vez en España el cobro de las comisiones u honorarios de inmobiliaria en las operaciones de alquiler, prohibiendo expresamente que se le pueda cobrar a los inquilinos. Por lo general hasta ahora se cobraba en muchos sitios una mensualidad más iva al inquilinos. La mayoría de las agencias ya nos hemos adaptado a esta nueva situación y son muchos los anuncios de viviendas en alquiler que ya indican que la comisión la abonará la parte arrendadora. Aunque la inmensa mayoría de las agencias estoy seguro de que aplicará la ley correctamente, tampoco tengo ninguna duda de que una minoría tratará de buscar subterfugios para tratar de seguir cobrando a los inquilinos. 

Así que a continuación vamos a explicar en qué casos la inmobiliaria no puede cobrar comisión a los inquilinos y qué hacer si exige su pago inclumpliendo la ley. 

1.- En qué casos no se puede cobrar comisión de alquiler a los inquilinos.

La nueva Ley de vivienda ha modificado algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Una de estas modificaciones afecta al artículo 20 de la LAU, donde se ha introducido lo siguiente:

Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.

Un aspecto importante que hay que aclarar es que este artículo afecta solo a los alquileres de vivienda habitual (art. 2 LAU). Suelen ser los alquileres más frecuentes, pero quedan fuera de esta prohibición algunos alquileres de vivienda:

  • los alquileres temporales: suelen ser alquileres de estudiantes o de trabajadores desplazados. Cuidado con estos alquileres porque se suelen utilizar en ocasiones en fraude de ley, fingiendo un alquiler temporal donde hay en realidad un alquiler de vivienda habitual. Esto se hace en ocasiones para no tener que prorrogar obligatoriamente el contrato durante 5 o 7 años. Así que ahora es previsible que se use con más frecuencia, también en fraude de ley, para tratar de  cobrar la comisión a los inquilinos. En un artículo anterior hablamos más en extenso sobre este fraude de los contratos de alquiler de 11 meses y cómo resolverlo. El legislador también es consciente de que esta fórmula se suele usar fraudulentamente y por eso la propia ley se da un plazo para regular los alquileres temporales de vivienda.
  • los alquileres de habitaciones
  • los alquileres de locales, oficinas, garajes, naves industriales…

Por lo tanto, una agencia inmobiliaria no puede cobrar comisión a un inquilino que firma un alquiler de vivienda habitual, y tendrá que cobrarlo al propietario del inmueble.

2.- La prohibición de cobrar comisión inmobiliaria a los inquilinos, ¿se aplica la ley en tu comunidad autónoma?

Una supuesta explicación que nos empezamos a encontrar es que la prohibición de cobrar a los inquilinos no aplica en la comunidad autónoma. Lo decía estos días en prensa el representante de una inmobiliaria, «hasta que Ayuso no prohíba cobrar la comisión a los inquilinos yo seguiré haciéndolo». Nos encontramos también noticias en prensa que dicen que en aquellas comunidades autónomas donde va a gobernar el PP no se va a aplicar la ley de vivienda. Pues bien, esto es falso porque la prohibición de cobrar a los inquilinos aparece en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es de aplicación en toda España. 

La confusión puede venir del hecho que hay cuestiones en la ley de vivienda que deben desarrollar las comunidades autónomas, especialmente todo el tema de zona de mercado tensionado: la ley de vivienda pone los mimbres, y luego cada comunidad autónoma es libre de desarrollarlo o no. Pero los cambios de la LAU, entre ellos la prohibición comisión de cobrar al inquilino aplica en toda España. 

3.- Qué puede hacer un inquilino si la agencia inmobiliaria pretende hacerle pagar los honorarios 

Desde Etikalia intuimos que el caso más frecuente será que la agencia quiera coaccionar a los inquilinos diciendo que si no se paga a la agencia se quedan sin el piso. Y estamos seguros de que muchos inquilinos aceptarán esta coacción. En Etikalia llevamos desde varios días antes de la entrada en vigor de la ley informando a los inquilinos en las visitas de que las agencias ya no les pueden cobrar comisión y algunos nos han llegado a decir que no les importaba pagarnos si con eso conseguían quedarse con el piso. Si la agencia inmobiliaria quiere cobrarte ilegalmente lo que no te corresponde puedes seguir los siguientes consejos:

  1. Nuestro primer y mejor consejo es que no alquiles con ninguna agencia que te quiera estafar cobrando algo que no te corresponde pagar. Y no solo eso, hazles una reseña negativa en Google y pideles una hoja de reclamaciones para presentar en la oficina de consumo (más adelante se explica cómo rellenarla). Si los inquilinos seguís permitiendo que os estafen estas agencias, lo seguiran haciendo. Mientras que si notan resistencia, con el tiempo, igual se dan cuenta de que no les sale rentable incumplir la ley. Esto es importante porque la ley de vivienda no contempla régimen sancionador, de manera que estas estafas podrían no tener consecuencias negativas para estas agencias.
  2. A partir de ahí, si por el motivo que sea decides alquilar un piso a sabiendas de que la agencia te está estafando, lo primero que debes hacer es guardar una copia del anuncio por el que te hayas interesado. Es importante que el «pantallazo» incluya la máxima información, especialmente la que se suele incluir en la descripción de la vivienda. En ese texto debería aparecer si la agencia cobra a los inquilinos y en concepto de qué. Si en el anuncio no dice nada de que se cobre al inquilino (que sería lo correcto) no se puede cobrar (entiendo que aquí se aplicaría el artículo 3 del Real Decreto 515/1989). Otra cosa es que luego la agencia decida cobrarte por otros conceptos que supuestamente tu hayas contratado expresamente. Parece que este es el «truco» que están usando algunas agencias, cobrando por un supuesto asesoramiento jurídico que el inquilino no ha contratado. Si fuese ese el caso, en una reclamación debería ser la agencia quien demuestre que el inquilino ha contratado ese servicio que no tiene que ver con la gestión inmobiliaria ni con la formalización del contrato. No hace falta decir que cuanta más información conste por escrito, mucho mejor para luego demostrar con un email o whatsapp que es la agencia quien fuerza a contratar ese supuesto servicio como condición para alquilar la vivienda
  3. Una vez que la agencia ha hecho pagar al inquilino, la primera acción sería reclamar por escrito a la agencia inmobiliaria para que te devuelva lo que has pagado. Para ello puedes pedir en la agencia una hoja de reclamaciones. En esa reclamación puedes hacer referencia a que según el artículo 20 de la LAU, los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador, por lo que el pago que te han exigido es ilegal. Lo recomendable es que hagas esta reclamación enviando un burofax o un email certificado, que tiene la misma validez y es más barato. También puedes alegar que en el anuncio no se informaba de que había que abonar gastos de inmobiliaria (y ahí haces referencia al art 3 del RD 515/1989) y que tu no has solicitado ningún servicio adicional a la agencia inmobiliaria.
  4. Si eso no funciona tendrás que ir a reclamación judicial, interponiendo lo que se denomina un «monitorio» para reclamar la cantidad. Lo bueno de este procedimiento es que si el importe que reclamas es de menos de 2000 euros no necesitas abogado ni procurador. 

En cambio, si te emiten la factura en el momento de la firma del contrato pero el pago es posterior, no tienes la obligación de pagar la comisión de agencia y en todo caso será ésta la que te tenga que reclamar vía monitorio el pago de ese importe. Ahí es importante que puedas justificar que la agencia no ha hecho más que mediar y formalizar el contrato de alquiler porque no está claro si puede cobrarte por otras gestiones como hacer el cambio de titularidad de suministros (que en todo caso, tendrías que haber solicitado tu).

Otra forma de recabar pruebas de un cobro ilícito de los honorarios de la agencia inmobiliaria es grabar la conversación que tengas con la persona de la agencia donde te diga que tienes que pagarlo. Grabar una conversación en la que participa uno mismo es completamente legal y podrías aportarlo como prueba en una hipotética demanda judicial.

Por último, otra opción es que te dirijas a FACUA, que ya ha puesto una denuncia contra más de treinta agencias inmobiliarias y quizá puedan añadir tu caso y denunciar a la agencia que te está intentando cobrar ilegalmente.

4.- Otros trucos que están usando algunas agencias para cobrar a los inquilinos

Gracias a los comentarios que nos estáis dejando más abajo estamos recopilando algunos de los trucos que usan determinadas agencias para cobrar ilegalmente a los propietarios. Así que esta sección la iremos actualizando periódicamente.

1.- Cobrar por la reserva del alquiler: es frecuente que antes de firmar un contrato de alquiler se firme una reserva con la agencia inmobiliaria. Nosotros lo hacemos en todos los casos. En esa reserva el inquilino entrega una cantidad de dinero a la agencia. Pues bien, esa cantidad no se la puede quedar la agencia como cobro de su trabajo, sino que la agencia se la debe entregar a la parte arrendadora y luego descontarse de la fianza o de la primera mensualidad. Esto debe quedar claro en la reserva. Es importante que las condiciones de la reserva estén por escrito y firmado tanto por inquilinos como por la agencia. Y si es posible, también por la parte arrendadora. En nuestro contrato de reserva firmamos todas las partes: inquilinos, avalistas (si los hay), Etikalia y la parte arrendadora. Si tienes dudas sobre cómo funciona la reserva de alquiler puedes visitar el post enlazado.

2.- Obligar a aceptar los honorarios de agencia. En este caso la ley es imperativa y no admite pacto en contra. Eso significa que aunque los inquilinos firmen que se acepta pagar los honorarios que corresponde al arrendador, no hay obligación de cumplir ese supuesto pacto (en realidad, una imposición) porque la ley no permite pactar en contra de lo que dice.

3.- Firmar un encargo del arrendatario de localizar un piso en alquiler, incluir en la factura el concepto «búsqueda de vivienda», «asesoramiento inmobiliario» y cosas similares. En este caso, si la vivienda alquilada forma parte de la cartera de esa agencia no se puede cobrar al inquilino porque la agencia ya habrá recibido previamente el encargo de la propiedad para gestionar la comercialización y formalización del contrato. Otra cosa sería que los inquilinos contraten un «personal shopper» para que se encargue de la búsqueda de vivienda y ésta la ofrezca una agencia diferente.

4.- Obligar a contratar un supuesto «servicio de atención a inquilinos«. La agencia que está haciendo esto ya ha sido denunciada. Lo que hace es obligar a los inquilinos a contratar un servicio de gestión integral de alquiler, posterior a la firma del contrato. Por ese servicio se puede cobrar al inquilino si lo contrata él. Lo que no se puede hacer es obligar a contratarlo. Pero claro, si no lo contratas te quedas sin piso. Así que una solución es contratarlo e inmediatamente, cuando ya has firmado el contrato de alquiler de la vivienda, ejercer el derecho a desistimiento. Es decir, «devolver» ese servicio contratado antes de que esa agencia te lo proporcione. Para ello tienes un plazo de 14 días pero mi recomendación es que lo ejerzas lo antes posible porque la agencia podría hacer alguna gestión (como cambio de suministros) y alegar que ya se ha realizado el servicio. Hazlo por escrito, por email, para que quede constancia del momento en que lo has solicitado. El email puedes enviarlo tanto a la dirección que has usado para los trámites previos a la firma del contrato como a la dirección corporativa que aparece en la web. Y por supuesto, se puede seguir ejerciendo el resto de acciones: hoja de reclamaciones, denuncia a través de una organización de consumidores, etc.

5.- Falsos contratos de alquiler temporal. En los alquileres temporales (llamados técnicamente «alquiler para uso distinto a vivienda) hay libertad de pacto y la agencia puede cobrar a los inquilinos. Estos alquileres temporales son pisos de estudiantes, para personas desplazadas temporalmente y casos similares. Existe la falsa creencia de que poniendo en el contrato una duración inferior a un año significa que ya es un alquiler temporal y se puede cobrar al inquilino. Esto lo explicamos ya en un artículo sobre los contratos de alquiler de once meses, cuya lectura recomiendo. Pero un contrato de alquiler de once meses puede ser perfectamente un contrato de alquiler de vivienda habitual (de larga estancia) y por lo tanto no se puede cobrar a los inquilinos. Esto es así porque la jurisprudencia establece que lo importante en estos contratos no es el plazo que se refleje en el contrato, sino el motivo de la temporalidad (estudiantes, desplazamiento temporal por trabajo o cuidado de personas, etc.). Así que un contrato de once meses que no establezca el motivo de la temporalidad, y que en el anuncio no se especificara que se destinaría a alquiler temporal es un contrato de alquiler de vivienda habitual y no se puede cobrar a los inquilinos.

6.- Disfrazar de garantía adicional lo que en realidad son honorarios de agencia. Algunos de vosotros también nos habéis consultado el caso de que se exige al inquilino el pago de un mes de garantía adicional que no se devuelve al finalizar el contrato. La garantía adicional funciona como la fianza y debe devolverse al finalizar el contrato si no hay incumplimientos ni otros motivos para retenerlo. En este caso, nuestro consejo es que una vez firmado el contrato de alquiler informéis al propietario de que tiene la obligación legal de devolver ese importe al finalizar el contrato. Como es muy posible que él ya no tenga ese importe, sino que se lo haya quedado la agencia, deberá ser la parte arrendadora quien lo aclare con la inmobiliaria. Y al finalizar el alquiler deberá devolver ese importe, ponga lo que ponga en el contrato.

7.- La inmobiliaria exige pago en mano y sin factura. En este caso recomendamos no hacer ese pago porque será muy difícil luego demostrar que se ha hecho y por tanto, recuperarlo. Lo que si recomendamos es pedir hoja de reclamaciones a la agencia exponiendo la situación a la agencia de consumo competente en esa zona. Y otra cosa que suele hacer mucho daño son las reseñas negativas en Google.

8.- Algunas situaciones que ya son extremadamente escandalosas (y que nos llega que está sucediendo) es que se cobre por entregar las llaves o por pedir cita para el empadronamiento.

¿Te está intentando cobrar la agencia inmobiliaria la comisión por el alquiler?

Si es así puedes exponer tu caso en los comentarios indicando qué te reclama la agencia y qué agencia es, y te ayudaremos en la medida de nuestras posibilidades (sin cobrarte honorarios inmobiliarios, je, je).

¿TIENES ALGUNA DUDA SOBRE ESTE TEMA? Escribela en los comentarios más abajo y trataremos de resolverla.

también te pueden interesar estos artículos

522 respuestas

  1. Buenas tardes, que día entro en vigor la nueva ley, yo tengo la factura de la comisión de agencia con fecha 25 de Mayo, puedo reclama??

      1. buenos días mi caso es el siguiente:
        me desplazo a otra provincia para estudiar un máster por lo que el de la agencia inmobiliaria me dice que como el contrato va a ser desde noviembre hasta mayo me hará un contrato temporal y por eso me cobra honorarios doscientos euros. que estos los pague en efectivo ya que en caso de hacerlo por bizum me tiene que pasar una factura y serán 43 euros más. y que todo el mundo lo hace a mano. cuando estoy allí leyendo el contrato me doy cuenta que en este mismo pone que es un contrato de vivienda habitual por un año de duración pero que solo estoy obligada a estar en el mismo de noviembre a mayo y que luego puedo irme de este piso sin penalización ninguna pasada estas fechas por lo tanto entiendo que no es temporal es en ese momento en el que le digo que no llevo dinero en efectivo y que me haga una factura para posteriormente hacerle una transferencia que no me importa pagar esos 43 euros de más. en el concepto me han puesto asesoramiento e intermediación en el arrendamiento de la vivienda. y me dice que lo tengo que hacer por bizum. lógicamente aún no he hecho este ingreso porque sigue sin cuadrarme lo de que yo tenga que pagar los honorarios siendo la inquilina pero al mismo tiempo no comprendo que si mi finalidad es estudiar porque me ha puesto un contrato de vivienda habitual. con lo cual en este caso no se que debo hacer y si es mejor pagar o no debo pagar porque no me corresponde.

      2. Huye de esa agencia que te va a cobrar en dinero negro (sin iva, sin factura) y que te hace un alquiler de vivienda habitual cuando debería hacerte uno temporal

      3. Estoy impresionada por la impunidad en España donde todos parecen hacer lo que les parece con las normas y las leyes. Llegué a Valencia hace varios meses y una de las cosas que me enfurese es que inmobiliarias como Engel & Volker y varias otras siguen cobrando al inqulinoun mes de comisión (mas VAT! Tienen…!) y nadie parece hacer algo al respecto. esto sin mencionar que los dueños de propiedades creen que pueden cobrar lo que les oarezca por apartamentos en condicines deplorablrs. Dónde puedo reportar a éstas inmobiliarias? Vale la prna el esfuerzo?

      4. Buenos dias, he comprado una casa pero me la dan en unos meses (entre 3 y 6 meses), por lo tanto necesito una vivienda de alquiler por ese tiempo. La inmobiliaria puede combrarme en este caso una comision?
        graciaz

      5. si puede cobrarate porque es contrato para uso distinto a vivienda habitual

      6. buenos día mi caso es el siguiente:
        Alquile un piso en julio de 2023 como vivienda habitual le realizo un depósito de reserva a la inmobiliaria que supuestamente se me descontará luego del coste de mes fianza y mes de garantía a la firma del contrato realice otro pago correspondiente al mes corriente e importe de fianza faltando y ahora le aviso con antelación a la dueña y a la inmobiliaria que dejo el piso como corresponde y marca en el contrato y me dice la inmobiliaria la devolución de la fianza corresponde a un mes y que lo otro que pague corresponde a honorarios de agencia y eso no fue lo que el me explicó al inicio ni eso esta estipulado en el contrato adi que que puedo hacer?

      7. Si en el contrato indica que entregas un mes de fianza y otro de garantía y el de garantía no te lo devuelven porque se lo queda la agencia puedes reclamar a las dos partes, a la agencia porque ese planteamiento es ilegal y a la propiedad porque debe devolverte las dos mensualidades.

    1. buenas tardes .Mi caso es en cordoba .Llame a una agencia inmobiliaria ,y al pedirle información sobre el inmueble y sus condiciones ,me respondieron: 3 meses ,de fianza .y yo le pregunté que si era ,1 para fianza ,1 para mes de entrada y el otro para la inmobiliaria. Se quedó sin saber que decirme y le volví a preguntar que se lo preguntaba porque como ya estaba en vigor la nueva ley de la vivienda tengo entendido que no se puede cobrar la comicion de agencia.y me contesto :..QUE ELLOS NO COBRANBAN LOS GASTOS ,SI NO ,POR ENSEÑARME EL PISO.
      He leído vuestro artículo,porque ya que estoy buscando piso ,y veo que me voi a encontrar estos casos ,almenos estar informada de lo que es legal o no.y si se puede hacer algo al respecto para que esto deje de pasar.esto es lo que ponía en el anuncio exactamente .

      En cumplimiento del decreto 218/2005 de 11 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía, se informa que en el precio del inmueble reflejado (que no tiene caducidad y puede ser alterado sin previo aviso), no figuran los gastos inherentes a la compraventa, como son ITP ó IVA, notaría, registro de la propiedad y honorarios de la agencia inmobiliaria.
      ¿QUE PUEDO HACER AL RESPECTO PARA QUE NO INTENTEN TIMARME MAS?
      GRACIAS UN SALUDO

      1. se me olvidó decir que en mi caso ,me dijeron que la duración sería de minimo un año.y la inmobiliaria es inmobiliaria Chirinos.gracias.un saludo.

      2. Hola Vanesa,

        pues lo dicho en el artículo, si no quieres perder el piso tendrás que pagar inicialmente y después reclamar. Puedes informar en Facua de las agencias que te quieren cobrar. Si tienes la información por escrito (mail o whatsapp), mucho mejor. En cuanto a los tres meses de fianza, la ley permite un mes de fianza y dos más de garantía adicional, así que eso es correcto. Lo que no sería correcto es que te digan inicialmente que son tres meses entre fianza y garantía adicional (que al final del contrato se te devuelve si ha ido todo bien) y luego resulte que en realidad es dos meses de fianza y uno de comisión de agencia.

      3. hola en mi caso ya estoy viviendo hace casi un año en el piso que alquiler, y la agencia inmobiliaria me reclama 2 meses de honorarios sin motivos y me lleva a los juzgados de primera instancia, yo ya firme el contrato de alquiler con la propietaria, tengo que hacer un proceso de monitorio de negacion necesito ayuda, entiendo que los honorarios se lo tienen que cobrar a la propietaria y no a mi, y el agente inmobiliario me dijo en su dia que le estaba haciendo un favor a la propietaria, con lo cual el le hace el favor y yo no tengo porque pagarlo. no tengo ningun documento o contrato con la inmobiliaria.

      4. Hola Daniel,

        ¿en base a qué te reclaman ese dinero? ¿son honorarios que no pagaste en su día? ¿es algo nuevo que te reclaman ahora? ¿Tienes algún contrato firmado con ellos?

      1. Hola Oscar,

        tienes razón. Imagino que te refieres a los propietarios que encargaban la comercialización de su vivienda a las inmobiliarias sin pagarles nada.

      2. Puede que se refiera al servicio prestado a clientes que:

        -Encuentran un piso en un portal inmobiliario en el que una agencia lo ha publicado previamente y no de forma gratuita.
        -Visitan el inmueble con personal de la inmobiliaria.
        – Firman un contrato redactado por la agencia en el que ellos son una de las partes.

        Es cierto que inicialmente el encargo viene del arrendador (que por supuesto debería pagar parte de los honorarios), pero el arrendatario también hace uso de este servicio. Si no quieren el servicio pueden buscar pisos que se alquilen por no profesionales, pero si el piso está en una agencia deberían pagar.

      3. Hola Jaime,

        gracias por tu comentario. Esos son servicios que ahora el propietario no solo contrata sino que tiene que pagar. Yo estoy de acuerdo en que el servicio de las inmobiliarias, si se hace bien, debe beneficiar a ambas partes y se justiricaría pagar honorarios a medias. Pero lo que no es justificable es no cobrar a los propietarios por el interés de las agencias de tener viviendas que ofrecer porque el hecho de no cobrar honorarios facilita la captación.

      4. es algo Ilógico, inmoral e ilegal lo que hacen las inmobiliarias con los inquilinos el que contrata el servicio para que le alquilen su propiedad es el propietario del piso, el cual debe pagar los honorarios y gastos de servicios prestados, lo demas es todo engaño y estafa

    2. Hola buenas tardes, mire les escribo contándoles un poco mi caso y ver que camino puedo coger.
      Somos tres estudiantes que encontramos un piso en una página web, en esa página no figuraba que se nos iban a cobrar unos honorarios (aunque esto no me vale, porque no tengo “captura” de dicha información)
      A día de hoy hemos firmado un anexo, en el cual se especifica que le pagaremos x dinero por sus honorarios, aunque en el contrato que aún no hemos firmado ,no se especifica “a mi parecer” dicha cláusula.
      He estado leyendo, y este piso se alquilará durante 12 meses, ósea que no será alquiler temporal, aunque ellos se van a encargar de los gastos de luz y agua, bueno no se si ellos pero les mandaremos un cierto dinero con todo incluido, no se si al hacer eso si que sería legal los honorarios.
      También nos dicen que si le pagamos este dinero en efectivo no se cobrará el Iva, mientras que por transferencia si… espero que me podáis ayudar a saber si todo esto es legal o no, un saludo y muchas gracias!

      1. Hola Virginia,

        si es alquiler de estudiantes, es temporal. No importa el plazo que se firme, como explicamos en el post de los contratos de 11 meses. Dicho lo cual, si la agencia os da la opción de no pagar iva es que son unos piratas, y yo pasaría de ellos y me buscaría otra opción más legal y seria.

  2. Hola

    Soy francesa. Estoy buscando un piso a 2 veces, me han dicho que se tiene que pagar los gastos de agencia el inquilino, si el contrato dura menos de 5 años
    Estoy a punto a firmar un contrato de 11 meses, a través de la agencia Piedra Clave, en Barcelona.
    Me cuesta entender, si lo tengo que pagar yo, o el propietario

    Saludos

    1. Hola Celia,

      la prohibición de cobrar gestión inmobiliaria a los inquilinos afecta a los contratos de vivienda habitual, pero no a los contratos temporales (por ejemplo, no afecta a los contratos de alquiler de estudiantes).

      1. Tampoco se le debería de cobrar al inquilino en alquiler de temporada. Es que es tremendo abuso cobrar al inquilino, el servicio se lo damos al propietario, es el propietario el que llama infinitas veces para preguntar cualquier chorrada y es a el a quien le ponemos su vivienda en Internet con un coste de publicidad y al que le ahorramos toda la gestión. Al nquilino ya sea estudiante o no, lo único que hacemos en enseñarle el piso. En fin, espero que también se regule el temporal y los propietarios caraduras dejen de aprovecharse de inmobiliaria e inquilinos.

      2. Hola, tengo duda. Estoy intentado hacer contrato de 11 meses por que agencia no puede cobrar del propietario. Y me dicen con el contrato de 11 meses es totalmente legal cobrar de nosotros y no de propietarios . Me puede responder, gracias.

      3. Hola,

        no estoy muy seguro de si me consultas como agente inmobiliario o como inquilina. En general hay mucha confusión con los alquileres de 11 meses porque la gente (incluidos profesionales) piensa que no es obligatorio prorrogar, y si es obligatorio prorrogar. La diferencia no está en el plazo de 11 meses o un año, sino en que sea un contrato de vivienda habitual o temporal (por ejemplo, estudiantes).

      4. Muchas gracias por tu respuesta, pero me sigue quedando la duda de las otras dos preguntas ,de si hay que añadir en el contrato que es para trabajadores o estudiantes y la de lo que se cobra es el total o la mitad,muchas gracias, saludos

      5. Hola Aroa,

        1.- si es alquiler temporal lo recomendable es incluir el motivo que lleva a esa temporalidad
        2.- lo que se cobra es lo que decida la agencia, no está regulado.

    2. Hola, Ami me quieren cobrar diciéndome la excusa que el propietario lo dice así y si no pues no te alquila el piso. Le hablas de la ley y dice que no es así y te intentan vender la moto .
      Que puedo hacer en este caso?

      1. Hola Mohamed,

        pues lo dicho, documentar todo el proceso y reclamar una vez que has firmado el contrato de alquiler y por lo menos te has podido quedar con la casa.

  3. Las agencias siguen pidiendo el mes de honorarios, mi preocupación es que si les digo que no alguien alquile el piso antes que yo.
    Como podría hacer para asegurarme que se devuelva la comisión?

    Gracias

    1. Hola Alberto,

      podrías hacer lo que se explica en el post, aceptar el pago inicialmente, abonarlo por transferencia, que te den factura y a partir de ahí, cuando ya has firmado el alquiler, reclamar la devolución. Si no siempre va a haber otros inquilinos dispuestos a pagar a la agencia con tal de quedarse con el piso. Otra cosa que puedes hacer es poner alguna reseña negativa en google a las agencias que te pretenden cobrar una comisión que no te corresponde pagar.

      1. Buenas noches Roberto,en un contrato temporal de 6 meses,al ser contrato temporal regido por la ley 20.4,se puede cobrar a los inquilinos como gestión inmobiliaria?y otra duda,al ser contrato de vivienda no habitual, es decir, temporal, hay que añadir quexes a estudiantes o trabajadores con esos 6 meses que van a estar trabajando o con hacer el contrato temporal de 6 meses es extensible quexes por estudios o trabajos???y otra duda,es al ser 6 meses lo que van a estar??se les cobra a los inquilinos el total o una parte de lo que van a pagar por mes de renta??es decir un alquiler de 600 euros de renta,la gestión tiene que ser 300 o 600???muchas gracias por todo,en los contratos anuales, es decir de larga duración, tenemos claro que lis propietarios por ley pagan los honorarios, pero en el caso de trabajadores que vienen 6 meses o estudiantes tengo esas dudas,que si me puedes ayudar,te lo agradecería, ya que tenemos unas 8 propiedades así para trabajadores y estudiantes. Muchas gracias, saludos cordiales.

      2. Hola Aroa,

        en los alquileres temporales como el que me dices hay libertad de pacto y se puede cobrar a los inquilinos

  4. Hola, somos estudiantes y vamos a alquilar un piso por 11 meses. La inmobiliaria nos ha puesto en contacto con el propietario del piso y nos piden: el propietario algo más de un mes de fianza y la inmobiliaria medio mes de alquiler, unos 425€ (la mitad de un mes de alquiler). Me envió un mensaje la inmobiliaria diciéndome esto: «lo único, que como es alquiler temporal, el propietario no está obligado a pagarnos los honorarios el mes completo, así que se cobra medio mes al propietario y medio mes a los inquilinos. Está establecido en la nueva ley».
    ¿Nos está engañando?¿Estaría cometiendo una ilegalidad?
    Espero su respuesta.
    Un saludo y muchas gracias de antemano.

    1. Hola Eva,

      los alquileres de estudiantes no están regulados por la ley de vivienda porque legalmente se consideran «alquiler para uso distinto a vivienda». Así que no le afecta la prohibición de cobrar a los inquilinos.

    2. hola
      Cómo inquilino debí pagar 987€ por concepto de «contrato servicios de alquiler» equivalente al 8% de la renta anual más gastos de agencia mes de fianza y mes de renta en total casi 2.700€, esto hace dos semanas.
      me deberían devolver este importe pagado al firmar el contrato? o esos 987 € los pierdo ?
      Gracias por la ayuda

      1. Hola Myrna,

        entiendo que deben devolverte esas cantidades. Si has firmado un contrato de gestión de alquiler porque te han obligado, puedes desistir del mismo (renunciar a él) en un período de 14 días desde la firma.

      2. Buenas tardes, mi caso es el siguiente, me pongo en contacto con una inmobiliaria q anuncia piso para estudiantes en Córdoba, me dice q sus honorarios es el equivalente a un mes de alquiler, les digo q la ley ha cambiado , dice q deben cobrarselo al propietario q es quien le encarga el trabajo y me dice q no, q eso es para otros tipos de alquileres, le digo q será mi vivienda habitual durante un periodo de 10 meses, tengo entendido q si es vivienda habitual no pueden cobrar comisión. Es así? Gracias

      3. Hola Pilar,

        en este caso tiene razón la agencia porque un alquiler temporal para estudiantes se contrata como alquiler para uso distinto de vivienda. Y en ese caso el cambio normativo sobre el cobro de honorarios no aplica.

  5. Hola, si las inmoviliarias no cobran tienen que cerrar, en muchos casos la mayoria de ingresos son por alquileres, lo que no van a hacer es estar todo el dia en la calle buscando alquileres para que luego venga alguien que esta en su trabajo cobrando un sueldo y que se lo pongan en bandeja, por otro lado lo que yo creo que va a pasar es que si al propietario le obligan a pagar los honorarios estos se lo van a incrementar al precio del alquiler, para no perder dinero, significa esto que ya nos podemos preparar para que el alquiler suba entre 80 y 100 euros mas, es una verguenza, deberian poner un precio cerrado por metro cuadrado.

    1. Hola,

      gracias por tu comentario. La ley no dice que las inmobiliarias no puedan cobrar por su trabajo, lo que dice es que no podemos cobrar a los inquilinos. Para evitar que los propietarios puedan subir arbitrariamente la renta está la figura de las zonas de mercado tensionado, que es lo que decidirán las comunidades autónomas si se aplica en su ámbito o no. Aquellos gobiernos autónomicos que no apliquen esa figura verán cómo se incrementa la renta, como dices. Mientras que en las comunidades autónomas que decidan aplicarlo no podrá subir la renta. Una cosa en la que veo que estás de acuerdo con la ley es en lo del precio cerrado por metro cuadrado, que ya lo incluye la ley y que también dependerá de las comunidades autónomas.

    2. Efectivamente, ya que el captar la viviendas lleva mucho trabajo y los propietarios no quieren pagar ninguno.

      1. Si los propietarios no quieren pagar y los inquilinos tampoco igual es que el servicio que se da no es interesante para ninguno de los dos. En Etikalia cobramos a los propietarios desde hace 9 años y son ellos los que nos solicitan nuestros servicios, no vamos a buscarles nosotros.

      2. Buenas días, mi caso es el siguiente. (Quiero señalar que soy italiano). Me pongo en contacto con una inmobiliaria en españa que anuncia «SOLO para estudiantes! Se alquila Piso Entero. Alquiler de temporada.» mis amigos y yo éramos interesados asi que le escribí. ella me dijo «Quereis hacer la reserva del piso? Para que no hayan mas visitas?» en ese momento le dije que sería perfecto, ella me pidió los documentos y le pregunté «¿Este dinero sería devuelto/deducido de los pagos mensuales en el futuro verdad?». ella me dijo «Esta reserva es para los honorarios de la gestora del piso, somos un bufete de abogados y inmobiliaria y gestionamos este piso.» y en el mismo mensaje añade que «Cuando se firme el contrato de alquiler se tendra que entregar una fianza por importe de un mes (1.800€) que esta sera devuelta en su totalidad 48h despues de dejar el piso, es una fianza que se entrega por si hubiera desperfectos en el piso cuando lo dejeis. Por lo tanto, una vez revisado el piso y comprobar que todo este correcto, se devuelve todo el importe de la fianza.». Le pregunté algo sobre la reserva, ella respondió sobre la fianza, confundiéndome un poco, además porque repito, soy italiano aunque hablo un poco de español. también porque leí varios artículos en Internet en lo que he leido cosas como «esa cantidad no se la puede quedar la agencia como
        cobro de su trabajo, sino que la agencia se la debe entregar a la parte arrendadora y luego descontarse de la fianza o de la primera mensualidad» o «la agencia inmobiliaria no puede cobrar honorarios ni comisiones a los inquilinos cuando se trata de un alquiler de vivienda habitual». asi que, yo y mi amigos hemos hecho el pago. ahora pero estamos preocupados. ella nos dijo que «El primer pago que habeis realizado corresponde tal i como te mencioné a la reserva del piso y los honoracios de Inmobiliaria para gestion y redacción del alquiler.» ¿que podemos hacer? ¿tenemos derecho a pedir la devolución de ese dinero una vez firmado el contrato? espero haber sido claro, muchas gracias.

      3. Hola Paolo,

        como es un alquiler temporal la agencia puede cobraros honorarios.

    3. Sin olvidar que aquí se está dando por supuesto que los honorarios de las empresas son de 1 mes pero comercializar un piso c contrato y visitas es como mínimo 1000 euros de gastos a precio coste. Un piso de 700 euros no compensa ni comercializarlo. Y además el inquilino se puede ir a los 6 meses y el propietario tiene que alargar hasta 5 años. Es inviable por donde lo miren. Esta ley está en echa para arruinar a las empresas y los propietarios vendasen sus viviendas.

      1. Hola Gema,

        la ley no dice que no se puedan cobrar honorarios por tu trabajo, solo dice que hay que cobrarlos al inquilino. Luego está en cada uno valorar si una operación determinada le interesa o no, y qué calidad de servicio se puede dar. De todas formas hay que hacer una reflexión sobre el servicio tradicional de comercialización de alquiler. Antes de la ley de vivienda los inquilinos eran clientes cautivos. Si fuese por ellos, no contratarían a través de agencia. Y los propietarios solo estaban interesados en ese servicio porque era gratis. Es decir, es un servicio que no interesa ni a arrendatarios ni a arrendadores. Igual hay que reflexionar sobre la calidad del servicio que se está dando y cambiarlo para hacerlo atractivo.

      2. Un piso de 700€ es un abuso para un simple empleado de este país , y la ley no está protegiendo a los estudiantes y trabajadores que tienen que buscar un piso temporalmente. Es que un estudiante tiene un salario?
        Mi caso he tenido que alquilar porque mi esposo falleció y tuve que vender el mío para pagar deudas , ahora me hicieron un contrato de tres meses porque la dueña del piso pasa el verano en dicho apto . He tenido que pagar casi 3000€ para tener un techo por tres meses . Esto si le parece correcto?
        Además no tengo espacio para colocar mis pertenencias porque todo está a tope
        Mi experiencia personal ?
        Evitaré por todos los medios contactar en el futuro con inmobiliarias .
        La nueva ley sigue siendo a favor del que más tiene !!

        Pago 750€ por un mini estudio rebozado de trastos porque fue lo más barato que encontré !

  6. mi hija lleva dos años en un piso de estudiantes en Madrid. Son tres compañeros, en su día la inmobiliaria ya les cobró los honorarios de 1.200€ más IVA. este año uno de sus compañeros se va y viene una compañera nueva. tienen que cambiar los datos de este arrendatario en el contrato y la inmobiliaria quiere cobrarles 150€+IVA. Dato: el contrato es prorrogable hasta 5 años.

    1. Hola Marian,

      entiendo que el contrato es para uso distinto a vivienda, así que ahí se puede cobrar a los inquilinos, incluso aunque el contrato sea prorrogable hasta 5 años.

      1. Buenas, en el mismo caso que expone Marian pero siendo el contrato para vivienda habitual, la inmobiliaría podría cobrarle al inquilino que se incorpora?

      2. Si los inquilinos están pidiendo una modificación del contrato se les puede cobrar por esa gestión que están pidiendo ellos

    2. hola , vengo de una agencia en barcelona , y para alquilar un piso que nos ha gustado me piden 300 euros de reserva, mas 390 de los gastos del contrato mas dos meses de fiamza 950 cada mes, mas el mes em curso, mas los contratos vida laboral y nominas, que puedo hacer. muchas gracias.

  7. Estamos buscando un piso de alquiler y todas las inmobiliarias siguen pidiendo la comisión aunque les dices que hay una nueva ley y está publicado en el BOE les da igual. Entiendo qué esta gente tiene que cobrar por su trabajo pero si hay una Ley que dice que el inquilino no tiene que pagar dicha comisión yo buscaré como tal a mis derechos. La última inmobiliaria con un piso que se acopla muy bien a nosotros no solo me pide una comisión, sino un 10% del alquiler anual del mismo piso. Me dice el agente: “ Nuestro abogado ha cambiado el concepto de gestión inmobiliaria a búsqueda de vivienda “ 😱 Algo que jamás les hemos pedido ya que vimos la vivienda en idealista. Nos han hecho firmar un contrato. Seguramente demandamos.

    1. Hola Dessi,

      vaya, siendo leer esto. Por curiosidad, ¿en qué ciudad te está ocurriendo? Yo creo que no te va a quedar más remedio que pagar y luego reclamar. Se me ocurre que también puedes poner una hoja de reclamaciones y reclamar en la oficina de consumo de tu localidad, pero siempre una vez que hayas firmado el alquiler, claro.

  8. hola buenas me encuentro en Málaga apunto de alquilar un apartamento para dos y la agencia indica que debo pagar una fianza de un mes, el mes de alquiler y un mes de honorarios para la agencia, dicen que se cobran porque es la agencia la que ha acudido al propietario para ofertarle, y que es por eso que se cobra, aun no hemos visto el contrato en el caso de que lo firmemos si pone lo del mes de honorarios, significa que estamos conforme si lo firmamos?
    Entiendo que con la nueva ley no es legal que se me cobre como inquilino un mes de honorarios me gustaría saber el artículo y todo para nombrarlo adecuadamente.

    la agencia se llama «alma gestión de activos»

    1. Hola Víctor,

      menuda jeta tienen algunos. Espero que sea una minoría. Si no pagas te vas a quedar sin piso porque habrá otro que pague, así que si no quieres perder el piso no te va a quedar más remedio que pagar y reclamar una vez firmado el contrato de alquiler. El artículo aparece en la disposición adicional primera, punto cuatro de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que modifica el apartado 1 del artículo 20 de la ley de arrendamientos urbanos.

      1. Javier de alma gestión, ¿no?. Yo también he visitado un piso con él y estoy en búsqueda activa, y hasta ahora me lo han pedido él, Málaga Gestión Inmobiliaria, Inmobiliaria Abogar… Me parece muy fuerte que no sean minoría, que tengamos que ir grabando y que nadie controle que la ley se cumpla. Los inquilinos deberíamos unirnos con sindicatos más fuertes para denunciar éstas y otras salvajadas que se están cometiendo.

  9. Buenos días, me encuentro en una situación un tanto peculiar y que no se hasta que punto tendría que asumir el coste de honorarios de agencia. Resulta que he comprado un piso que tenemos que reformar y durante el plazo de reforma tenemos que buscar un piso de alquiler de corta estancia. El tema es que cuando visité el piso me informaron de lo siguiente: alquiler del piso, honorarios de agencia( seria 1 mes más iva, pero como el piso es solo para tres meses pues me cobran solo el 50% de un mes de renta+iva), elaboración de contrato (260€+iva) 1 mes de fianza+1 mes de fianza adicional. No se haría cambio de suministros porque como es poco tiempo pues lo que haces es una provision en concepto de gastos de suministros. Otra cosa curiosa es que tengo que definir la fecha de entrada y fecha de salida y que tienen que ser meses completos… es decir yo necesito el piso para el dia 15 de junio y si estoy tres meses no vale que entre el dia 15 de junio y me vaya el 1 de septiembre, me tengo que ir el 15 de septiembre….. Bueno me puedo ir cuando quiera pero que tengo que pagar meses completos. Cuando hice la visita al decirme lo de los honorarios de agencia les comenté lo de la nueva ley de vivienda pero me dijeron que eso solo aplica a los alquileres de larga estancia, que para corta estancia es el inquilino el que paga los honorarios. El tema es que además de esto me piden pagar la totalidad de la estancia de golpe y eso ya lo veo como un abuso…. No se que puedo hacer al respecto porque si insisto en que los honorarios no me toca pagarlos a mi pues obviamente no me lo alquilarán.

    1. Hola Elena,

      al ser un alquiler temporal no está afectado por la prohibición de cobrar honorarios de inmobiliaria a los inquilinos. Y con la duración del contrato, parecido: es de obligado cumplimiento.

  10. Hola!
    Hemos preguntado en dos inmuebles para alquilar, ambos gestionados por inmobiliarias.
    La primera nos ofrecía pagar sus servicios mediante un contrato de “asesoramiento inmobiliario personalizado” por el que nos cobraba 390€.
    En el segundo, nos han pedido una mensualidad, es decir 600€, por la gestión inmobiliaria, sin contrato y entregados bien en mano o por bizum.
    Como éramos conocedores de la nueva ley hemos preguntado en ambos casos que por qué seguían cobrándonos este gasto, a lo que nos han contestado con evasivas y amenazado que si no era de esta manera no obtendríamos el piso.

    1. hola Noelia,

      en fin, está claro que saben que lo que hacen es ilegal. El problema está también en que probablemente los propietarios de esos pisos permiten que la inmobiliaria os cobre de manera ilegal, así que no me fiaría yo mucho de una relación a largo plazo con un arrendador que permite que se hagan ilegalidades. Suerte en la búsqueda.

  11. Hola, la inmobiliaria me quiere cobrar el mes de honorarios porque comenzó a trabajar desde antes con el piso y cómo no lo paga el arrendador, se llama “damasolinmobuliaria”

    1. Hola Lorena,

      las inmobiliarias deberían haberse ido preparando para la nueva ley desde un mes antes, cuando ya se supo que antes del 28 de mayo se prohibiría cobrar a los inquilinos. Eso es lo que hicimos nosotros. Me puede quedar la duda de qué ocurre si firmaste una reserva de ese piso antes de la entrada en vigor de la ley. Pero si no firmaste nada antes de esa fecha no te pueden cobrar honorarios. Mi consejo para que no pierdas el piso: paga y después reclama.

  12. Buenas tardes, si yo voy a una inmobiliaria a buscar un piso de alquiler y ellos me hacen esa gestión porque el piso no lo tiene en su base de datos y me lo consiguen, me cambian suministros etc. tengo que pagar honorarios por esa gestión. Gracias

    1. Hola Isidro,

      pues eso es lo que están planteando muchas inmobiliarias, pero en todo caso son situaciones que no están claras y algún abogado ya ha dicho que en esos casos de momento no se mojan y que cada agencia verá si asume el riesgo. Pero hay casos claros. Por ejemplo, si tu contactas preguntando por un piso que ofrece una inmobiliaria en alquiler, la agencia no te puede cobrar por haberte ofrecido el piso, por ejemplo. Puede haber más dudas en la figura de un personal shopper al que tu contratas para que te ayude a buscar un piso en alquiler y te acaba encontrando un piso de otra agencia. El personal shopper te cobrará a ti, claro. Y no debería cobrarte una agencia inmobiliaria que te alquila un piso y a la vez te obliga a gestionar los cambios de suministros. Tu le puedes permitir que te haga los cambios y que cobre la comisión que haya acordado con la empresa comercializadora, pero no debería cobrarte a ti.

  13. Buenas, nosotras hemos dado el mes de agencia para que el piso quedase “reservado” y no fuese mostrado a más personas, el dinero fue entregado en mano en la inmobiliaria y nos hicieron firmar un contrato donde especificaba que si la dueña de la casa se echaba para atrás en los siguientes 15 días en alquilar la casa, se nos devolvía el dinero de mes de agencia que hemos abonado.
    Mi pregunta es, que deberíamos hacer? Reclamarlo mediante denuncia a la policía? La siguiente semana expiran los 15 días, aún no tenemos noticias de la casera.

    1. Hola Rebeca,

      la reserva es un tema diferente porque lo que pagáis como reserva debería ser anticipo de los siguientes pagos (fianza o primera renta). Otra cosa es que cuando vayáis a firmar el contrato os hagan pagar la fianza y renta completa y ese importe de la reserva se lo quede alguien, la agencia o la parte arrendadora. Entonces ahí ya hay algo mal. Al abonar la reserva deberíais haber firmado un contrato de reserva.

  14. Buenos días. Yo tengo una duda: la prohibición de cobrar honorarios por parte de la agencia inmobiliaria, ¿es en todo el territorio nacional o sólo en las llamadas zonas tensionadas?
    Muchas gracias

    1. Hola Juan Pablo,

      es una duda frecuente, si. La prohibición se aplica en toda España porque se ha regulado en la ley de arrendamientos urbanos, que es competencia estatal y de aplicación en todo el territorio. La declaración de zonas tensionadas, en cambio, es lo que depende de las comunidades autónomas.

      1. Gracias por la respuesta Roberto, pero mi duda es saber si las inmobiliarias tienen prohibido cobrar honorarios al arrendatario en todo el territorio o sólo en lo que cada una de las comunidades considere como zonas tensionadas. Es decir, si podrán cobrar en zonas que no se consideren tensionadas. Gracias.

      2. Hola Juan Pablo,

        está prohibido en toda España, sean o no zonas tensionadas y aunque diga el gobierno autonómico que en su comunidad no se aplica la ley de vivienda (porque se aplica como cualquier otra ley, un presidente autonómico no puede elegir qué leyes aplica y cuáles no).

    2. Buenas noches!
      En este momento vivo de alquiler con mi pareja, mi pareja es venezolana y a veces llegan visitas que se quedan en estancias de meses y les acogemos, el problema es que la inmobiliaria con la que estamos nos está presionando con que si no anexamos a estas personas en el contrato estaríamos incumpliendo algún punto del mismo, a esto les indicamos que no tenemos problema en anexar a las personas que conviven con nosotros en este momento pero aquí llega el problema, nos piden 100€+ IVA por el anexo, que es una hoja con los datos de las personas y ponerla en el contrato, lo que nos parece un abuso cuando ya antes de entrar a vivir en el domicilio les pagamos 1100€ por honorarios. esto pueden hacerlo? La vivienda está en el contrato como vivienda habitual y llevamos 13 meses en ella, también nos solicitan después de un año nuevamente los documentos que nos hicieron presentar para la evaluación de la solvencia y pasarlo a su departamento de riesgos…¿pero esto no entiendo por qué otra vez? Gracias de antemano.

      1. La agencia podría cobraros por realizar un anexo al contrato si es por algún cambio provocado por vosotros. Lo que no os puede pedir es documentación de solvencia cada año.

  15. Hola, Roberto:

    Lo primero, gracias por compartir, ¿de qué manera puedo demostrar como inmobiliaria esto que ocurre? En todos los casos, por mucho que se explique, los clientes no lo creen y consideran que se les está estafando, ¿de qué manera podríamos demostrarlo en los documentos del BOE? Leo los siguientes documentos y no consigo ver cómo demostrarlo:

    – La Ley 29/1994, de 24 de noviembre.
    – Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

    Si pudieras echarme un cable, estaría muy agradecida.
    Un saludo,
    Sara.

    1. Hola Sara,

      perdona, no me queda claro qué quieres demostrar a los clientes y qué es lo que no creen y por qué se les está estafando. Si me detallas lo que no tienes claro igual te puedo ayudar.

    2. Hola 🙂 yo les explico la diferencia entre arrendamiento de temporada y de vivienda habitual y les mando muchos artículos que hay ya publicados en internet.

  16. Hola, mi pregunta es si he firmado una reserva de alquiler antes de la nueva ley y en ese momento ya he pagado a la Inmobiliaria, aunque la fecha de contrato sea posterior, es decir, a 1 de junio, es legal haber pagado los honorarios a la Inmobiliaria?

    1. Hola Cristina,

      yo diría que en ese caso la agencia puede cobrarte porque ha generado la factura antes de firmar el contrato. Incluso quizá, con la reserva firmada habrás firmado también el compromiso de abonar los honorarios antes de que entrase en vigor la ley.

  17. Hola,
    He estado en contacto con 2 agencias inmobiliarias para el alquiler de un piso de vivienda habitual por 2 años en Madrid:
    – Una me dice que si no pongo por escrito que estoy de acuerdo en pagar 1 mes de renta + IVA en concepto de honorarios no pasará la oferta al dueño de la casa
    – La otra me dice que para poder alquilar una vivenda de las que ellos disponen tengo que contratar sus servicios,en concepto de reserva del inmueble. Me dicen literalmente lo siguiente:»Para reservar la vivienda hay que pagar 1 mes mas iva en concepto de reserva que pasará a ser servicios de búsqueda de vivienda el día de la firma de contrato de alquiler en el caso que quiera contratar nuestros servicios».

    Sinceramente me parece vergonzoso.

    1. Hola Susana,

      es vergonzoso. Justo hace una hora ha habido una charla del colegio de API sobre la ley de vivienda y han comentado los casos que dices. Te cuento:

      – puedes firmar tranquilamente que aceptas pagar un mes más iva porque la ley no admite pacto en contra, así que da igual que firmes que aceptas pagar porque ese acuerdo es ilegal y te puedes negar a posteriori.
      – el segundo caso creo que se va a repetir mucho. Si es un piso que está ofreciendo esa inmobiliaria y tu has localizado a través de la publicidad que ha hecho la agencia no te pueden cobrar porque es un piso que la agencia tiene en cartera porque ya tiene un encargo del arrendador (y por lo tanto el arrendador asume el pago de los honorarios de la agencia). Así que, lo mismo, puedes aceptar pero es ilegal el cobro y lo puedes reclamar a posteriori.

      Por cierto, Facua está empezando a denunciar estos casos, así que les puedes informar para que vayan añadiendo agencias a su denuncia

  18. hola buenas tarde , eh reservado para alquilar un piso para todo el año aqui en platja aro y la agencia pretende cobrarme los gastos de la inmobiliaria, primero me dijeron q no y ahora q eh echo la reserva me dicen q tengo q hacer ese pago, comi debo gestionarlo , la inmobiliaria es tot gestio en platja aro

    1. hola Carlos,

      entiendo que es un contrato de alquiler temporal. En ese caso la agencia puede cobrar al inquilino.

      1. hola buenas tarde , eh reservado para alquilar un piso he depositado 400€ y ahora me dicen que por uno de los titulares del contrato aparece en Asnef por ese motivo no me devolverán los 400€ y yo no sabía que la persona estába reportada en Asnef que puedo hacer

      2. Hola Carolina,

        desde mi punto de vista no tiene sentido que no te devuelvan la reserva por ese motivo, lo que deberían hacer es devolvértela y no hacer el contrato de alquiler. Ya es la segunda consulta sobre este asunto que nos llega. Por curiosidad, ¿qué agencia plantea esas condiciones?

  19. Buenas tardes,

    Mi madre ha alquilador un loft/vivienda. Ha firmado el contrato con la propiedad. Ha pagado 2 meses de fianza y 15 dias del mes de Junio, que es lo que se ha firmado en el contrato.
    La agencia inmobiliaria llamada Rogel propiedades en la Avenida de Bruselas nº15, planta 2, Alcobendas, Madrid, me envía una factura de honorarios de Agencia y me dice que mi madre tiene que pagar. No entrega las llaves hasta no recibir ese pago en su cuenta. Mi madre le ha hecho el pago. Le ha mandado un email con el comprobante de la transferencia y no le ha entregado las llaves el día que se había acordado.
    Que puede hacer mi madre?
    Muchas gracias.

    1. Hola Emilio,

      quien está obligado a entregar las llaves es la propiedad, así que se lo podéis reclamar tanto a la agencia como a la propiedad. Además yo insistiría a la propiedad en que la agencia ha incumplido su compromiso de entregar las llaves en tal fecha y una vez abonados los honorarios.

      En cuanto a la factura, lo que comento en el artículo: reclamación amistosa y si no responden, reclamación judicial o a través de Facua.

      1. Hola Roberto,
        Muchas gracias por tu respuesta.
        Un cordial saludo.
        Emilio.

  20. esta agencia pretende no cobrar horarios pero cobran un mes de alquiler y te dicen que son servicios de atención al cliente (que incluyen un número de atención al cliente y arreglos si pasa algo en el piso): Alquiler Seguro

    donde se puede reclamar?

    1. Hola Alessandra,

      entiendo que te están obligando a contratar otro servicio, que es el de gestión de alquiler. Ese servicio debería ser opcional. Si quieres contratarlo, fantástico. Pero si no quieres contratarlo no deberían poder obligarte a hacerlo y a pagar por un servicio que no deseas contratar. Esta agencia es una de las que ya ha denunciado Facua.

  21. Buenas,

    Estoy buscando alojamiento en Madrid para mínimo de un año, por lo que sería mi viviendo habitual y de este modo alargarlo hasta 5 años. He contactado con innumerables agencias que me han Intentado cobrar la comisión en distintos conceptos: asesoramiento jurídico, gastos de contratación soporte al inquilino…etc. El mismo fraude de ley con distintas palabras. La última ha sido la llamada “Tengocasa” que mirándome a los ojos al decirle que cometían fraude de ley me decía “Así es como trabajamos”. Vamos los huevos más grandes que un camión.

    Espero que les repercuta legalmente y se arrepientan de aprovecharse d ellos jóvenes que buscamos independizarnos,

    Un saludo,

  22. Hola
    He leído el BOE pero en ningún sitio dice que una agencia no pueda cobrar por sus servicios a un inquilino. Por ejemplo si hace una factura donde cobra servicio de intermediación y negociacion, entiendo que es un servicio que se le ofrece al inquilino, que quiere que se le baje la renta sobre el precio que pide el propietario, cómo se va a reclamar eso? Y por otro lado existe por sobre la ley la libre desicion de las partes de contratar ese servicio o no, esto es, puedes denunciar sólo porque te han dicho que van a cobrarte o solo se puede denunciar con una factura que diga en el concepto comisión de agencia?
    Muchas gracias

    1. Hola Beatriz,

      el cambio aparece en la disposición adicional primera de la Ley de Vivienda, que modifica el apartado 1 del artículo 20 de la ley de arrendamientos urbanos: «Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.» Dentro de esa gestión inmobiliaria entra la intermediación y la negociación. Y además ese artículo, como sabes, no admite pacto en contra, así que es de obligatorio cumplimiento.

      En cuanto a las denuncias yo entiendo que caben las dos opciones. Puede haber gente que acepte inicialmente pagar para no perder el piso, y luego denunciar en los tribunales si es necesario, y habrá otra gente que no admita pagar pero que entienda que incluso puede haber un delito de coacciones e igualmente denuncie.

      1. Ya, pero quisiera saber si explicitamente la normativa dice “no se puede cobrar ningún tipo de servicios a los inquilino” solo dice gastos de gestión inmobiliaria y contrato, pero no especifica cuáles son los gastos. Una negociación del precio no es necesariamente una gestión inmobiliaria, se supone que el propietario quiere alquilar su propiedad a precio más alto que se pueda cobrar. Pedir a un agente inmobiliario que interceda para bajar el precio puede catalogarse como un servicio de intermediación extra, ya que sólo beneficiaria al futuro inquilino

      2. Hola Beatriz,

        la ley dice lo que ya he escrito en el post y en la respuesta anterior, que la gestión inmobiliaria se debe cobrar al arrendador. Si tu trabajas en una inmobiliaria y haces una gestión relacionada con el alquiler de una vivienda, debes cobrar al arrendador. Si un arrendador no está dispuesto a negociar el precio, el que un posible inquilino te plantee una negociación no supone ningún trabajo para ti. Y si el arrendador está dispuesto a negociar, forma parte de la gestión inmobiliaria que debes cobrar al arrendador. No es solo mi opinión, es también la de los abogados de los colegios de API, que así lo están planteando en los al menos dos webinar que ya han dado sobre el asunto. Lo que si podrías cobrar al inquilino es si, aparte de la gestión inmobiliaria, te solicita otros servicios. En concreto se está hablando de cambio de titularidad de suministros y gestión del modelo 600. Si el inquilino te lo solicita les puedes cobrar, pero nunca será un mes más iva por poner a su nombre la luz y el gas, por ejemplo. Mi consejo es que estés atenta a la cuenta de Youtube de COAPI, por si fuesen a hacer algún otro webinar. Y otra gente también está haciendo sus formaciones. Por ejemplo, mañana y la semana que viene hay dos seminarios gratuitos y online a los que igual todavía te puedes apuntar, y que te recomiendo. Te dejo aquí el enlace.

  23. Hola! Vamos a firmar un contrato de 1 año y se puede prolongar a 5. Ya hemos pagado la fianza y la de la inmobiliaria nos dice que tenemos que pagar honorarios. Nosotros le contamos lo de la Ley que acaba de salir y nos dice que no porque los estudiantes son contratos de alquiler temporal, cuando es lo que he comentado antes, tebemos 1 año y podemos prolongarlos hasta 5.

    1. Hola Javier,

      en ese caso me temo que tiene razón la agencia porque es un alquiler para uso distinto de vivienda habitual, que de momento no está afectado por los cambios de la ley de vivienda.

  24. Buenos días:
    Vamos a alquiler un piso para mi hija y 2 amigas estudiantes en Albacete, con 3 habitaciones, el de la inmobiliaria nos ha dicho el precio por habitación y cobraría 300€ por cada habitación de alquiler, al hacer el contrato reserva tendríamos que pagar 300€ de fianza y otros 300€ para la agencia.
    Nos ha dicho que según la nueva ley de arrendamientos como es un piso para estudiantes y no es vivienda habitual, que tenemos que pagarlo nosotros.

    También nos ha dicho que tenemos cada padre tiene que avalar a su hija y hay que presentar las nóminas.
    Necesito que me indiquen que hacer y si está dentro de la legalidad.
    Gracias de antemano.

    1. Hola Mayte,

      es todo correcto: los alquileres de estudiantes no están incluidos en la ley de vivienda y es habitual que se pida a los padres que firmen como avalistas.

  25. Buenos días, voy a alquilar una vivienda para uso habitual. Desde la inmobiliaria me indican que debo pagar mes en curso, mes de fianza y mes de honorarios de la agencia. Les indico que la honorarios los debe pagar el dueño, a lo que me contestan, que por el tipo de contrato que me van a hacer los tengo que pagar yo puesto que será temporal (9 meses creo que me comentó, y prorrogables). Yo esa casa la quiero para larga estancia, por lo tanto para mi si sería mi vivienda habitual. Así que… ¿que debo hacer?

    1. Pues depende, si es realmente un alquiler temporal de vivienda, no es lo que estás buscando. Y si es un alquiler de vivienda habitual disfrazado de alquiler temporal, puedes renunciar o aceptar la coacción para quedarte con el piso. En el segundo caso podráis después reclamar a la inmobiliaria o a otras instancias. Para eso es importante que guardes la publicidad del alquiler donde es de suponer que no dice nada de que la vivienda se destina a alquiler temporal.

  26. En este caso lo ideal, pienso es que si no quieres pagar por un servicio, lo ideal es no contratarlo. O sea buscar el piso personalmente y no acudir a ninguna agencia inmobiliaria.

    1. En este caso, Pedro, con la nueva ley de vivienda quienes contratan a la agencia son los arrendadores. Pero sin arrendatarios no hay contrato ni se devengan los honorarios hacia el arrendador. Así que a las inmobiiarias nos sigue interesando que los arrendatarios se interesen por los pisos que ofrecemos.

  27. Buenas, quiero cambiar mi contrato de arrendamiento, ya que uno de los inquilinos originales ya no vive y así regularizar la situación. La inmobiliaria me indica que como es un encargo para modificar o hacer un nuevo el contrato me cobran honorarios. ¿Es correcto? ¿Si el cambio o la formalización del nuevo contrato lo solicita el inquilino pueden cobrar honorarios? Muchas gracias

    1. Hola Jon,

      en este caso entiendo que es un servicio que tu contratas como inquilino, que no tiene que ver con la intermediación del alquiler que se cobra al propietario, así que creo que podrían cobrarte por ello, si.

  28. Hola, en marzo pague una reserva a la inmobiliaria yo no firme nada, el chico me dio un recibo como que yo le di 550 euros de reserva y tal y en caso de que cuando viéramos el piso si no nos gustaba nos devolvía el dinero.
    Pero en ningún momento yo firme nada. La semana que viene porfin veremos el piso, y firmaremos seguramente, en este caso tendríamos que pagar la inmobiliaria?? la reserva se hizo antes de la ley, pero repito que yo no firme nada. muchas gracias.

    1. Hola Cristina,

      tu no firmaste reserva ni ningún otro documento, así que no hay motivo para exigirte que pagues honorarios de inmobiliaria.

  29. Buenas tardes
    Muy ilustrativa su página y sobre todo las respuestas.
    Me interesa saber en que artículo dice la nueva Ley que en los arrendamientos para uso distinto de vivienda la agencia puede cobrar la comisión de arrendamiento. O al menos de que manera se quedan fueran de la prohibición de cobrarla en arrendamientos de vievienda.
    Muchas gracias

    1. Artículo 4.3 de la LAU: los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el título III de la presente ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil

  30. Buenas tardes. La inmobiliaria que está gestionando el alquiler de la que será mi proxima vivienda me expone que cómo el propietario no va a declarar éste alquiler y no va a depositar la fianza en la Junta de Andalucía, por lo tanto, no lo va a hacer de manera legal, ellos tampoco van a acatar la ley y van a cobrarme si comisión…que será un contrato por privado y que cómo no constará en ningún lugar, voy a tener que pagar la comisión, que es lo que hay, que si lo quiero, bien y si no pues buscan a otro inquilino. Yo me he estado informado además de que he trabajado en el sector y he estado hablando con compañeros del tema y me comentan que si la pago, luego puedo reclamarla cómo habeis escrito en vuestra publicación, pero ahora digo yo, ¿ si pago la comisión y luego la reclamo , al no declarar éste alquiler el propietario, podrían rescindir el contrato ? ya que afectaría al propietario a la hora de hacerlo de manera legal? Me dicen que si se hace todo legal… tendría que empadronarme, poner suministros a mi nombre… yo les he dicho que no me importa y aún así, siguen en sus 13 de querer cobrar la comisión. Muchas gracias desde Sevilla.

    1. Hola Lorena,

      menuda jeta tiene esa agencia. Bueno, es un caso sencillo. El contrato es perfectamente legal, será un contrato de alquiler de vivienda, lo váis a firmar tu y los arrendadores y te da los derechos que te da la ley para alquilar una vivienda. Hasta ahí todo correcto. Lo que luego haga o deje de hacer el propietario con sus obligaciones fiscales y legales es tema suyo. Es decir, si él no declara el alquiler o si no deposita la fianza no significa que el contrato sea ilegal, solo que él no está cumpliendo con sus obligaciones. Pero a ti no te afectan esos incumplimientos. El argumento de la agencia de que como el propietario no va a cumplir la ley, ellos tampoco lo van a hacer, es de traca. Ahí, lo que te dicen: una vez que tengas el contrato firmado y las llaves del piso, puedes poner una hoja de reclamaciones e incluso demandar por delito de coacciones a la inmobiliaria. El propietario no puede resolver el contrato porque tu hayas reclamado a la inmobiliaria, eso será un problema entre el propietario y la agencia.

  31. Hola, ¿en qué artículo de la nueva ley dice que los honorarios de la agencia en contratos temporales los debe pagar el inquilino? Gracias

    1. Artículo 2 LAU: «Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.»

  32. Hola, una inmobiliaria me ha indicado que las condiciones para alquilar vivienda son mes de fianza más mes de servicio de atención al arrendatario. ¿Dónde puedo denunciar que tienen está práctica ilegal? Gracias.

  33. Hola a todos,
    Una inmobiliaria me dice lo siguiente, ¿es esto cierto?
    «En los pisos que van por la Lau paga la propiedad, en el epígrafe de vivienda suntuaria : más de 5,5 veces el smi o superficies superiores a 300 mts el régimen es distinto ya que Duracion, garantías y todo en general se realiza por acuerdo entre las partes y no ha variado en su funcionamiento, igualmente tampoco tiene topado el ipc por tratarse de un régimen singular»
    Muchas gracias

    1. Hola Susana,

      si, es correcto. Tengo dudas ahora sobre lo del smi, tendría que repasarlo, pero viviendas de más de 300 metros cuadrados están excluidas de la LAU.

  34. Muchas gracias, Roberto, por el artículo. He llegado aquí buscando información y está perfectamente explicado. Aún así, me permito contarte mi caso, por si tienes alguna recomendación:
    Después de ver el piso y pagar la reserva, pido que me envíen un borrador del contrato. En él se especifica una vez tras otra que es un alquiler de temporada, se fija en 10 meses de duración y no da opción a renovarlo. Por supuesto, la inmobiliaria me pide 800€ por la gestión (equivalente a un mes de alquiler). Ante mi queja por lo de «alquiler de temporada» no me dan opción a cambiarlo. Lo único que he conseguido es que se incluya una cláusula según la cual al término de los 10 meses de contrato, se prorrogue el contrato y ya como vivienda habitual. Me dicen que lo van a consultar con el arrendador.
    Por lo que te he leído, es una jugada descarada para cobrarme 800€ por dedicar una hora de su tiempo a enseñarme el piso. Aún así, yo he conseguido (a partir del nombre que figura en el borrador del contrato) el teléfono del propietario. ¿Sería buena idea llamarle e informarle de lo que está haciendo la inmobiliaria, o seguramente está de acuerdo con ellos y sería peor? Me interesa el piso, y si no hubiera más remedio, con mucho dolor de mi corazón pagaría esos 800, pero no teniendo el culo al aire de aquí 10 meses.

    1. Hola Rafa,

      lo más probable es que el arrendador prefiera que pagues tu a pagar él. Pero si te incluyen esa cláusula de reconversión a alquiler de vivienda habitual creo que lo tendrías muy fácil para reclamar la devolución de la comisión. Yo creo que lo que vería un juez (o consumo) es un fraude de ley, intentando hacer pasar por alquiler temporal lo que claramente es un alquiler de vivienda habitual.

  35. Hola.
    Mi hija es estudiante en Salamanca y en marzo de este año firmó un escrito de la inmobiliaria con dos chicas más para reservar un piso y en el se indicaba que los gastos de gestión iban a medias entre arrendador y arrendatarias (575 euros cada parte. El alquiler es de 1150 euros). También se recogía que el contrato de alquiler se firmaría a finales de junio, siendo por once meses. Hoy han hablado con la inmobiliaria y ésta insiste en que han de pagarlo puesto que el escrito de reserva se firmó en marzo y el contrato (que supuestamente se firmará a finales de este mes) se ha redactado con fecha 25/05/2023 por lo que no le afecta la nueva ley.
    Tiene razón o no le afecta esa modificación de la ley por ser alquiler temporal? Aun así, el contrato debería llevar la fecha del día en que se firma, verdad?
    Y una última cosa, pueden imponer que sea por once meses obligatoriamente cuando sólo quieren alquilarlo por diez meses?.
    Gracias por adelantado.

    1. Hola Susana,

      nosotros hemos seguido el criterio de firma de la reserva, pero claro, podía haber diferencia de una semana entre reserva y contrato. En vuestro caso no me atrevo a afirmar nada rotundamente pero podríais hacer hoja de reclamaciones y a ver qué dice consumo. En cuanto a la duración del contrato, el arrendador ofrece el piso por 11 meses y vosotras decidís si os interesan esas condiciones o no.

  36. Hola, nosotros firmamos un contrato de alquiler el 18de Mayo, pero para entrar en un piso el 15 de Junio.
    En ningún caso nos han comentado los honorarios y no estan mencionados en el contrato ni en ningun lado.
    Ahora nos estan pidiendo los honorarios, cuando nosotros dábamos por asumido que no teníamos que pagar nada. No hemos recobido nisiquiera ninguna factura. Ahora nos dicen que nos van a enviar la factura los proximos dias. Como tenemos que comportarnos?

    1. Hola Martina,

      ok, aquí hay dos temas diferentes. Por una parte, cuando firmásteis el contrato todavía no había entrado en vigor la ley de vivienda, así que los cambios no os afectan. Lo que si os afecta es que si los honorarios de agencia los pagabas tu te tenían que haber informado de eso en algún momento. Nosotros lo hacemos cuando hablamos con los futuros inquilinos por teléfono, en la visita, y después en el contrato de reserva para que quede constancia por escrito. Si no te habían informado entiendo que no tienes obligación de asumir ahora ese pago.

  37. Encontré un piso en idealista y me contacte a través de la web. Al dia, me contacto la inmobiliaria para coordinar una visita, y me dijeron que yo tenia que pagar los honorarios. Luego me manda un contrato de prestación de servicios, en el cual se estipula que yo los estaba contratando para conseguir un piso y que si se concretaba el alquiler les tenia que pagar a ellos una mensual. Hecha la ley, hecha la trampa! Puedo hacer algo al respecto?

    1. Hola Camila,

      si, ese es un truco que están usando algunas agencias y es un caso de fraude de ley claramente. Si no quieres perder el piso, yo aceptaría el contrato y hasta pagaría, y después reclamaría su devolución por los cauces que hemos comentado en el post. Ojo, es importante que el piso que contratas con esa agencia lo haya anunciado la propia agencia. Para demostrarlo, guarda pantallazos del anuncio. Porque si les contratas para proporcionarte piso y te proporcionan uno de otra agencia, si podrían tener derecho a cobrarte esos honorarios.

  38. Hi. I am trying to sign a contract in Valencia. And rieltor told me that this law is not working for now. What link I can send as a proof that this law already work and they are now allowed to take fee from my side?

      1. Thank you. I see a link that navigate me to the article. And is there a link to the original law?

      2. Thank you Roberto
        The link in the start of the post is navigate me to another post. And is there a link to original law?
        I talked to realtors and they told that they are charging money from property owner and also want from me. So as I understand the best way not to loose apartment is to pay by Bank with description that it is real estate commission from renting and then write them a letter that they need to give it back. is it correct?

  39. Buenos días, en mi caso estoy buscando vivienda por 1 año. En la agencia me han dicho que máximo son 11 meses y me cobran 1 mes de fianza, primer por adelantado, limpieza obligatoria mensual y el 10% de comisión de agencia por mes es decir, en mi caso sería el 10% de los 11 meses.
    Sino he entendido mal estoy sería legal porqué se entendería como un contrato temporal ¿ es así? . Por otro lado ¿ me pueden obligar a pagar todos los meses la limpieza de la casa?

    Muchas gracias y un saludo

    1. Hola Susana,

      los contratos temporales no se rigen por la LAU y hay más libertad de pacto. No es que te obliguen a pagar la limpieza, es que esa es su condición y tu puedes aceptarla o no aceptarla.

  40. hola, yo hice la reserva el 24/05 y firme contractro el 31/05, me tienen que devolver los honorarios, las conversaciones empezaron el 24 y la reserva la hice el 26/05

    1. Hola,

      si hiciste la reserva el 24 y en esa reserva aceptas el pago de honorarios, nuestro criterio fue que se mantenía el compromiso firmado en la reserva. Pero no descarto que haya profesionales del derecho que puedan argumentar lo contrario.

  41. Hola buenas,
    mi situación es la siguiente, el próximo curso será mi cuarto año en un mismo piso de estudiantes con contrato de 11 meses en el que la inmobiliaria me cobraba por gastos de gestión o comisión 50 euros, sin embargo ahora pretende cobrarme una mensualidad que son 220 euros.
    Mi pregunta es si se le podrían imputar estos gastos al arrendador o si en caso contrario al menos se puede llegar a un acuerdo para que repartan estos gastos.

    Gracias y un saludo

    1. Hola Raúl,

      al ser alquiler temporal hay libertad de pacto. Podéis intentar llegar a un acuerdo con el arrendador.

  42. Buenos días,

    Quería alquilar un piso con la agencia Technocasa en Granada y me comentan que tengo que pagar el mes de inmobiliario, yo les digo que con la nueva Ley no estoy obligada y me dice que es para contratos de larga duración, a lo que yo les comento que el mío entonces de que es?? y me dicen que de 11 meses, yo les digo que lo quiero para mas tiempo y me dicen que no hay problema que a los 11 meses se vuelve a prorrogar, así que me obligan a firmar un contrato temporal que en realidad es de vivienda habitual, para cobrarme los honorarios de agencia, podría pagarlos y luego reclamarlos? Gracias

    1. Hola Angela,

      esto es un caso de fraude de ley del que hablamos en otro post porque en realidad tu estás queriendo alquilar una vivienda como vivienda habitual. Imagino que en el contrato de alquiler solo pondrán plazo de 11 meses y no pondrán el motivo de la temporalidad (por ejemplo, alquiler de estudiantes, desplazamiento por motivos laborales…). Si no ponen esa información y tu intención es alquilar para largo plazo, los tribunales están admitiendo estos contratos como de larga duración. Lo que puedes hacer es firmar, quedarte con el piso y luego reclamar todo. También te digo que es meterse en movidas porque tendrás primero la reclamación de los honorarios y luego a los 11 meses no te querrán renovar y tendrás que defender en los tribunales que es un alquiler de larga duración.

  43. yo trabajo en una agencia inmobiliaria de antes cobrábamos mitad del mes al inquilino y la otra mitad al propietario
    ahora nos paga el mes entero el propietario y de hecho nos va a quitar mucho trabajo de encima porque ya no trabajamos para el inquilino que es quien más guerra da.
    plantones visitas tournes adaptarnos a tus horarios…
    intentar «vender» al propietario el inquilino que ofreces porque los propietarios son muy exigentes y de antes empatizabas con el inquilino y les buscabas sí o sí
    los propietarios son muy piratas y siempre que tuvieran un intermediario era muy importante para las fianzas para los arreglos de la casa humedades etcétera. hoy todo ese trabajo ya nos lo hemos quitado de encima porque los medios y el legislador hablan de cosas que no trabajáis. recuerda el 19 para buscar inquilino no me complicó la vida ofrezco exactamente lo que la propiedad me exige. la hora la pongo yo y solo se hace una visita. no trabajo ya por demanda de inquilino. y lo que pase posterior al contrato con el inquilino ya no es preocupación mía puesto que yo no he cobrado por nada. de antes el mercado ya estaba regulado que son los que quieren ir de particular y los que quieren ir de inmobiliaria
    conclusión el legislador se ha cargado totalmente la empatía hacia el inquilino y de lo malo malo cogiendo con nosotros al menos tiene más garantías legales hasta la formalización del contrato
    insisto que los particulares son muy piratas de visita son muy agradables pero luego cuando estás alquilado se escaquean de todo
    raro es el día que no venía un inquilino a reclamar algo…
    ahora ese trabajo insisto nos lo hemos quitado de encima
    es muy fácil hablar de lo que se desconoce pero los profesionales hacemos un trabajo que no se ve….
    bien es cierto que no estoy para nada de acuerdo con los profesionales que todavía intentan cobrar al inquilino con argucias pre contrato y post contrato
    lo bueno era cuando se cobraba medio mes a cada parte que no es abusivo y reflejaba la realidad del mercado
    pero insisto al final nos acomodamos a todo y ahora prefiero que me pague el propietario

  44. Hola! Yo he alquilado un piso en Córdoba y la inmobiliaria nos pide un mes + iva, me han pasado la factura y como concepto ponen: cambios de suministro y tramitación documentos depósito fianza en la Junta de Andalucía. Por WhatsApp le he dicho que los suministros los vamos a gestionar nosotros y lo de la junta igual, y me ha llamado por tlf (imagino que para no dejar constancia escrita) que ellos siempre ponen ese concepto, le he insistido que esos servicios no los quiero y que quiero que me ponga el concepto de honorarios de agencia y me ha dicho que no, hemos firmado el contrato y hasta que no paguemos no nos dan las llaves. Sería fácil reclamar esos honorarios ilegales con ese concepto que han puesto en la factura y con el pantallazo de WhatsApp??

    1. Hola Pilar,

      pues aquí puedes hacer por una parte lo que ya hemos comentado más arriba: pagar y reclamar. Arriba tienes el detalle. Y aparte, puedes no pagar y reclamarle la entrega de llaves al arrendador. Si tienes su móvil o su email en el contrato le puedes enviar sms o email certificado para que conste que se lo has enviado.

  45. Hola,
    Muchas gracias por toda la info de este post.
    En primer lugar, me gustaría daros las gracias por vuestro buen hacer.
    Os expongo mi caso, vivo en un pueblo pequeño de Mallorca turistico. Aquí los jóvenes no nos podemos independizar porque el alquiler vacacional se ha convertido en el único en esta zona, los muy pocos que no optan por este tipo de alquiler (seguramente porque no se lo permiten) ponen precios desorbitados (2000€ un piso de 2 habitaciones). Yo no tengo pareja por lo que no puedo costear un piso yo sola (por mucho contrato fijo que tenga y reciba un salario muy generoso).
    El tema es que hace unos días idealista me notificó un piso que cumplía con mis condiciones, era precioso, perfecto para mi. Contacte con la agencia y fui a verlo. Pra mi sorpresa me dijeron que tenia que pagar además del alquiler, la comunidad y también los gastos de la agencia. Le dije que me lo pensaría y fui a buscar info, esta mañana la he contactado y le he dicho que los gastos de l agencia no tenía que pagarlos yo y me ha contestado que si, que sabía que no era así pero que “es lo que hay, que si no lo alquilas tú, hay 400 más en la cola”
    Obviamente le he dicho que no estaba interesada, que no quería ser cómplice de esa mala praxis y le he colgado.

    ¿Como puedo denunciar esta situación para que dejen de estafar a la gente que necesita independizarse?

    Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda

  46. Hola,

    Hemos encontrado un casa de alquiler en Mallorca. Aunque estemos buscando de larga duración nos encontrado con este que es de 11 meses, pero que quizás se pueda prolongar, me han comentado en la agencia Aproperties. Total, que me huele a mi que está todo planeado pq la dueña no quiere pagar los gastos de la agencia o la agencia quiere cobrar más y del inquilino.

    Cuando hemos hablado, la agencia y yo. Me han comentado, con cierta dudas. Pq era todo muy nuevo, me han dicho, que al ser alquiler de temporada, los inquilinos tenian que pagar un 25% del total del alquiler de 11 meses. El alquiler son 2.300€, asi que imaginate! La agencia pide más de 6000€ de comisión. Nos hemos vuelto locos o que?

  47. Buenas tardes. Mi intención es alquilar vivienda habitual. Actualmente no estoy trabajando, y por lo tanto no dispongo de contrato. Entonces me planteo dos opciones, un aval bancario o bien, entregar la renta de un año. La duda es si por ahorrar dinero por los costes del aval me puede perjudicar el pago de un año, pues desconozco si es el pago sería por trasferencia bancaria -el día de la firma del contrato- o bien aceptan talón confrontado.
    Por otro lado, entiendo que soliciten garantías. Dispongo de carta de buenas intenciones. Mi pregunta es si solicitarán otros datos bancario, ¿cual es el límite de la información?, y ¿a quién va destinada, a nombre del arrendador o de la inmobiliaria?

    1. Hola Nieves,

      cada inmobiliaria funciona de una manera diferente, tendrán que informarte ellos de las garantías que te van a pedir.

  48. Hola! en mi caso en Malaga, alquiler de corto plazo (10 meses, de Sep a Junio) quieren cobrarme un poquito mas de un mes de comision…. la verdad que me da mucha rabia pagar por un servicio que no pedi ni me fue dado! pagar por un servicio que lo pidio y se lo han dado al arrendador… es de locos pero a la vez si lo peleo, perdere el piso. Puedo quejarme luego si les pido una factura?
    Gracias!

  49. Buenas, hay una inmobiliaria en la zona de ka costa de Granada que está cobrando la comisión a los inquilinos. No sólo esto sino que es una empresa que se dedica a realizar contratos por 10 meses para así dejar los pisos en verano y cobrarlos en B. Un auténtico fraude. Cómo podría denunciar esta empresa sin meterme en un lío con ellos?

  50. Hola! Estoy buscando piso en Madrid, he encontrado el piso por idealista y contactado por el mismo chat al agente de engel and volkers. Me muestran el piso y me dice que debemos pagar 1 mes de fianza, dos meses de deposito, y 1 mes de agencia mas IVA. En la visita me hace firmar un documento. Le dije que esto era ilegal pero como necesito el piso le hice foto y firmé mal.
    Subi toda la documentacion a la empresa propietaria del edificio. Aceptaron mi oferta 2250€/mes. Pero Ahora la agente me tiene presionada para que le deposite el mes de agencia mas iva para reservar el piso. Sin haber recibido un mail oficial de la inmobiliaria detallando el concepto de mi pago. Que hago? Se que el edificio tiene otra agencia, estando ahi vi que otra gente gestiona la propiedad.. contacto por otro lado? Muchas gracias

    1. Hola Ana,

      lo mejor es que hagas la reclamación una vez firmado el contrato, como se explica en el artículo.

  51. Hola! Alquile un piso desde el 1 de junio, pero firme la reserva el 16 de mayo y antes de saber todo esto la agencia y el propietario se ofrecieron a entregarme el piso el 22 de mayo por asuntos personales del propietario pero firmando el contrato y entrando en vigor el contrato desde el 1 de junio. Vengo a enterarme que la ley entró en vigor el 26 de mayo y que podía pedir el reembolso de del pago a la agencia, a lo que ellos responden diciendo que no hay base de reclamación ya que el contrato y el pago se realizó el 22 de mayo y la ley entró en vigor el 26 de mayo. Puedo reclamar que el contrato fue firmado para entrar a ser válido a partir del 1 de junio? (He de aclarar que el dueño del piso es el mismo dueño de la agencia)

    1. Hola Daniela,

      en ese caso no estoy absolutamente seguro pero yo diría que al haber firmado la reserva antes de la entrada en vigor de la ley, no se te aplica.

  52. Hola! Mi caso es en Madrid. Mis compañeras y yo compartimos piso y llevamos varios años viviendo aquí. Desde que entramos todo lo gestiona una inmobiliaria contratada por el casero.
    En junio de este año se ha ido un compañero y ha entrado a vivir uno nuevo. Hemos tenido que hacer una adenda para incorporar a la persona nueva y la inmobiliaria nos dice que tenemos que pagar los honorarios de agencia por este motivo (145€ + IVA). No sabemos si tenemos que pagar estos gastos, ya que la inmobiliaria argumenta que es un cambio que hemos decidido hacer nosotras y que no es la realización de un nuevo contrato.
    Muchas gracias!

    1. Hola Inés,

      en ese caso, al no ser redacción del contrato sino un anexo posterior que estáis pidiendo las inquilinas, la agencia os puede cobrar a vosotras.

  53. Buenas tardes a todos.

    En mi caso, vivo de alquiler siempre y han sido dos. Alquiler Seguro y Gilmar las que me han pedido la comisión de agencia con distintos nombres y variados servicios que no son mas que palabras.

    Para información publica. Debería actuarse de oficio contra empresas que aprovechan la situación para cometer ilegalidades manifiestas.

    Gracias

  54. Esto es lo que se estan inventando ahora:

    SERVICIOS DEL PERSONAL SHOPPER INMOBILIARIO (1.573€)

    La Inmobiliaria es: SANCHEZ RUCIO INMOBILIARIA de Torrelodones.
    Les he llamado y me dicen que es por realizar servicio de documentación, etc…, lo pueden camuflar como quieran, pero siguen intentando cobrar a los inquilinos.

    1. Gracias Manuel. Esa justificación va a ser muy fácil de reclamar. Si llega el tema al juzgado es importante que puedas demostrar que el piso que alquilas lo ofrecían ellos. Puede ser un pantallazo del anuncio, un mail o correo electrónico o whatsapp donde quede constancia que el piso lo ofrecía esa agencia, etc. Si no, podrían alegar que el piso no era de ellos y que te han hecho un servicio de búsqueda de inmueble.

  55. Buenas tardes,

    La inmobiliaria Meliurbis en Melilla, quiere cobrarnos honorarios por el alquiler de un inmueble. Alegando que el contrato sera de 6 meses, por la tanto sera temporal aun que sea una vivienda de caracter habitual. Indican que su abogado les ha dicho que es totalmente legal. ¿Que puedo hacer?

    1. Hola Alonso,

      es un caso de fraude de ley porque se pretende hacer pasar por alquiler temporal lo que es un alquiler de larga duración. Si vas a reclamar es importante conservar la información del anuncio, con la que puedas demostrar que se anunciaba como alquiler de vivienda habitual, o al menos que no se decía que era un alquiler temporal.

  56. Buenas tardes,
    Hace un año hice un contrato con Tecnocasa en Barcelona, con duración de 11 meses. A su momento pague los honorarios que fueron el 10% de la anualidad de el piso.
    Justo ahora se nos termina el contrato y decidimos extenderlo, para esto la agencia me dice que debo pagar nuevamente los honorarios de la agencia, también mencionan que como es de corta duración el dueño del piso no tiene que pagarlo si no nosotros.
    Es esto cierto?
    No entiendo porque quieren cobrarme 2 veces por el mismo piso, solo por una renovación
    Apreciaría su ayuda!
    Saludos

    1. Hola Alejandra,

      habría que analizar la situación por si es un fraude de ley. Es decir, que la idea inicial fuese hacer un contrato de alquiler habitual y te hayan impuesto fraudulentamente un contrato temporal. Estando en Barcelona mi consejo es que consultes en el sindicato de inquilinos.

  57. en mi caso por no quedarme sin el piso me proponen pagar a medias la bonificación con el arrendador a la inmobiliaria,ya pagué la reserva que sirve de fianza,y ahora a la firma del contrato debo pagar la mensualidad y otro documento que aún no he leído con la mitad de los pagos a inmobiliaria,que debo Hacer?

  58. Buenos días , en dos días firmes un contrato de alquiler de un “loft” , la inmobiliaria al pasarme el desglose de lo que tengo que pagar me incluye los honorarios + iva, pregunté el motivo de porque yo tenía que pagar eso, y me dijo que al ser un loft y que la dueña aún estaba de trámites para que le dieran la cédula de vivienda que tenía un año para hacerlo, que a nosotros no nos entraba en la nueva ley y nos tocaba pagarlo. Eso es legal? Realmente tengo que pagar yo los 726€+iva? Gracias

    1. Hola,

      bueno, en ese caso ellos están incurriendo en otra ilegalidad porque te están haciendo un contrato de alquiler de vivienda para un inmueble que no es vivienda. Habría que analizar en detalle la situación.

  59. Hola! Quería consultar acerca de este tema. El contexto en mi caso es que pacté unas modificaciones del contrato para concretar todo bien dado que la agencia me envió un contrato desastroso en el que no figuraban ni referencia catastral, ni plazos de tiempo para los pagos..). Una de las modificaciones que solicité fue pactar con el arrendador (a través de la mediación de la agencia, porque yo nunca tuve contacto directo con el arrendador) para eliminar la penalización en caso de tener que abandonar el piso tras 6 meses y previo aviso de 30 días de antelación, con la excusa de que voy a asumir unos gastos de agencia que no me corresponden (tal y como ya solicitaban en el anuncio). Sin embargo, esto no está por escrito en el contrato, simplemente se borró. Quedamos así, firmé el contrato en la agencia y me dieron las llaves y el agente me pasa un número de cuenta para hacer la transferencia de los honorarios. Si en el contrato de arrendamiento en ninguna cláusula se contempla este aspecto, ni la agencia cuando firmé me ha dado ningún resguardo o contrato inquilina – inmobiliaria, o documento por escrito que justifique este pago, debería hacer la transferencia? Porque tampoco nada me acredita de a quién pertenece ese número de cuenta enviado por mail. Sí que es verdad que yo asumí ese coste por palabra con el agente, pero me da miedo hacer una transferencia sin más, que además legalmente no me corresponde (y entiendo que por eso no la han dejado por escrito en el contrato) . Tampoco quiero empezar a malas porque la agencia aún me tiene que contactar para que haga el cambio de titularidad de la luz, pero no sé hasta que punto está mal lo que hice a «espaldas» de intentar echarme para atrás los costes una vez ya firmado y con las llaves en la mano, o tengo todo el derecho a ello? Gracias de antemano.

    1. Hola Paula,

      no se si lo he entendido bien, pero entiendo que como has propuesto modificaciones al contrato te han cobrado a ti los honorarios de la agencia. Eso es ilegal desde la aprobación de la ley, así que puedes reclamar la devolución. No se si tienes factura, sería lo ideal. Entiendo que el ingreso a la inmobiliaria lo has hecho en una cuenta diferente de la del arrendador, y que la agencia te habrá dado por escrito. Con ese escrito (sea mail, whatsapp…) puedes demostrar que el número de cuenta es de la agencia.

  60. Hola!
    Tengo un contrato de alquiler de vivienda habitual donde figuramos 3 inquilinos. Por motivos de trabajo 2 inquilinos tienen que abandonarlo y han solicitado hacer un cambio de contrato para que entre otros 2 nuevos en su lugar. La propiedad está al tanto del cambio y está de acuerdo.
    EL tema es que la agencia inmobiliaria ahora solicita a los inquilinos abonar 200€ por gastos de gestión en calidad de estudio de aval para los nuevos inquilinos. Este estudio nosotros ni la propiedad lo hemos solicitado, pues ellos lo hacen por asuntos o internos o de contrato entre ellos y la propiedad. En cualquier caso me gustaría saber a quien le correspondería hacerse cargo de dicho gasto, teniendo también en cuenta la nueva ley de vivienda. Muchas gracias

    1. Hola Daniel,

      la inmobiliaria os puede cobrar pero lo está planteando mal porque no debería cobraros por un estudio de viabilidad que no ha pedido nadie, sino por la modificación del contrato que habéis pedido los inquilinos.

  61. Buenas tardes, mi caso es parecido.
    En el anuncio ponen que únicamente un mes de fianza, y al hacer los trámites e iniciar la reserva, me dicen que aparte del pago de la fianza, hay que pagar el servicio de “Personal Shopper” además de la fianza, cuando en el anuncio no ponía nada. No tenemos mucho margen y tenemos que cogerlo. En la transferencia de la comisión que nos están pidiendo he puesto de concepto “Honorarios”, ya que ese servicio no lo hemos contratado. ¿Qué tendríamos que hacer para garantizar el piso pero poder denunciarlo y recibir nuestro dinero?

    Muchas gracias,
    Un saludo,

    1. Hola Gonzalo,

      es el típico caso de servicio al arrendador disfrazado de personal shopper. Para no perder el piso tendrás que pagar y después reclamar. Para la reclamación es muy importante que puedas de mostrar que esa vivienda la estaba ofreciendo la agencia inmobiliaria que te ha cobrado y que, por tanto, había sido ya el arrendador quien había contratado sus servicios.

  62. Buenas mi nombre es Diego, estoy intentando alquilar un piso en Mallorca, y en uno de los anuncios que me he interesado, me han enviado esto…
    «REQUISITOS:
    2 meses de depósito (1.900€ ) se regresan una vez que finaliza el contrato
    Mes de Agosto (950€)
    Asesoramiento inmobiliario (1149,5€)»
    Mi consulta es, ¿Que es esto de asesoramiento inmobiliario?, ¿Es legal que me cobren esto?. He leído éste artículo, pero todavía me queda la duda que hacer en este caso. Quedo a la espera de una respuesta, porque aquí en mallorca, hay muchos anuncios que empiezan a aparecer con pagos que hay que hacerles a las inmobiliarias, que son bastantes dudosos. Desde ya muchas gracias y saludos.

    1. Hola Diego,

      si es un alquiler de vivienda habitual, es ilegal. Si no quieres perder el piso: primero aceptar y luego reclamar.

  63. Hola buenas, en mi caso somos tres inquilinos para alquilar un piso de tres habitaciones. En el anuncio no pone nada referido a gastos de inmobiliaria. Cuando comentamos al agente inmobiliario que queríamos quedarnos con el piso nos comunico que había que pagar 1000 euros de gastos de inmobiliaria. Acto seguido le mencione la ya famosa ley, diciéndole que eso debía abonarlo el dueño del inmueble. Sin embargo me dijo que el dueño no quería pagarlo y que por eso el contrato va a ser de 11 meses con posibilidad de ampliación y ya no supe que responder. Al ser ese tipo de contrato, ¿habría alguna posibilidad de que prospere una reclamación en caso de que lo abonemos finalmente?

    1. Si podría prosperar porque tiene pinta de que se trata del típico alquiler temporal fraudulento, especialmente si en el anuncio no indicaba que era alquiler temporal y si en el contrato no se ha indicado el motivo de la temporalidad.

  64. Hola!!

    Quiero alquilar este piso pero claramente en el anuncio dicen que cobran honorarios de inmobiliaria:

    http://www.idealista.com/inmueble/81471081/

    Les escribí un correo y me dijeron lo siguiente:

    De: Inquilinos
    Enviado: viernes, 14 de julio de 2023 12:38 p. m.
    Para: Mí
    Asunto: RE: Nuevo mensaje de Paola sobre tu inmueble, Piso en calle del Néctar, Canillejas, Madrid

    Muy Sr./Sra. Nuestro/a:

    Acusamos recibo de su e-mail solicitando condiciones para el arrendamiento de la vivienda que es de su interés y cuyo alquiler tenemos encomendado. Por ello, le informamos que a la firma del contrato tendría que abonar un mínimo de tres mensualidades que podría variar en función de su solvencia y garantías presentadas (…).

    De: Mí
    Enviado el: sábado, 15 de julio de 2023 0:26
    Para: Inquilinos
    Asunto: Re: Nuevo mensaje de Paola sobre tu inmueble, Piso en calle del Néctar, Canillejas, Madrid

    Buenas tardes,
    ¿Nos pueden explicar cuál es la finalidad de las tres mensualidades como mínimo?
    Gracias

    De: Inquilinos
    Enviado: miércoles, 19 de julio de 2023 3:04 a. m.
    Para: Mí
    Asunto: RE: Nuevo mensaje de Paola sobre tu inmueble, Piso en calle del Néctar, Canillejas, Madrid

    La primera es la fianza, la segunda el mes en curso, la tercera administración de servicios de alquiler. Gracias

    1. Hola Paola,

      os están obligando a contratar unos servicios que no os interesa, yo diría que la reclamación prosperaría. Dejo aquí constancia del texto del anuncio, que sigue publicado:

      La Agencia Negociadora del Alquiler se encarga de prestar a los inquilinos servicios de administración del alquiler durante la duración del arrendamiento con el fin de solucionar cualquier tipo de incidencia (no imputable a ellos) que pueda surgir. También se encargará de tramitar el depósito de la fianza entregada por los inquilinos en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid, de ofrecer una limpieza a la finalización, servicio de «manitas» durante el arrendamiento, de prestarles asistencia jurídica, la devolución de la fianza a la finalización de los arrendamientos, de gestionar con las compañías suministradoras el cambio de titularidad de los suministros y su posterior baja a la finalización de los contratos, de realizar los cambios necesarios para domiciliar el pago de los recibos de alquiler en las cuentas bancarias de los inquilinos, y de la emisión de los certificados necesarios para solicitar ayudas del alquiler.

      ÚNETE AL TRANQUILER!

      Gastos de Comunidad incluidos en la renta y los suministros que dispongan de contador individual, ahora o en un futuro, serán por cuenta de la parte arrendataria. En función de la documentación aportada, podrán aumentar las garantías económicas que se soliciten. Los honorarios por los servicios de administración que la Agencia Negociadora del Alquiler ofrece a los inquilinos son: el importe equivalente a una mensualidad de renta más el 21% de IVA que se abonará por anticipado el día de la firma del arrendamiento.

    2. Por cierto, lo de ofrecer al inquilino servicios de administración del alquiler es un poco extraño: los bienes se administran a los arrendadores, no a los arrendatarios.

  65. En Madrid, Alquiler Seguro pide un mes de renta (lo que viene siendo comisión) al arrendador.
    Otras agencias, como okam servicios inmobiliarios ‘venden’ (te obligan) a contratar un kit de servicios que suponen, igualmente, un mes de mensualidad, si no estás de acuerdo, ni te enseñan el piso.

    ¿Esto no se puede denunciar ante la Administración u organismo regulador?

    Saludos.

      1. Hola
        Quería hacer una consulta. Quiero rentar mi casa que debo pagarle a la inmobiliaria?

  66. Acabo de llamar a un anuncio y las condiciones eran 2 meses de fianza, el corriente y el més que se queda la agencia. Le he dicho que eso era ilegal, que los tenía que pagar el peopietario, y su respuesta ha sido que ellos tenían que cobrar el trabajo. Que era lo que había y que si no me parecía bien que buenas tardes y me ha colgado

  67. Buenas tardes,
    Primero agradecerte esta informacion y este foro ya que es un tema bastante complejo donde los inquilinos tenemos poco poder frente a una inmobiliaria.
    En nuestro caso, estabamos apurados por alquilar y reservamos un piso sin verlo el dia 6 de junio. Al solicitar que paguemos la comision inmobiliaria de 2.038 EUR consulte sobre la nueva ley y me dijeron que no aplicaba y que debia pagarla.

    Leyendo tu articulo si que nos aplica ya que es un contrato de arrendamiento de larga estancia. En la reserva de la inmobiliaria los costos estan descriptos con el siguiente texto «Que el arrendatario contrata al agente de realojamiento para realizar un servicio de asesoramiento, busqueda de inmueblesy realojamiento en Barcelona entregando en este acto por iniciativa directa y voluntaria la cantidad de 2032,82 EUR mediante tarjeta en consepto de reserva del piso …..»

    Claramente esto es la comision inmibiliaria camuflada, en este caso que firmamos esto, de todas maneras podriamos reclamarlo?

    Vuelvo a agradecerte por la ayuda.

    1. Hola Stephanie,

      si, puedes reclamarlo. En este caso es importante que puedas justificar que el piso que alquilas lo ofrecía ya esa inmobiliaria, por lo que sería la propiedad quien les ha contratado, y no lo que dan a entender de que les has contratado tu para que te busquen una vivienda.

  68. Buenas tardes , hoy me ha dicho una agencia con la que quería gestionar el alquiler de una vivienda que debo de pagar yo, futura inquilina, los honorarios de agencia porque la vivienda que quiero alquilar supera en m2 la media de viviendas con precios regulados. Le he preguntado al agente inmobiliario si eso está recogido en la ley y me ha dicho que sí. Revisandola no encuentro que diga eso.

    ¿Es correcto?

    Gracias

  69. Buenos días, como la mayoría…estoy «desesperada» buscando piso. Con alquiler Seguro me cobran la famosa comisión de agencia. en este caso primero realicé la firma del contrato y están aguardando el pago. Mi consulta es ¿puedo no pagar el mes de agencia una vez firmado el contrato? también me cobran 129€ por el seguro impago de la casa ¿también corresponde que la pague el inquilino?
    gracias

    1. Hola,

      en cuanto al seguro, imagino que es un seguro que te cubre a ti, no a los propietarios. Los propietarios tendrán que abonar su propio seguro. Puedes no pagar el mes de agencia una vez firmado el contrato y hacer que sean ellos quienes te reclamen. Pero supongo que lo que harán será forzarte a pagar antes de firmar el contrato.

  70. ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR :
    Luego de 6 meses de busqueda encontre un pisos en la cambra urbana en donde
    pague 440€ y firme el domento de la reserva del piso donde me exponia lo siguiente :

    Primero.- Que la parte reservante, estando interesada en el alquiler del repetido inmueble, entrega en este acto al represente de la propiedad, la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS (440,00€) en transferencia en concepto de reserva del alquiler, sirviendo la presente como la más fiel carta de pago. El importe entregado en este acto en concepto de reserva, al formalizarse el contrato de arrendamiento, será deducido del importe total de la gestión.
    El importe total a liquidar por el reservante en la firma del contrato de arrendamiento será el siguiente:
     Fianza: 440,00€ (1 mensualidad)
     Mensualidad de alquiler: 440,00€ (O la parte proporcional del mes)
     Entrada (IVA incluido): 638,88€ (10% anualidad del recibo alquiler mensual)
     ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales): 0 €
     Tràmit ITP: 15 €
    ** luego de haber firmado , le pregunte a que se debia el 10% expuesto y me contesto lo siguiente : Los 638,38€ (es un 10% de la anualidad del alquiler) Es lo que se debe pagar por entrar en el piso, que incluye la revisión de todo el piso, la puesta a punto, revisión de electrodomésticos. Cualquier cosa que al entrar no te funcione, se repara o cambia.

    QUISIERA SABER SI ES LEGAL, Y SI NO LO ES TENGO POSIBILIDAD DE RECLAMAR .

  71. tecnocasa me obliga a pagarles el mes de comision o no me lo alquilan don 700€. una pasada me dicen que ellos no trabajan gratis. Se pasan ka Ley pir el forro. En Andalucía no se si se aplica esta ley de vivienda.

    1. Hola Jesús,

      puedes decirles que entiendes que nadie debe trabajar gratis, y que por eso la ley de vivienda dice que deben cobrarle al arrendador, no a ti. En Andalucía también se aplica la ley de vivienda.

  72. Buenos días, he realizado la reserva de una vivienda. Inicialmente una de las condiciones era aportar un avalista. Una vez realizada la reserva es cuando especificaron que dicho avalista debía de ser solidario y no subsidiario. El avalista no está de acuerdo con esa condición y ahora, la inmobiliaria se niega a devolver la señal.

    En la reserva de la vivienda se indica lo siguiente:
    He recibido de xxxx con número de DNI xxxx la cantidad de SEISCIENTOS (600) EUROS en concepto de reserva para el alquiler del piso sito en xxxxx
    Este importe será depositado por transferencia bancaria a la empresa (nombre de la inmobiliaria) con CIF Bxxxxxx, en el número de cuenta xxxxxxxxxx, que actúa como intermediaria.
    Si con posterioridad se efectúa contrato de alquiler, el importe entregado se imputará como uno de los meses de fianza.
    En caso de que el cliente desistiese de la adquisición del inmueble mencionado, no tendrá derecho a reclamar la cantidad entregada en concepto de reserva.
    En caso de que el propietario no acepte firmar el contrato con este cliente antes del 03/08/2023 se le devolverá la cantidad entregada.
    Esta reserva tendrá validez a la recepción del importe de reserva en la cuenta corriente
    antes mencionada.

    No sé si con dicho documento tienen derecho a no devolver la reserva

    Muchas gracias de antemano

    1. Hola Amaya,

      si no cumples con la reserva se pueden quedar los propietarios con el importe que has abonado.

  73. Buenas! he encontrado un piso todo iba genial hasta el momento de la reserva donde me han exigido el pago de los honorarios de la inmobiliaria y me han dicho que si que sea un alquiler de vivienda habitual me hacen un contrato de 11 meses y me iran renovando. Al pedir un contrato de 12 meses normal y decirles que los honorarios los debe pagar el casero me han dicho que entonces me quedo sin piso. hay algo que pueda hacer? ya me da igual el piso, pero no es justo y seguro que hay gente que acaba accediendo a estos chantajes.
    ¿se puede hacer algo ?

  74. Hola buenas tardes,
    Estoy a punto de formalizar un contrato de alquiler de un piso, y en la inmobiliaria me piden mes fianza, mes en curso y un mes por administración de la finca. Le comenté que el mes de gestión corre a cargo del propietario y me dice que no es eso, que es un servicio de administración durante el periodo de alquiler, pero eso es un servicio que no quiero y que contrató el propietario. ¿Tendría que pagarlo yo? ¿Eso es legal?
    Gracias.

    1. Hola Beatriz,

      puedes pagarlo paara poder quedarte con el piso y después inmediatamente renunciar (desistir) al servicio (tienes un plazo de 14 días, pero hazlo inmediatamente). Te dirán que no puedes, y ahí ya puedes empezar a reclamar porque te están forzando a contratar un servicio que no has pedido.

  75. Hola. El mi caso publicitan un piso donde en el anuncio no dice nada de contrato de 11 meses. Lo que dice es que aparte del precio del piso por mes (750€) hay que entregar un mes de fianza. Cuando me pongo a hablar con el agente inmobiliario por WhatsApp me dice esto: «Sería contrato de 11 meses prorrogables. 1 mes fianza y una mensualidad de honorarios que correrían por parte del inquilino»
    Le digo que la nueva ley no permite que los cobren los honorarios y me dice lo siguiente «Al ser contrato inferior del año los gastos de honorarios corren a cargo del inquilino. Contrato superior al año los honorarios si corren a cargo de la propiedad» ¿esto es cierto?

    1. Si, en contratos temporales se puede exigir el cobro al inquilino. Pero 11 meses prorrogables no es un contrato temporal. En el post enlazamos a otro artículo donde hablamos del mito de los contratos de 11 meses

  76. Hola, nosotros firmamos un contrato el día 25/05/23 pagamos la fianza el día 26 pero el inicio del contrato era el 1 de julio. Ahora la agencia reclama sus honorarios y dice que cuando hicimos los trámites no había entrado en vigor la ley. Tengo alguna posibilidad?

  77. Mi caso fue como otro que leí arriba, en el anuncio nunca se dijo nada de que fuera temporal, y me dijeron que se firmaría un contrato de 11 meses y después se puede renovar ya por el año y debido a esto se cobraría los gastos de la agencias, cosa que tuve que aceptar para que no me ganaran el piso ya que es un mercado muy competitivo pero realmente yo no pedí que fuera por 11 meses, por mi podría ser de 3 años sin problema 😞

  78. Hola, soy una profesional inmobiliaria, en primer lugar aclarar que en mi agencia no cobramos comisión al inquilino tal y como lo indica la Ley de Viviendas, pero tengo una consulta que ruego me aclaréis, pongo ejemplo: tengo un piso de alquiler, lo alquilan 3 personas y una de ellas quiere dejar el piso y que entre otra persona en su lugar, hablamos de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual. El inquilino es el que quiere hacer un Anexo de cambio de titularidad de contrato de arrendamiento.
    En este caso, la inmobiliaria presta el servicio a la persona que nos ha solicitado el cambio de titularidad, es decir al inquilino, ¿entiendo que aquí la factura de la inmobiliaria por la gestión la debería pagar el inquilino y no el arrendador?
    Muchas gracias por su respuesta.

    1. Hola Carmen,

      bienvenida al blog. Si, comparto tu opinión, en ese caso es un servicio que están solicitando los arrendatarios y por el que se les podría cobrar.

  79. CAPITAL CONDAL DE INVERSIONES en Barcelona pide 200e por el contrato de alquiler y el 10% de la anualidad. Sino aceptas esto ni te enseñan el piso. Y esto te lo dicen por telefono obviamento. Que se puede hacer con estos casos?

    1. Hola San,

      pues lo ya explicado más arriba: aceptar (si quieres conseguir el piso) y reclamar posteriormente.

  80. Hola.
    Yo quiero saber si para un alquiler de un bajo comercial es cierto que se cobra una mensualidad al arrendador y otra al arrendatario, que es lo que me están diciendo…

    1. Hola Pilar,

      la ley no dice nada en el caso de alquileres para uso distinto de vivienda, así que hay libertad de pacto y se puede cobrar como dices.

  81. Hola, mañana firmo un contrato de alquiler, donde me han cobrado ya una seña que quedará como fianza, mañana en la firma debo pagar el mes en curso y el mes de agencia + IVA (21%)… entiendo que esto no está bajo lo legal, por la LAU! Le pregunté al agente por qué debo pagar eso yo, y me respondió que eso nos corresponde ya que durante nuestra estancia en el piso ellos se encargarían de mediar en cualquier momento entre la propiedad y yo, en caso de ser necesario! Si se rompe algo, y hay algún problema, etc. Entonces cuál es la idea de la ley si no se va a cumplir? Por otra parte, ponen en un documento que la tasa de basura corre por mi cuenta, aunque actualmente está incluida en el IBI que lo paga la propiedad, el agente dice que lo colocan así por si en el futuro el ayuntamiento (madrid) saca la tasa de basura de la factura del IBI, en ese caso si me correspondería pagarlo yo! Esto es legal? Yo creo que no, vamos! Es que me da mucha rabia tener que aceptar pagar lo que pidan solo por no perder el piso! Y ya luego pensar en reclamar y quedar en malos términos con la agencia o con la propiedad durante mi residencia en el piso. Uno no sabe que hacer!

    1. Hola Patricia,

      la ley no obliga a que el ibi y basuras lo pague el arrendador, así que hay libertad de pacto.

  82. Buenas, una consulta.

    La agencia inmobiliaria me dice que me va a hacer un contrato de vivienda habitual por 12 meses, y que tengo que pagar honorarios a la agencia.

    Una vez leído vuestro genial artículo sobre el tema, tengo dudas de si tenemos que pagar los honorarios (al haber «camuflado» el contrato como vivienda NO habitual) o si por el contrario, al ser por 12 meses no tendríamos que pagarlo.

    ¡Gracias!

    1. Hola Erik,

      es un truco que están usando muchas agencias: disfrazar de alquiler temporal lo que es un alquiler de larga duración.

  83. Me pide una agencia el cobro de una mensualidad más IVA y pago en efectivo o me quedo sin la casa…
    Me he negado y me han ofrecido no cobrar el IVA, una pena no me ha dado tiempo a grabar la conversación…que me aconsejas?

    1. Hola Angel,

      te piden pagar en efectivo porque así no queda rastro del pago y sería difícil ganar una reclamación. No pagues nada en efectivo, todo por transferencia.

  84. Buenos días:
    Ayer estuve visitando un piso para alquilar en Almería, lo encontré a través de un anuncio de una web de alquileres y resulta que la gestión la lleva una inmobiliaria. El agente inmobiliario comentó (acerca de la ley) que ellos lo que hacían era cobrar la mitad al arrendador y la otra mitad del equivalente a 1 mes al arrendatario y que en caso de no querer pagarlo, el arrendador me lo reclamaría o me subiría el precio del alquiler. ¿Qué puedo hacer en este caso?
    Gracias.

    1. Hola Cristina,

      puedes pagar a la inmobiliaria (que te está reclamando un pago que no debe), conseguir el alquiler, y después reclamar la devolución a la inmobiliaria.

  85. Buenas noches,

    Estoy a punto de formalizar un alquiler y la inmobiliaria me dice sin demasiado rubor que el inquilino se hace cargo de la comisión de agencia (supongo que luego serán lo suficientemente listos para disimular esto en el concepto).

    Mi pregunta es: ¿Existiría algún plazo para reclamarles judicialmente la devolución de este importe? No me gustaría verme en la tesitura de meterme en jardines judiciales para ganar y que al final se lo cobren de la fianza con cualquier excusa.

    1. Hola Roberto,

      seguro que hay un plazo pero no sabría decirte cuál. Mi consejo es que reclames lo antes posible. Para evitar que luego te imputen algo en la fianza de forma indebida lo que te recomiendo es que hagas un inventario fotográfico exhaustivo de la vivienda en el momento en que entras en ella y se inicia el contrato. Incluso puedes hacérselo llegar al arrendador por email para que quede constancia de que lo tenéis ambas partes. Así, si luego te reclama algún desperfecto que ya estaba, puedes mostrar con las fotos que la vivienda se te entregó así.

  86. Buenas tardes. Hoy he ido a ver un piso y cuando he dicho que quería alquilarlo me han dicho que tenía que ir y pagar directamente la reserva. En este caso, me han hehco ir a un cajero y darle el dinero en efectivo. Me han dado una especie de pre contrato que dice que he entregado ese dinero y que tengo que abonar 3 mensualidades a la firma del contrato (estos me han dicho que no son 3, que son 2, ya que he pagado ya 1 pero que no se me devuelve a la salida más que la fianza),

    Lógicamente este dinero no aparece, por así decirlo, en ningún sitio, pero si no lo abono no me alquilan el piso ¿qué puedo hacer? ¿pago una vez firme el contrato las dos mensualidades y luego reclamo o tendría que esperar al año que viene cuando salga del piso para reclamarlo?

  87. Yo el 25 de mayo hice el pago de la reserva y el 31 firme el alquiler. Tengo un documento firmado donde especifica los conceptos incluido «Honorarios de inmobiliaria». La reserva me la pidió en efectivo. ¿Le tengo que reclamar a la inmobiliaria o al propietario? ¿ hay alguna plantilla para ayudarme en la redacción?

  88. Hola , 👋 me encuentro en una situación compleja, estoy buscando piso en la localidad de Manresa y muchas inmobiliarias aplican el contrato temporal sin ponérmelo en el anuncio, son viviendas, pisos habituales.
    pueden pedirme honorarios ? en un alquiler de 500 me piden 800 de honorarios y en uno de 475 me piden 475 más IVA.
    No lo veo correcto.
    Llevo 2 meses esquivando estos honorarios.
    Gracias.
    en los anuncios no pone nada de temporalidad ni destinado a estudiantes ni parecido.
    me urge pero no quiero pagar por pagar si es el propietario quién debería hacerlo.
    Gracias.

    1. Hola Héctor,

      es el truco que están usando muchas agencias. En algún comentario anterior explicaba qué hacer en estos casos.

  89. En «Alquiler Seguro» piden un mes + IVA de servicios de «atención al inquilino» (SAI)

    En «Alquiler Seguro» piden un mes + IVA de servicios de «atención al inquilino» (SAI)

    En «Alquiler Seguro» piden un mes + IVA de servicios de «atención al inquilino» (SAI)

    En «Alquiler Seguro» piden un mes + IVA de servicios de «atención al inquilino» (SAI)

  90. Hola Roberto,

    Mañana firmo el contrato de alquiler de un piso en Madrid. Para reservarlo me hicieron pagar «la señal» por una mensualidad y poner en el concepto de la transferencia «Reserva Dirección del Piso». Realicé el pago pensando que luego ese importe se descontaría de la fianza y del mes en curso, pero para mi sorpresa la agencia me menciona, vía telefónica, que ese pago corresponde a los honorarios de agencia, los cuales no aparecían en el anuncio de Idealista, y que ahora «solo» falta por pagar la fianza y el mes en curso, importes que se transfieren directamente al propietario.

    Por como sucedieron las cosas no pude especificar en el concepto de la transferencia «honorarios de agencia» y, obviamente, en el recibo que me dieron dice que el pago está asociado a la reserva del piso y que solo será devuelto si el propietario nos rechaza como inquilinos (cosa que no va a ocurrir). He tratado que a través de correo electrónico acepten que el pago corresponde a sus honorarios, pero no han «picado el anzuelo».

    Con los antecedentes que tengo, ¿es posible reclamar el dinero ya transferido? ¿Me recomendarías que firme el contrato de todas formas? Si firmo y luego reclamo, ¿piensas que podrían haber consecuencias (malos tratos, cambio de condiciones, etc)?

    Muchísimas gracias desde ya.

    1. Hola Alejandro,

      si, deberías reclamarlo. Este caso igual es algo más complicado porque te engañaron en cuanto al concepto, pero igual hasta les puedes denunciar por estafa. En cuanto a recomendarte firmar o no, no me atrevo a tanto. Pero supongo que descartar la operación supone para ti perder el dinero de la «reserva»

  91. Buenos días. Yo escribo desde Sevilla y ahora con la existencia de esa Ley las familias no podemos acceder a un piso. Porque ahora el 98% de anuncio llevan la coletilla de solo se alquila a Estudiantes!!! Entonces las familias ya no podemos acceder a dichas viviendas y me parece muy mal y discriminatorio. Ahora en cuento encuentro un piso para alquilar que no es para estudiantes te miran la cara y te dicen, si eres negro 3 meses de fianza, si eres Latino 2 meses de fianza, si eres Español 1 de fianza, a todo ello se le añade el mes corriente y los gastos administrativos de la INMOBILIARIA en este caso me pasó con Fernando Rodríguez Asesor Inmobiliario.Tengo el email y un mensaje de voz que me envió exigiendo el pago.

  92. Buenas tardes, me gustaría recibir información a cerca a de un alquiler que ha hecho mi hija, ha alquilado un ático, entrando a vivir el 1 de julio.de este año. Ahora le está reclamando la inmobiliaria, algo más de 400 euros, porque según ellos al.ser una ático no está exesto del pago a la inmobiliaria. Lo tienen declarado como ático y no puede empadronarse en el. Cualquier información que me puedan dar se lo agradeciera mucho. Muchas gracias, un saludo.

    1. Hola,

      el hecho de que sea un ático no excepciona de que deba cumplirse la ley de vivienda. En todo caso, se podría excepcionar si el ático fuese de más de 300 metros cuadrados.

  93. Buenas tardes, estoy interesada en alquilar un piso en Valencia pero soy ciudadana extranjera pero ya tengo mi carta de admisión en la universidad polítecnica de valencia. Me están cobrando unos honorarios practicamente por el valor del alquiler pero veo en este articulo que esta prohibido excepto para las comunidades autonomas, me gustaria que me aclararan esta ley y si tengo algún derecho como ciudadana extranjera y que requisitos podrian exigirme para el alquiler de un inmueble.

    1. Hola Angela,

      en tu caso intuyo que lo que vas a firmar es un alquiler temporal. En ese caso está permitido cobrar a los inquilinos

  94. Buenos dias, y muchas gracias por el artículo.

    Nuestro caso. Buscamos vivienda para curso escolar por motivos laborales, por lo que aunque sea durante 10 meses, será nuestra vivienda habitual (soy profesora interina y desconozco a dónde me asignarán el próximo año). También hemos pensado alquilar para 1 año prorrogable, por si repito destino, y en caso de que me asignen otra localidad, rescindir el contrato anticipadamente (creo que la penalización es de 1 mes por año que reste, por lo que si restan 2 meses, la penalización será mínima) ¿esto es así?
    Resumiendo:
    1- aunque es por 10 meses (o 1 año), es vivienda habitual porque es traslado por motivos laborales. ¿como aplica la ley aquí?
    2- Si contrato por 1 año y rescindo a los 10 meses (avisando con al menos 30 días), ¿cuál sería la penalización?

    1. Hola Laura,

      legalmente no es vivienda habitual, es una vivienda temporal, así que aquí puede cobrarte la agencia. Si contratas por un año y te vas a los diez meses la indemnización sería de dos doceavos de una mensualidad.

  95. Hola mi caso es q la inmobiliaria me cobró un importe de 1110€ por traer un avalista de mi parte, hay alguna ley que permite cobrar una cuantia por traer a un avalista?

    1. Hola,

      la agencia no te puede cobrar por aportar tu un avalista, que encima te lo habrá pedido la propia agencia.

  96. Buenas, he contactado con un piso en barcelona para estudiantes, somos 3, el precio del alquiler son 1200euros, me piden 2 meses de fianza y una comisión de la agencia que es el 10% de la anualidad + 21%IVA, le he dicho que no nos vamos a quedar 12 meses sino como maximo 11 meses o 10 meses. Es legal cobrar esa comision aunque no vayamos a estar los 12 meses? haciendo los calculos a cada uno nos sale a 580euros a pagar más, asi que en total cada uno tendriamos que pagar 1780euros.

  97. Hola. He contactado con una agencia de Mallorca para alquilar un piso y me piden la comisión de la agencia+21% de IVA. Tengo el anuncio también publicado en idealista.

  98. Buenas tardes.
    Vamos a alquilar un piso y nos piden el mes de fianza y el mes en curso.Hasta ahí todo normal.
    El caso que también nos piden un mes de garantía económica adicional,el cual nos nos dicen que no se devolvería y se abonaría en efectivo.
    Me pinta a mes de agencia encubierto en toda regla.
    Mi pregunta es: este mes adicional debe verse reflejado en el contrato y al realizar el pago deben darme un recibo.

    1. Hola Nicolás,

      la garantía adicional es como la fianza y hay que devolverla al finalizar el contrato si no hay desperfectos o impagos. Si te dicen que no se devuelve no es garantía adicional, así que estoy de acuerdo contigo en que es una forma de disfrazar los honorarios. En este caso debe quedar reflejado en el contrato de alquiler que estás pagando fianza y garantía adicional y al finalizar el contrato debes reclamársela al propietario.

  99. Que pasa si la inmobiliaria me pone un precio de 800/mes + 2 meses de fianza + 1 mes de agencia y contrato de 11 meses o 1100/mes + 2 meses de fianza, sin mes de agencia y contrato superior a 11 meses….Es legal ?? Es lo que me estoy encontrando y no me gusta nada porque tiene toda la pinta de ser legal y podría generar una subida generalizada. Como nos defendemos ante esta doble oferta según la durada del contrato ?

    1. Hola Ibra

      en este caso imagino que la agencia estará bien cubierta y no dejará huecos en los contratos. Me refiero a que si hace el contrato temporal, lo hará legalmente para que no queden flecos. Y si el contrato es de vivienda habitual, no te está cobrando honorarios (aunque en realidad te lo está repercutiendo en la renta). En este caso es posible que la renta del contrato de vivienda habitual esté fuera de mercado, por elevada, así que yo buscaría otras viviendas con renta de mercado.

  100. Hola

    Soy el inquilino de un piso en Barcelona que llevo 5 años alquilando .El contrato de 5 años se venció a primeros de agosto. El dueño y yo queremos renovarlo, pero él me exigió un aumento de 6.25% , que está bien y lo acepté sin problema , y le pagué el alquiler de agosto 2023 incluyendo este aumento. Soy extranjero y pretendo regresar definitivamente a mi pais a finales de este año 2023 a mas tardar.
    El problema está en la agencia inmobiliaria (cuya directora es muy amiga del dueño), que tras pagar el nuevo alquiler de agosto me exige 500 Euros como comisión para renovar el contrato . Cabe señalar que al firmar el contrato hace 5 años pagué 10% del alquiler anual como comisiones de la agencia inmobiliaria + 2 meses de fianza.

    Mis preguntas son :

    1-En el articulo del contrato sobre el plazo de duración , se menciona el periodo mínimo de un año , prorrogable por otro año (y ya he estado alquilando el piso por 5 años . Mi pregunta es : Hace falta ahora ¨formalizar¨ la renovación del contrato , tramitando una renovación ?

    2-Si sí, quién tiene que pagar las comisión de la agencia inmobiliaria de 500 Euros : yo el inquilino o el dueño del piso ? La agente inmobiliria insiste que soy yo quien tiene que pagar, pero al enfrentarla con lo estipulado en esta ley de vivienda de mayo 2023 (que el dueño es quine tiene que pagar dichas comisiones en el caso de alquileres), y me mandó un pantallazo de idealista.com , alegando que la ley sí exime el inquilino de las comisiones inmobiliarias en los casos de buscar/mediar/ofrecer/enseñar los pisos , pero no de los gastos de renovar un contrato existente

    3-Las utilidades del piso (agua, luz y gas) siguen en nombre del dueño, y se los paguaba cada 3 meses con asiduidad ejemplaria (junto con el alquiler mensual). Si es el dueño quien tiene que pagar la comisión de la agencia inmobiliria, puede el dueño-como acto vengativo-cortarme la utilidades del piso para que yo quede sin agua, luz y gas ? y/o deducir la comisión de 500 Euros del importe de la fianza cuando(y si !) me la devuelva al irme del piso ?

    Gracias

    1. Hola,

      1.- si finaliza el contrato es recomendable firmar un anexo de prórroga
      2.- la ley habla de formalización del contrato, pero si lo que se firma es un anexo de prórroga y además eres tu la parte interesada en prorrogar el contrato, entiendo que se te podría cobrar a ti esa gestión.
      3.- el arrendador no te puede cortar los suministros, sería delito de coacciones. Y si, podría descontarte de la fianza el importe de la inmobiliaria si ha tenido que asumir él ese gasto.

  101. Hola, mi caso es el siguiente, vivo en país vasco el 28 de agosto de 2023 para alquilar una vivienda la inmobiliaria me pidió 200 Euros por adelantado para poder obtener la vivienda, luego me cobraron los gastos de gestión, gobierno vasco y un mes de alquiler, el alquiler es de 620 euros, les pedí factura de todo lo que me estaban cobrando ya que sabía que no procedía el cobro de gastos de gestión, pero me dician que si deseaba la vivienda tenía que ser de está forma y que si pedía factura me cobraban el 21% por aparte del total de lo pagado casi 400 Euros lo cual me pareció adsurdo ese cobro, en mi caso puedo reclamar lo del cobró de gastos de gestión de inmobiliaria.

    1. Hola David,

      si, te han cobrado de manera ilegal, así que deberías reclamárselo. Entiendo que es alquiler de vivienda habitual.

      1. Hola Roberto,

        Hace unos meses encontré un piso al que voy/iba a entrar mañana en Andalucía. Me hizo pagar una reserva en su momento y ahora me dice que eso era el mes para la agencia y que ahora tengo que pagar el mes de fianza y el alquiler del primer mes (contrato para 10 meses porque los meses de verano dicen que lo tienen vacacional para una familia que viene todos los años). Mi pareja y yo nos quedaríamos ahí hasta verano pero sin darnos de alta, esto cuenta como vivienda habitual o aquí no aplica el no tener que pagar este abuso de comisión? Supongo que mañana me amenazara con no darme el piso porque tras mandarle un mensaje con la ley actual me ha dicho que ya hablaremos y que decida mañana. También me ha dicho hoy que tengo que pagar todas las mensualidades en efectivo (seguramente todo en b)

        No se exactamente que hacer, pago y reclamo o no pago y me busco una alternativa?

        A los avalistas esto les afecta de alguna manera?

        Muchas gracias

      2. Hola Lea,

        habría que ver el contrato de reserva que tuviste que firmar en el momento de hacer el pago. También, la fecha de la reserva, si era anterior o posterior a la entrada en vigor a la ley. De todas formas, si era alquiler temporal, se puede cobrar a los inquilinos. A los avalistas les puede afectar si incumples los términos del contrato y eso tiene consecuencias económicas, por ejemplo, que haya daños en la vivienda o impagos.

  102. Mil gracias por el la ayuda que estás realizando a tantos usuarios y por difundir información de calidad.
    Mi caso es algo particular:
    En julio envío un mesaje a inmobiliaria desde idealista para un piso para septiembre y me dicen que llame unos 15 días antes de septiembre. Así lo hago y me dicen que para septiembre seguramente tengan piso. Resulta que es un bloque de pisos calificados como turísticos donde has de ir a firmar una vez al mes la renovación de contrato pero que para ellos no hay límite de estancia.

    Subieron 50euros el piso y para entrar piden: 1 mes de entrada, 1 mes de fianza y 1 mes para la inmobiliaria +21%. Eso supone casi 3k para entrar.

    El tema es si la gestión es adecuada a la ley o no. Porque tengo entendido que la nueva ley solo hace referencia a pisos de vivienda habitual a pesar de que en este piso puedo vivir un año entero si quiero.

    Gracias por la ayuda!

    1. Hola,

      al ser un apartamento calificado como turístico no te pueden hacer un contrato de vivienda habitual sino uno para uso distinto a vivienda. Así que ahí si te pueden cobrar la comisión de la inmobiliaria. Es más, la fianza debería ser de dos mensualidades, no de uno.

  103. *Propongo una posible actuación:
    1. Firmar contrato de piso turístico y pagar honorarios.
    2. Pasados 90 días, que es el límite del plazo de piso turístico según la Comunidad de Madrid, ir a la inmobiliaria y solicitar una hoja de reclamación donde solicite la devolución del importe de honorarios y el cambio de contrato de piso turístico a vivienda habitual.
    3. Posibles escenarios como respuesta (que no parecen muy favorables):
    a. La Com. de Madrid me expulse del piso al cumplir el límite establecido como piso turístico al no tener licencia de hospedaje.
    b. La inmobiliaria no me renueve el siguiente mes y tenga que dejar el piso aún y cuando consumo esté tramitando mi solicitud.
    c. Tenga que pagar los honorarios al ser considerado piso turístico y no vivienda habitual.

    1. El asunto aquí es que si el inmueble está catalogado como piso de uso turístico no puedes hacer contrato de vivienda habitual. Ojo, una cosa es una vivienda que pueda usarse como vivienda turística y otra cosa es un edificio de apartamentos dedicados exclusivamente a alquileres temporales. Creo que deberías saber exactamente cuál es la situación legal de la vivienda. En una vivienda con licencia para usar como turístico si se puede hacer contrato de alquiler de vivienda habitual.

  104. Buenos días,

    Mi caso es el siguiente: vi un piso por 600€, la chica de la inmobiliaria me dijo que al ser contrato temporal (10 meses) tenía que pagar dos meses de fianza más medio mes de honorarios a la inmobiliaria. Una vez hecha la reserva del piso, pagando 600€, me llama la de la inmobiliaria diciendo que el propietario al final va a declarar el piso como alquiler de larga temporada, es decir, un año completo, aunque yo rescinda el contrato sin problemas a los diez meses, y que con lo cual en vez de pagar dos meses de fianza, sólo tendría que pagar uno. Hasta aquí lo entiendo todo, lo que no entiendo es que si ahora el contrato es de larga temporada, por qué me dice que sigo teniendo que pagar a la inmobiliaria medio mes, cuando en un principio eso me lo justifico porque el contrato iba a ser de temporada… ¿esto es así realmente? Se lo pregunté y me dijo que si los propietarios habían decido hacerlo como contrato de vivienda habitual no era problema de la inmobiliaria y que yo tenía que pagarles, pero además que les diera los 300€ en mano. ¿Me podría decir si esto realmente es así? Y en el caso de que yo lleve razón, si hay alguna forma de librarme de pagar esos 300€? Que además pagarlos en mano me da que pensar… muchas gracias!

    1. Hola Areu,

      pues en ese caso lo tienes fácil para reclamar porque lo que vas a firmar es un contrato de alquiler de vivienda habitual y por ese contrato no te puede cobrar la agencia. La agencia no está siendo nada inteligente porque no se da cuenta de que se arriesga a una reclamación por tu parte en la que no tiene ninguna opción de ganar. Debería explicar al arrendador que no le queda otra opción que cobrarle a él la gestión. Pero las agencias suelen ir con mentalidad de escasez y prefieren callarse ciertas cosas a arriesgarse a perder un cliente. Aunque las consecuencias después sean peores que perder un cliente.

  105. Lo primero de todo, gracias por este artículo que ayuda tanto a los que están intentando engañarnos y «robarnos».
    A continuación expongo mi caso que ayer cuando fui a firmar el contrato, la inmobiliaria Tengotucasa me solicita el pago del mes de alquiler más IVA por el servicios de «Asesoramiento de alquiler» según indica la factura que me dejararon ver. No he firmado ningún contrato con ellos, simplemente al principio cuando hice la reserva de 500€ me hicieron firmar una «Propuesta de contrato de arrendamiento de inmueble». Pero no indicaba más que yo me comprometía a dar la información pertinente, que el piso tenía que estar limpio, mes de fianza y mes de entrada.
    Ayer por la mañana conseguí firmar el contrato de alquiler con el arrendador, hice la transferencia pertinente del mes de fianza y mes en curso al arrendador, quedando todo perfectamente formalizado y la inmobiliaria me decían primero que tenía que pagar la factura (que solo me trajeron en papel y nunca me la dieron), estuvieron haciéndome esperar casi una hora porque se fueron a la oficina a buscar las llaves y no venían, y finalmente regresaron con las llaves y me fui sin abonarles a ellos ya que además el banco tiene un límite de transferencias y no me dejaban enviar más.
    Llevan desde ayer llamándome y pidiéndome si he hecho el pago (que me han restado los 500€ que yo pagué al principio por esa reserva), me han mandado un correo pero siguen sin enviarme la factura en el correo.
    Os agradecería me ayudéis a saber qué tengo qué hacer exactamente. Mi idea por supuesto es no pagar esa cantidad que me reclaman, y exigir la devolución de esos 500€.

    1. Hola Sara,

      me interesa tu caso porque las agencias que saben que están incumpliendo la ley fuerzan a los inquilinos a pagar antes de firmar el contrato, cosa que no te ha sucedido a ti. Por lo que explicas y entendiendo que has firmado un contrato de alquiler de vivienda habitual (no temporal), creo que tu tienes razón y que no debes pagar. Los 500 euros, además, debería haber sido un anticipo sobre la fianza o pago de la renta que deberían abonar a la parte arrendadora. Mi consejo es que les pidas explicaciones de por qué debes pagar tu a la agencia, a ver qué te dicen. Y me vas contando, por favor.

      1. Hola Roberto,
        Pues te comento que ayer por la mañana les envié un correo indicándoles que por favor primeramente me envíen la factura y que segundo ese anticipo debería haber sido abonado al arrendador, o bien haberme entonces emitido una factura por su parte cuando ya lo aboné. Su respuesta de hoy es literalmente esta: «Disculpa las molestias, pero no puedo contestar a tu pregunta ya que soy nueva en la empresa, llevo 20 días y mi responsable está de vacaciones y vuelve a primeros de Septiembre. Te pido disculpas, cuando vuelva lo consulto y te informo de todo.».
        Para empezar, hay un responsable o un compañero suyo (que fue el que también fue el otro día) que sabe contestar y segundo habrá alguien en Administración para el envío de esa factura. No sé si quieren dejar pasar el tiempo por algo o es simplemente una estrategia para darme largas. Así que me gustaría saber en este caso cual es el siguiente paso. Porque como comentáis en el artículo, habría que mandar un burofax (o similar) pero en realidad no tengo muy claro qué indicar en él. Muchas gracias de nuevo.

      2. En fin, que poca profesionalidad. A ver qué te dicen a la vuelta de vacaciones.

  106. Buenas, el paso lunes 14 hice una reserva de un piso por el valor de 350€ por el cual ya no estoy interesado. Informe a la agencia inmobiliaria el jueves 17 que ya no estaba interesado y que me devolvieran el dinero. Según el contrato que he firmado de reserva, los 350€ son de gestión y mas adelante cuando haga la firma del contrato tendré que abonar 2 meses de fianza + 1 de alquiler.
    Hay alguna manera de que me devuelvan ese dinero? Ya he ido y me han repetido varias veces que el dinero no se devuelve porque en el contrato de reserva pone bien claro. También que es por gestión de la inmobiliaria. Que han dejado de enseñar el piso, etc…
    En mi caso veo que están cobrado por la reserva, según pone al articulo y alegan que el papel que firme de reserva pone que no se devuelve el dinero si el arrendador al final se echa atrás pero si en caso de que el propietario rechace al arrendador.
    Tiene alguna validez el papel que he firmado, porque yo veo claramente que están incumpliendo la ley.

    1. Hola Bob,

      aquí no te están cobrando honorarios, sino que estás perdiendo unas arras por no cumplir con la reserva de la vivienda. Nosotros también lo hacemos así y es correcto. Habría que ver de todas formas lo que dice el contrato de reserva. Pero si está bien redactado, has perdido ese dinero.

  107. Buenos días quería q me ayudarás con una duda. voy a alquilar un piso vppb y me quieren cobrar Concepto Asesoramiento y cumplimiento de vivienda protegida, yo creo q son los honorarios, por q así me lo han dicho por teléfono. q puedo hacer? por q quiero el piso y siento q me están estafando. y también q si por lo q he leído denuncio y todo va bien y me lo devuelven, me parece un poco violento vivir allí y si me pueden echar cuando acabe el contrato q firme

    1. Hola Rafa,

      entiendo que vas a alquilar VPO. No tienen que asesorarte en nada. Solo hacer el contrato de alquiler, y eso lo paga el propietario. Si hay que hacer gestiones con la comunidad autónoma, el obligado a hacerlas es el arrendador, así que es un servicio que debe pagar él como parte de la gestión del contrato.

  108. Buenas,
    Quiero alquilar una plaza de parking y la agencia me quiere cobrar los honorarios, comisión de alquiler.
    No me ha quedado claro si en este caso los gastos de agencia los debe sufragar el propietario o el arrendatario.

    Muchas gracias.

  109. hola, quiero una estudio en melilla. yo y la Inmobiliaria hemos decidido en el precio y me han mandado el contrato pero Ella me ha dicho qué si no Pago la Inmobiliario a Ella(en su mano) no me va a da la estudio. La Inmobiliario se llama MELILLA URBANA.

    1. Hola Kathy,

      si pagas en mano y sin factura no tienes manera de demostrar ese pago y por lo tanto no podrías recuperar esa cantidad. Yo diría que puedes pedirles una hoja de reclamaciones, al menos para que tengan que dar la cara ante el organismo oficial de consumo.

  110. Hola la agencia inmobiliaria quiere un mes de fianza, un mes de alquiler de la agencia y el mes del alquiler del próximo mes, la fianza con transferencia bancaria y los dos otros en efectivo.
    yo los pregunté sobre la nueva ley y ellos me contestaron que no se aplica en mi caso , que la ley se aplica en vivienda habitual contrato de 5 anos, y que el alquiler que vamos a tener no es de 5 años es de 11 mes o 8 mes. y me está ablando del artículo 19. blabal.
    Así que tengo que hacer porque el alquiler sería de 1 ano.
    gracias

    1. Hola Sandra,

      en el artículo y en varias respuestas a comentarios se habla de los contratos fingidamente temporales, creo que será tu caso.

  111. Hola,

    Me encuentro en una situación un poco confusa. Estoy buscando para alquilar un piso en Valencia, he contratado un personal shopper con el cual he firmado un contrato de búsqueda de vivienda, que a día de hoy me ha presentado varios pisos. Uno de ellos me gusta mucho y quisiera proceder con su alquiler, mi cuestión es, si según la nueva ley de vivienda, los honorarios del personal shopper deberían ser pagados por el dueño del piso o por mi.

    1. Hola Laura,

      la situación no es confusa en absoluto, de hecho lo explicas muy bien en tu comentario: eres tu quien ha contratado un personal shopper, por lo tanto su factura la debes pagar tu. Otra cosa es que haya una inmobiliaria que esté ofreciendo el piso y que también cobrará sus honorarios, pero deberá hacerlo a la parte arrendadora.

  112. Buenas tardes, estoy en búsqueda de piso de alquiler en Málaga. Me he puesto en contacto a través de una web de búsqueda de alquiler con una inmobiliaria para ver el piso. Estoy muy interesada, pero en el anuncio ponen que tendré que pagar un mes de honorarios de la inmobiliaria. Temo que no me quieran alquilar el piso por decir que no voy a pagar los honorarios porque no es legal. Estoy segura de que hay más personas interesadas que sí están dispuestas a pagarlo. El anuncio está actualmente publicado en varias webs y en todas ponen textualmente «un mes de honorarios de agencia». ¿Recomendaciones de cómo actuar en este caso?

    Muchas gracias ☺️

  113. Hola Roberto. Acabo de realizar la visita de un piso en alquiler y me ha gustado. La profesional de la agencia inmobiliaria me ha informado que, si el propietario me acepta como inquilino, debo realizar el pago de 1200€ para hacer la reserva del piso y que dicha reserva no se devuelve. Eso es así?
    Gracias!!!

    1. Hola María

      la reserva no se devuelve si finalmente no llegas a firmar el contrato de alquiler. Pero si lo firmas, el importe de la reserva debería ser parte de los pagos futuros. Es decir, debería ser anticipo de la fianza o de la renta. Eso es importante que conste todo en el contrato de reserva que deberás firmar tu y la inmobiliaria o la parte arrendadora. No te recomiendo que entregues un importe de reserva sin que las partes firméis las condiciones de esa reserva. Como veo que hay bastantes consultas sobre la reserva de alquiler me anoto escribir un artículo.

      1. Muchísimas gracias Roberto. Nos has servido de mucha ayuda. Sería genial leer ese artículo ☺️

  114. Hola Andrea,

    pues habría que ver qué proceso sigue la reclamación. El objetivo de reclamar es que te devuelvan el importe cobrado indebidamente, pero eso ya depende de que puedas aportar las pruebas suficientes, etc.

  115. Hoy hemos ido a ver varios pisos, y en los pisos de una de las agencias nos han dicho que hay que pagar 1 mes mas pero que no son los honorarios de la inmobiliaria, si no gastos de gestion del contrato, un dinero extra para cubrir gastos inmediatos y no se que chuminadas que se han inventado, lastima no haberlo grabado, a ver si consigo que me lo manden por escrito

  116. Buenas tardes, dónde tengo que ir a denunciar que me han cobrado el mes de inmobiliaria ya han pasado casi tres meses, y la inmobiliaria no me quiere dar hoja de reclamacion, necesito asesoramiento por favor. tengo la transferencia que le hice y las conversaciones pero no tengo factura y en el contrato no figura la inmobiliaria solo el propietario y yo.

    1. Puedes ir a la oficina de consumo. Si no te quieren dar la hoja de reclamaciones, cuando se nieguen puedes llamar a la policía local.

  117. Hola. Hemos firmado un contrato de alquiler en Tarragona. En el piso vivirán 4 chicos, 3 de ellos estudiantes y el cuarto que trabaja. ( 4 jóvenes inexpertos en estos trámites, por lo que me temo que quieren timarles).
    El título del contrato dice» vivienda habitual» y la duración es de 5 años prorrogables.
    Después de firmar el contrato y pagar 2 meses de fianza y la parte proporcional del mes en curso, ahora les piden una mensualidad en concepto de gastos de inmobiliaria. Además les «aconsejan» pagar en efectivo para no cobrarles el IVA.
    Les corresponde pagar a los inquilinos esta tasa? o al propietario?
    A parte, en el contrato hay una cláusula que dice que los inquilinos pagaran el impuesto de basuras y los gastos de las reparaciones que se hagan en la vivienda como consecuencia del desgaste por el uso ordinario.
    Es legal?

    1. Hola Susana,

      si es un contrato de vivienda habitual, es el propietario quien debe pagar a la agencia. Podéis responderles haciendo referencia al artículo 20 de la LAU. La cláusula que mencionas es legal.

  118. Hola, en mi caso, el agente me dice que no es una inmobiliaria sino un particular el que gestiona todos los pisos del edificio y que todo el que quiera alquilar en el edificio tiene que pagar por esta gestión inmobiliaria.

    Pues bien, como se trata de un particular en el anuncio, me gustaría saber si se puede hacer algo en este caso. También me gustaría saber si el gobierno está haciendo algo para desincentivar esta práctica.

    Aquí está el enlace al anuncio.

    https://www.idealista.com/inmueble/102330417/

    1. Hola Fabio,

      Claramente es un comercial, y tiene pinta de que cobra en negro, etc. Lo que dice la LAU, art. 20 es: «Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador». Es decir, esa persona te está haciendo justamente eso, gestión inmobiliaria y formalización del contrato, y esos gastos no te corresponden a ti, sino al arrendador.

  119. Hola, quería rentar un piso por 5 meses, soy estudiante de intercambio internacional. Pero quería saber cuáles de estos cargos si deberían cobrarme y cuales no de acuerdo a lo que he leído en este artículo.

    El piso dice que cuesta 1595 €/mes y 2 meses de fianza en la página de idealista, cuando me contacte con ellos me enviaron mensaje re direccionandome a una página de la inmobiliaria donde me muestra todos los pagos que tengo que hacer para la renta.

    La inmobiliaria me está cobrando:

    Un montón a pagar durante la reservación de 3588,68 € el cual se desglosa en

    Agosto 2023 – 1595 €
    Madrideasy’s fee. Only paid once 1595 € + IVA (21%)
    Bank fees and comissions 63,73 €

    Un monto total a pagar antes de moverme al piso:

    Deposit: 3190 €
    Provision for supplies expenses: 100 €

    Monthly payments

    September 2023 – 797,50 € + 50 €
    October 2023 – 1595 € + 100 €
    November 2023 – 1595 € + 100 €
    December 2023 – 1595 € + 100 €
    January 2024 – 1595 € + 100 €
    February 2024 – 1595 € + 100 €

    Y la entrada es en septiembre.

    1. Hola Alicia,

      la verdad es que no me queda claro lo que te están cobrando, es preferible que te lo pongan en español. Pero yo diría que el «deposit» es la fianza. Si la entrada es en septiembre no deberían cobrarte agosto. Te están cobrando honorarios de agencia (fee), lo cual es legal porque es alquiler temporal

  120. Hola quiero alquilar en vitoria un apartamento y es a través de Alquiler Seguro
    En sus especificaciónes pone que debo de Disponer de
    1 Mes fianza legal
    1 Mes depósito de garantía
    1 Mes de mes de alquiler
    1 Mes Servicio de atención al Inquilino
    Además de 129€ del seguro de hogar al año
    El servicio de Atención al Inquilino es legal? Y que yo no pueda. Es cojer el seguro de la vivienda, es legal?
    Gracias

    1. Hola Fernando,

      lo que te cobran es al menos irregular, porque es un servicio que tu no deseas contratar. Mi recomendación es que no alquiles con esa agencia, les hagas una reseña negativa en Vitoria, pidas una hoja de reclamaciones y digas en ella que para alquilarte el piso, como ya no pueden cobrar honorarios de intermediación, te obligan a contratar un servicio que no te interesa y que es la forma de disfrazar lo que en realidad es el cobro ilegal de la intermediación inmobiliaria. El seguro de la vivienda también tienes tu la opción de elegir cuál contratas.

  121. Hola, me quieren cobrar gastos de agencias (aún no me han indicado cantidad) por un alquiler de mínimo 11 meses. Me preguntaron de cuánto tiempo quisiera el contrato y yo he dicho un año. El anuncio en ningún lugar indica si es temporal para estudiantes o vacacional, tampoco indica que se va a cobrar estos gastos, me lo han dicho por chat privado. El anuncio solo pone «Alquiler inicial con contrato mínimo 11 meses con posibilidad de prorroga.»

    1. Hola,

      es el truco del falso alquiler temporal. Mi recomendación últimamente es que si te van a cobrar de manera ilegal busques otra agencia.

      1. Tanto como denunciar judicialmente creo que no pero puedes poner una hoja de reclamaciones y presentarla en consumo.

  122. Hola, buenos dias! He firmado un contrato que debería ser de vivienda habitual pero desconocia todo lo referente a los cambios y a las estafadas de las inmobiliarias y me han engañado.
    Me han cobrado honorarios + IVA haciendome un contrato temporal y cuando pedí explicaciones me dijeron que todo funcinaba asi, acabo de enterarme de esta nueva ley. He pagado los honorarios + IVA y el mes de fianza a la inmobiliaria. ¿Como puedo reclamar?

  123. Buenos días. Si se alquila el piso a una sociedad para que sea el domicilio del administrador. Puede la inmobiliaria cobrar una mensualidad? Gracias

    1. Hola Félix,

      buena pregunta. La clave está en el art. 2.1 LAU: «Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario». En este caso, al ser el arrendatario una empresa, que no tiene necesidad permanente de vivienda (para sí, quiero decir), se suele interpretar que estos alquileres son de uso distinto a vivienda.

  124. Mi hijo tiene un contrato temporal de septiembre a Junio ,el señor de la Inmobiliaria le dice que tiene que pagar mensualidad a la agencia que sería 690 e pero que solo le cobraría la gestora que son 120e.ademas primer mes y fianza se le abonará en efectivo .Es esto verdad ? alguien me puede responder

  125. hola buenas,
    ya he dado una reserva de un piso en alquiler (sin haber visto el contrato, no sé si esto es normal o no) y me dice la agencia inmobiliaria que debido a la nueva ley de vivienda, nos hacen un contrato de 5 o 7 años y que si dejamos el piso antes de esa fecha, por cada año de diferencia nos cobran un mes de alquiler extra. No encuentro información de esto por ninguna parte.

    muchas gracias de antemano

    1. Hola Juan Carlos,

      se puede poner una cláusula por indemnización anticipada de manera que si el inquilino se va antes del plazo pactado debería indemnizar por un mes por cada año que quede de contrato. Pero ojo el plazo de cara a la indemnización no son los 5 o 7 años de prórrogas obligatorias sino el plazo que aparezca en el contrato. Puede que el plazo que aparezca sea de 5 o 7 años, pero por lo general es de 1 año. Tienes que mirarlo bien.

  126. Buenas noches.
    Se puede reclamar el SAI(servicio de asistencia al inquilino) en los 2 contratos anteriores en vez de poner eso ponia honorarios por lo que entiendo a causa de esta ley lo han cambiado.
    Los anteriores contratos podrian reclamarse? El ultimo es de hace menos de 9 meses(nos hemos tenido que mudar por humedades inundaciones y el seguro no nos ha cubierto nada, ni siquiera los gastos de mudanza) el otro ya han pasado 2 años y medio.

  127. Buenas.
    Como agencia se nos están planteando diferentes situaciones desde la entrada en vigor de la nueva ley. Tenemos claro que , haciendo las cosas bien y legalmente, saldremos beneficiados a largo plazo. Sin embargo, se nos ha planteado una situación que nos hace reflexionar sobre la diferencia entre alquiler de vivienda habitual o alquiler temporal.

    Nos llaman dos chicos con un contrato de trabajo como profesores de academia de idiomas por 10 mese (curso escolar). Tenemos como norma de funcionamiento a día de hoy el cobro del 50% a inquilinos en estos caso (100% a propietarios si es vivienda habitual). El caso es que nos llama un conocido de estos chicos y nos plantea el tema de las comisiones. L explicamos todo según la ley y nos «obliga» a firmarles un contrato de vivienda habitual. Nos dice que trabaja en Hacienda y que no quisiera halar con su jefe, extorsión en toda regla.

    La duda es como podemos justificar, sin lugar a dudas, que no se trata de alquiler de vivienda habitual.

    Muchas gracias por toda la información que proporcionáis.

    1. Hola Joaquín,

      bienvenido a nuestro blog. El caso que me comentas creo que es sencillo, porque siempre van a ser los arrendadores y arrendatarios quienes te digan si quieren alquiler temporal o de vivienda habitual. En cuanto a los arrendadores, por lo general suelen preferir una de las dos opciones (por lo menos en nuestro caso). Y sobre todo, la situación de los inquilinos es la que marca si es alquiler temporal o vivienda habitual. En el caso que comentas, si son dos personas que se desplazan de su ciudad habitual para trabajar durante 10 meses es claro que es alquiler para uso distinto a vivienda. Pero si viven en esa ciudad es alquiler de vivienda habitual, independientemente de la duración de su contrato laboral.

      También te puedes encontrar con la picaresca de que te digan que es vivienda habitual y luego se vayan a los 10 meses, demostrándose entonces que era alquiler temporal. Para evitar eso puedes hacer un contrato de cinco años con cláusula de desistimiento anticipado, de manera que si se van a los 10 meses, van a tener que pagar 4 mensualidades de indemnización. Si les explicas eso bien y su intención es alquiler temporal verás como no les va a interesar el contrato de alquiler de vivienda habitual.

  128. Buenas tardes, me dice el agente de una inmobiliaria q el el dueño del piso se niega a pagar la comisión de la inmobiliaria y q si lo quiero lo tengo q pagar yo. (Me niego totalmente a pagar nada q no me corresponde) menudos caraduras, la Inmobiliaria es ANB q está en La Vega (Arroyo de la Encomienda) Valladolid

    1. Hola,

      la inmobiliaria demuestra muy poca profesionalidad con esa excusa. yo te recomendaría que les pusieras una hoja de reclamaciones.

  129. Hola, he preguntado por un piso que cuesta 1550, y la inmobiliaria me pide todo esto, que parte es legal y cual no?
    En cuanto a la gestión inmobiliaria, para 10 meses, corresponde a 1,4 meses de alquiler + IVA.
    Al precio hay que sumarle 200€ trimestrales comunitarios en los que incluye ya el agua, más gastos de electricidad. También pide un seguro de impago a cargo de los arrendatarios.
    El primer mes sería:
    1550 € alquiler.
    3100 € de fianza (2 meses).
    2625,70 € gestión inmobiliaria.
    Total = 7257,70 €.

    Gastos mensuales: electricidad.
    Gastos trimestrales: 200 € con agua incluida.
    Seguro de impago: suele costar un 4% del alquiler (suele ser 50 -65 € mensuales dependiendo de la aseguradora).

    1. Hola Luis,

      entiendo que es un alquiler para uso distinto de vivienda, así que ahí te pueden cobrar honorarios de inmobiliaria. Otra cosa es que sean desproporcionados, pero son legales.

  130. Hola, de verdad que está situación me enfada mucho. Nosotros estamos buscando alquilar una propiedad, primero la dificultad de conseguir una ahora mismo que en nuestro caso como familia numerosa se adapté, precio, ubicación (por trabajo) y crees encontrar una pero la agencia (Alquiler Seguro) «si quieres verla te dice las condiciones, 1 mes de depósito, 1 mes de garantía, el mes corriente y 1 mes de «servicios de administración «(este último no se devuelve y te cubre toda la estancia en la propiedad)= 4meses en total para poder acceder a un alquiler es de verdad deplorable. Pero este gasto no lo específica en el anuncio, lo específica en la normativa interna de la web, estafa total. Necesitamos la casa, pero me niego a que se beneficien de esta manera.
    Gracias por el artículo con la información.
    un saludo

  131. Buenas,

    estoy intentando alquilar un piso por 12 meses con posibilidad de prorroga en las islas de Gran Canaria, y la persona de la inmobiliaria me comenta que si es legal pedir una mensualidad Apoyo y localización del Activo al inquilino, igual al ser las islas se rigen a alguna causa especial pero la verdad que no me suena, eso si, en la factura aceptan el pago por transferencia, sin embargo, no añaden en el contrato de alquiler dicha clausula de abono especial; podrías comentarme como de legal es esto?

    Muchas gracias y saludos

    1. Hola Hugo,

      la ley se aplica también en las islas. Si el contrato es de alquiler de vivienda habitual no te pueden cobrar honoraraios de agencia.

  132. Denunció mi caso: agente de Engel & volkers Vilanova- Vilafranca (Barcelona)con pretensión de cobrarnos como inquilinos de vivienda una comisión de media mensualidad ( nos dijo que están de oferta y por eso no cobra una completa) en concepto de personal shoper. Conocíamos bien la ley y no nos interesaba tener ese servicio por lo se lo discutimos y nos dijo que o eso o nada.
    Lo siguiente sorprendente fue hablar con la central de Engel &Volkers y escuchar que las comisiones las gestionaban directamente los consultores ( comerciales) por lo que parece que no tienen o no me quisieron trasladar, los criterios legales corporativos que aplican.
    No obstante, conseguí almenos, a través de vecinos del inmueble, que los propietarios supieran con qué clase de inmobiliaria /consultor estaban confiando su propiedad porque está práctica tampoco los beneficia a ellos.
    Confiando que rectifiquen y dejen de pretender hacer negocios ilícitos y abusadores.
    Gracias por darnos la oportunidad de publicar, denunciar y defendernos.

  133. Vivo en un piso compartido y la agencia nos impone un cobro de honorarios por la actualización de los datos de una de las personas en nuestro contrato, de resto no cambia nada de este documento. Nos dicen que este cobro lo tenemos que abonar nosotros y esto no viene indicado en el contrato ni se nos habia informado de esto anteriormente.
    Aplica este cobro al inquilino tras la nueva ley?

    1. Hola Ana,

      entiendo que se va uno de las inquilinos, es sustituido por otra y las inquilinas estáis pidiendo que se regularice esa situación. En ese caso os puede cobrar a vosotras quien os haga ese servicio.

  134. Tengo una duda con respecto a pagos a inmobiliarias. Me voy a incorporar a un piso donde ya vivían 4 personas y voy a sustituir a una a partir de septiembre. ¿Tiene derecho la inmobiliaria a cobrarme por el cambio de nombre en el contrato o ese pago va acorde a la nueva ley y no lo debe pagar el inquilino?

    1. Hola Carlos,

      en este caso entiendo que sois los inquilinos quienes habéis propuesto un cambio en las condiciones del contrato y la consiguiente modificación mediante un anexo. Por lo tanto quien lo gestione está en su derecho de cobrarlo a los inquilinos.

  135. Me parece muy mal escrita la ley, si no contempla sanciones, nadie la va a seguir. Casi todas las agencias cobran mes de alquiler +IVA a los inquilinos por que sí pueden y te están riendo en la cara si le adviertes de la nueva ley que lo prohibe. Señores, en este mundo si la crimen no está sancionada, es de risa, es para burlarse de ella.

    1. Hola Gabbi,

      yo creo que el que no se contemplen sanciones no quiere decir que el incumplimiento de la ley quede impune. Serán los jueces los que determinen cuál sea la sanción y tendrán que cuantificar daños y perjuicios, supongo.

  136. MI CASO : YO , ARRENDATARIA , ALQUILO EL PISO POR 12 MESES A TRAVES DE UNA AGENCIA INMOBILIARIA,Y ESTOY CONFORME EN PAGAR LOS GASTOS DE GESTION INMOBILIARIA Y FORMALIZACION DE CONTRATO ( EQUIVALENTE A UNA MENSUALIDAD ? ) PERO SE NIEGAN A INCLUIRLO/ESPECIFICARLO EN EL CONTRATO DE ALQUILER EN EL CONCEPTO DE GASTOS (QUE PAGAMOS SEGUN LEY ).ENTIENDO QUE DEBEN EMITIR FACTURA POR DICHO PAGO . EN ESTE CASO , EL IVA ESTARIA INCLUIDO YA , O HABRIA QUE SUMARSELO AL IMPORTE DE LA MENSUALIDAD ? SE PUEDE DEDUCIR ?

    1. Hola Raquel,

      si, deberían emitir factura por el importe que te hayan indicado. Si te han dicho que es una mensualidad, se entiende que ya lleva IVA. Si no lo lleva, deberían indicarte «mensualidad más iva»

  137. Hola,
    Tu articulo es muy bueno muchas gracias.
    En nuestro caso nos han cobrado los honorarios y me han hecho firmar un contrato por encargo de busqueda de vivienda cuando es totalmente falso porque lo ví en idealista, ellos ya tenían el encargo del propietario pero mi tía que es la que firmó desconocía la ley y firmó lo que le dijeron. La inmobiliaria es el VIADA INMUEBLES bajo el nombre comercial de ALQUILA DIRECT.
    El contrato de encargo se firmó el cinco de septiembre y ahora estamos a 13 de septiembre. ¿Que podemos hacer? La verdad es que es en la ciudad de Madrid y es mucho dinero y nos gustaría recuperarlo.
    Muchas gracias por adelantado

    1. Hola Sara,

      lo ideal sería que tuvierais algún justificante de que esa inmobiliaria estaba anunciando el piso en alquiler. Eso demostraría que ya tenían el encargo del propietario y que no os han proporcionado un servicio de búsqueda de vivienda. Imagino que no tendréis el pantallazo del anuncio pero si contactásteis por algún portal inmobiliario, éstos suelen enviaros copia del mensaje y es posible que ahí aparezca el nombre de la inmobiliaria. Con esa prueba, los pasos serían:
      1.- mostrarla a la agencia, y decir que es la prueba de que ya tenían el encargo del arrendador, con anterioridad a la firma de ese supuesto encargo de búsqueda
      2.- Si eso no surte efecto, hoja de reclamaciones
      3.- Y si eso tampoco, monitorio.

  138. Buenos días , he alquilado una oficina en Madrid, y la propiedad me comento que ellos pagaban los honorarios de la agencia , pagando una mensualidad, pero la agencia me dice que yo tambien tengo que pagar otra mensualidad.
    Es esto correcto?
    Yo no he firmado ningún contrato de mandato con la inmobiliaria , y la hoja de visitas no es vinculante. La ley dice que es el propietario quien paga y siempre si es persona jurídica.
    Yo no tengo ningún inconveniente en pagar los honorarios, pero no me parece correcto que se nos cobre a las dos partes.
    Me podrían informar sobre este tema

    1. Hola Miren,

      al no ser alquiler de vivienda habitual, hay libertad de pacto. El que la propiedad sea persona jurídica solo afectaría en alquiler de vivienda habitual.

  139. Estimados todos,
    Estoy intentando alquilar una casa que me interesa mucho en el municipio de Torrelodones, y solamente puedo contactar a través de inmobiliaria SÁNCHEZ RUBIO INMOBILIARIA ubicada en la Calle Juan Van-Halen, 1, 28250 Torrelodones, Madrid, cuyo anuncio de la vivienda especifican las siguientes condiciones:
    CONDICIONES DE ALQUILER:
    SERVICIOS DEL PERSONAL SHOPPER INMOBILIARIO (1.950€)
    + 1 MES DE FIANZA
    + SEGURO DE IMPAGO (A CARGO DEL INQUILINO SOLAMENTE EL PRIMER AÑO 1.170€).
    Me pongo en contacto telefónicamente con la inmobiliaria para interesarme por las condiciones de alquiler. Por lo que les pregunto en que consiste el servicio de PERSONAL SHOPPER INMOBILIARIO, pues yo no lo necesito. Me dicen que es obligatorio contratarlo, pues consiste en enseñar la vivienda y el mantenimiento de la página web. Yo le digo, que a mí lo que me suena es a la comisión que el gobierno ha eliminado a la parte arrendataria, por lo que ese concepto con coste de 1.950 € + IVA es ilegal. Sin embargo, que siempre han cobrado al arrendatario, por lo que algo habrá que hacer para cobrarlo. INCREIBLE!!!! Que si me parece mucho 1.950 € + IVA, que me podía eliminar el IVA si se lo pago en mano. IMPRESIONANTE!!!.
    Les digo directamente que en UNA MISMA ACCIÓN ESTÁN COMETIÓN DOS DELITOS DE FRAUDE, que es posible que me proponga que yo defraude, haciendo mi dinero blanco en negro. Pues le da igual, me dice que eso es mi punto de vista y que eso es lo que hay y lo que siempre vienen haciendo siempre.
    Por último, le pregunto por el SEGURO DE IMPAGO que indican por importe de 1.170 € y me dice que cubre el pago al propietario por si dejo de pagar yo. NO ME LO PUEDO CREER! que tenga que pagar yo un seguro para garantizar a la otra parte el cobro mensual. Les pregunto que si es el inquilino quien solicita eso, quizás pueda acordar un incremento en la GARANTÍA o bien un aval… Me dice que es obligatorio contratar el seguro, pues es un valor añadido que le aporta la inmobiliaria al propietario. Me dice que es la propia inmobiliaria quien gestiona los seguros.
    He estado buscando la misma vivienda en otros portales inmobiliarios, por si otras inmobiliarias también ofrecen la misma vivienda y no, en todos los portales aparecen la misma inmobiliaria.
    He revisado los anuncios de otras viviendas de la misma INMOBILIARIA y ciertamente en todos pone las mismas condiciones.
    ¿QUE SE PUEDE HACER PARA QUE ESTE TIPO DE EMPRESAS (POR DECIR ALGO), DEJEN DE ESTAFAR A TODO EL MUNDO, INCLUIDO HACIENDA?
    Gracias.

    1. Hola Carlos,

      acabo de ver el anuncio que enlazas, es un escándalo. Pues lo dicho en el post: si quieres alquilar la casa no te queda otra que aceptar primero y luego reclamar. El pantallazo del anuncio es una prueba de que lo están haciendo mal: por una parte tienen el encargo del arrendador y por otra te están obligando a contratar un servicio de personal shopper que no necesitas, porque tu quieres esa casa. Y luego las reseñas negativas en google pueden hacer mucho daño.

  140. Buenas, mi nombre es Diana y he estoy buscando piso y me sigo encontrando muchas inmobiliarias que me siguen cobrando gastos de gestión porque afirmar estar dados de alta como gestoría y por eso se encargan de la gestión completa del inmueble durante la vigencia del mismo y por eso les está permitido cobrar a ambas partes. Es esto real?

    1. Hola Diana,

      te podrán cobrar la gestión del alquiler si tu quieres contratar ese servicio. Pero si lo que quieres es simplemente firmar un contrato de alquiler ni te pueden cobrar por ello ni te pueden obligar a contratar otro servicio.

  141. Hola Roberto,
    En busqueda de mi primer piso de larga estancia en Barcelona, me encuentro interesado en uno que decidí reservarlo y en el contrato de reserva me han incluído el item gestión ITP por €500. Creo que estoy pecando de principiante…
    En el momento y por la fiebre que se vive en la ciudad por no perder el piso, decidí firmar el contrato de reserva y enviar la seña. Sin embargo, consulté la inmobiliaria via Whatsapp y alegaron que es un monto que depende de cada agencia y tal, sin ningún respaldo y practicamente imponiendome este cargo, ya jamas solicité que me ayuden a gestionar la liquidación de este impuesto.
    Mi pregunta es, si ante la firma del contrato de reserva me veo obligado a cumplir con el pago de este cargo. Segun eh he leido en tus respuestas, podria exigir la factura y luego reclamarlo, verdad?
    Por otro lado, segun estoy leyendo en paginas del Ayuntamiento de Barcelona (https://www.habitatge.barcelona/es/noticia/la-obligacion-de-liquidar-el-itp-en-los-contratos-de-alquiler-de-vivienda-habitual_1034919) este impuesto es una obligacion del inquilino, que quedará a mi responsabilidad de autoliquidar 30 días a posteriori de firma y que en todo caso, si no lo hiciera, el arrendador podría utilizar la fianza para afrontar dicho pago.
    Un dato peor, quiero saber si estoy en lo cierto y no mal entendiendo la información, según la ley de vivienda, EL ITP para viviendas de larga estancia o permanente, el INQUILINO queda EXENTO DE PAGO de este impuesto! con lo cual, en resumen, me cobrarían por presentar una liquidacion telematica de pago 0!!!
    ESTOY DECEPCIONADISIMO DEL MANEJO DE ESTA AGENCIA!

    1. Hola Matías,

      pues es otro truco más de las inmobiliarias, obligarte a contratar un servicio por el que tendrías que pagar. Lo que no pueden hacer aquí es obligarte. Como la ley te da 14 días para desistir mi consejo es que en el momento de firmar el contrato de alquiler les comuniques por escrito tu deseo de desistir de ese servicio.

  142. Buenos días,
    Soy Laura
    Quiero alquilar una habitación en Bilbao y he encontrado un piso, en el que me uniría en el alquiler solidariamente (alquilo el piso junto a dos personas). La inmobiliaria solo ha hecho un anexo en el que una persona sale y yo entro en lugar de ella en el contrato que hicieron en mayo. Como reserva ya le pague la fianza a la chica que se va, pero la agencia ha hecho el anexo y se supone que le tengo que pagar 125€ mas IVA en concepto según me han dicho por hacer el anexo del contrato, ¿es legal? No quiero perder el piso, pero pienso que me están estafando ya que según la nueva ley lo debería pagar la propietaria. ¿Cómo debo proceder? Aún no he pagado a la agencia y no se si podria evitarlo o si no lo puedo evitar como reclamarlo.
    Muchas gracias.
    Un saludo,
    Laura

    1. Hola Laura,

      he editado tu comentario para borrar tus datos personales. Aquí nos encontramos dos cosas: una, que entiendo que no es un contrato de alquiler de vivienda habitual, y por tanto no estaría afectado por la prohibición de cobrar al inquilino. Y otra, que en realidad ese piso ya tiene un contrato y sois la inquilina saliente y tu quienes estáis solicitando modificarlo. Así que en ese caso yo entiendo que incluso si se tratara de un alquiler de vivienda habitual la agencia podría cobraros a las dos.

  143. Hola, voy a mudarme a Barcelona por trabajo, he contactado con un piso y me piden: 1 mes corriente, 2 meses fianza, 1 mes de garantia y 1000+IVA por honorarios de agencia. He preguntado sobre los gastos de honorarios de agencia y la respuesta literal ha sido: «Este contrato es un contrato temporal, de máximo 11 meses, por lo que los gastos de honorarios de la agencia corren por parte del arrendador del inmueble, es decir, el inquilino. Luego de los 11 meses puedes coordinar con el arrendatario para renovar el periodo nuevamente bajo las mismas condiciones.» Como puedo contesto a esto? No es un trabajo temporal ni soy estudiante, para mi el contrato debería ser de vivienda habitual. Hay alguna manera para evitar el pago de honorarios? Gracias de antemano.

    1. Hola Juancho,

      te están intentando hacer un falso contrato temporal. En el post enlazamos a otro artículo donde hablamos de los contratos de alquiler de 11 meses, que pueden ser contratos de larga duración en realidad.

  144. hola, mi pareja y yo estamos buscando alquiler en Sevilla y nos estamos encontrando que las agencias me piden un mes de alquiler y otro de seguro de impagos (para mí , es otra manera de llamar a los honorarios) y no se muy bien donde reclamar o que hacer. otras agencias directamente te dicen dos meses de fianza, cuando les digo que es ilegal perdir más de un mes por una vivienda me dicen que el otro mes es del famoso seguro de impagos, según he visto , no me pueden obligar a pagar yo dicho seguro, puesto a él que cubre es al propietario. querría saber si es legal y si no lo es donde denunciar. gracias

    1. Hola Jose,

      es legal que te pidan dos meses de fianza, y hasta tres (en realidad, un mes de fianza y dos de garantía adicional). Incluso la opinión mayoritaria es que también es legal que pagues el seguro de alquiler. Lo que no es legal, y hay una sentencia, es que te obliguen a contratar determinado seguro. Tu eliges qué seguro quieres contratar.

  145. Hola, mi caso es por una plaza de parking:
    la agencia me dijo que el contrato era de 6 meses de alquiler con dos meses de fianza, mes en curso y los gastos del contrato (75€), en total 150€
    Mi pregunta es; me pueden cobrar a mi los gastos del contrato de alquiler? Y si renuevo a los 6 meses me lo pueden cobrar otra vez?
    Gracias

  146. Hola muy buenas, me urge respuesta.
    La agencia inmobiliaria nos exige a los inquilinos pagar el mes de agencia y cuando les decimos que esto no es legal nos dice «nuestros honorarios son en concepto de busqueda de vivienda y asesoramiento, no por gestion de alquiler..» en ese concepto estamos obligados a pararles 1 mes??

    1. Hola,

      este caso se explica en el post. Si el piso lo ofrecía la agencia es porque ya tiene un acuerdo con el arrendador y por tanto no os puede cobrar a los inquilinos.

  147. Firmé un piso hoy con una inmobiliaria y me cobraros un mes de fianza, un mes de garantía adicional, el mes en curso y 1200€ de honorarios, y 1 año de alquiler (No dejan alquilar por menos tiempo). Les informé que esto no era legal debido a la Ley de vivienda y solo me dijeron que si no pagaba no obtenía el piso.
    Grabé la conversación y tengo capturas del anuncio en donde dice que los honorarios van por cuenta del inquilino.

  148. Si una persona entra en una inmobiliaria y solicita un piso en alquiler, eso no es un servicio que se le presta al inquilino???????
    Se le ofrecen pisos, se realiza visita/s, se le asesora, se suele negociar precios o condiciones del alquiler además de realizar trámites como cambios de titularidad de suministros. Y todo eso a de hacerse » gratis»?
    Pues la solución es que no entren a preguntar por pisos a agencias y busquen directamente al propietario/a del piso.
    Creo que si entras en un supermercado no te llevas nada si no pagas, pues en inmobiliaria es lo mismo.
    Si no quiere pagar estoy de acuerdo , pero que no entren en agencia pidiendo pisos » gratis»

    1. Si una persona solicita un piso en alquiler que ofrece esa inmobiliaria es porque previamente el propietario ha solicitado a la agencia el servicio de comercialización y redacción del contrato. La ley no dice que tengas que hacerlo gratis, dice que debes cobrar al arrendador.

  149. Contacto con una agencia por un piso. Me dice que si quiero un contrato temporal para menos de 11 meses, pago yo los honorarios de agencia (lo cual es correcto), pero que si firmo un contrato de vivienda habitual y luego me voy antes de cumplir 1 año entonces tengo que pagar la penalización que corresponde por ley (ok) Y ADEMÁS pagar los honorarios de agencia, a menos que justifique el abandono del piso con documentos como certificados médicos o pruebas de despido. Cuando le digo que eso no es así por ley, me dice que no le he entendido bien, que lo que quería decir es que si me voy del piso antes del año, el propietario puede querer reclamarme esos honorarios que ha pagado.

    1. Hola Beatriz,

      la LAU permite incluir en el contrato de alquiler de vivienda habitual una clausula por la que tu indemnizas al arrendador si te vas antes del plazo estipulado. Por ejemplo, si firmas por un plazo de 5 años (no me refiero a las prórrogas obligatorias, sino a la cláusula de plazo) y te vas a los tres años, tendrías que indemnizar con dos mensualidades de renta (una por cada año que has dejado de cumplir). Lo que no te pueden pedir es una indemnización añadida a esa que permite la ley o adjudicarte a ti gastos que corresponde al arrendador.

  150. Hola, he leído este y el post del contrato de 11 meses. Mi compañera de piso tenía un contrato con otra compañera. Ha vencido y ahora haremos el contrato juntas. Sin embargo la inmobiliaria me está cobrando el 50% del alquiler por gastos de gestión. ¿esto es justo? La inmobiliaria hace referencia que debe ser una vivienda familiar habitual. Y que esto no se aplica a pisos compartidos. Además me parece injusto no volver a actualizar el contrato para la compañera y hacer un anexo por el cambio de inquilina.

    1. La clave para que la inmobiliaria cobre o no al inquilino es saber si el contrato es de vivienda habitual o de uso temporal. Por otra parte, incluso en el caso de alquiler de vivienda habitual, si los inquilinos solicitais un cambio en el contrato, es un servicio que estáis solicitando vosotras y que se os puede facturar.

  151. Hola, muchas gracias por esta información, me ha sido muy útil. Hice un alquiler con Tengotucasa hace dos semanas. En el anuncio de idealista no mencionaba que cobraban honorarios, el día de la visita ya habían quitado el anuncio por lo cual no hay prueba de ello. Durante la visita el agente me dijo que ellos no cobraban honorario pero que cobraban un asesoramiento jurídico durante la duración del contrato y que debido a la cantidad de visitas ellos recomendaban reservar el piso pagando 500€ a lo cual yo accedí y pagué en ese momento. Yo le pedí tener acceso a fotos del lugar y me envió un link a la publicación de su página oficial que no tiene texto solo fotos y medidas. Se tardaron unos días en decirme que los dueños habían aceptado la oferta, el día anterior a la firma del contrato me dijo que tenía que pagar todo en efectivo llamada que grabé. Durante otra llamada pregunté si el servicio del asesoramiento jurídico era opcional o si era necesario para formalizar el alquiler y me dijo que era necesario, llamada que también grabé. No querían dejar nada por escrito. Firmamos el contrato con los dueños para ambos lados fue una sorpresa que el contrato solamente durara 11 meses pero aceptamos. Al momento de pagar me pidieron ir a otra sala «porque allí tenía la máquina para contar el dinero» pero yo creo que los dueños no sabían lo que me cobraron, se que a ellos también le cobraron el valor del primer mes de alquiler bajo concepto de honorarios. Pedí un recibo de pago por los 900€ porque no hubo un contrato ni nada que formalizara el servicio ademas de que no iba a quedar registrado el pago porque se hizo en efectivo. Y me dijeron que no me lo podían dar y que si quería una factura tenía que pagar el iva. Al día siguiente luego de insistir mucho, me envió un PDF que decía que habían recibido 900€ míos y una firma aunque no pone el nombre de la empresa. Ayer me han llamado para que me acerque a la oficina a firmar una hoja donde pone que el día de la firma no se ha hecho el cambio dee suministros y que ellos quedan exentos de cualquier reclamación. He enviado una carta de desistimiento pero ahora quiero saber si me conviene o no me conviene firmar este papel. Creo que me conviene porque dejaría firmado por la parte arrendadora y arrendataria que el servicio de cambio de suministros no se ha prestado. Y luego de esto qué puedo hacer? donde puedo reclamar? a día de hoy han pasado 15 días desde la firma del contrato.

  152. Buenas tardes, mi casero ha decidido vender la casa y me da 30 días para que me marche. Imaginaros mi situación…. una inmobiliaria me ha ofrecido un piso pero me hace pagar un mes al propietario, otro a él y el mes el curso.
    Se perfectamente que es una estafa pero no puedo quedarme en la calle y no me sale nada más, que debo hacer? Ayuda por favor!!!!

    1. Hola Laura,

      el arrendador tiene la obligación de respetar el contrato. Puede vender el piso pero si lo vende el nuevo propietario también tiene esa obligación. Tenemos otro artículo en la web que trata este tema de vender pisos alquilados.

  153. Mi hija ha pagado una reserva de 1.200 euros y le han puesto estas condiciones
    CONTRATO TEMPORAL: 3 años ( 12 MESES obligado cumplimiento)

    · RENTA: 1.200,00€/mes

    · FIANZA: (2 MESES) 2.400,00€

    · EFECTO RENTA: 15 OCTUBRE 2023

    · HONORARIOS AGENCIA: 10% renta anual más 21% IVA (1.440€+302,4€= 1.742,40€)

    · Contratación de una póliza de seguro de hogar y responsabilidad civil por parte de los inquilinos (adjunto enviamos modelo de póliza)

    · ITP ( 0,5% TOTAL CONTRATO): 216 €

    En la Agencia Fingestio le dicen que si el contrato es de 5 a 7 años paga en arrendador, pero en su caso le dicen que tiene que pagar ella. Ella es médico residente y le quedan tres años fijos en Barcelona, que tal vez luego se prorroguen. Es cómo dice la agencia? Gracias

    1. Hola Oscar,

      lo ideal para tu hija sería que buscara un alquiler de vivienda habitual, que firme los cinco años, y lo deje cuando ya no resida en esa ciudad. Con este tipo de contrato puede desistir a los seis meses. Eso si, si le ponen una cláusula de indemnización anticipada y el plazo del contrato indica 5 años, si se va a los tres tendría que indemnizar con dos mensualidades, lo cual es claramente peor que pagar ahora una mensualidad de agencia. Es cuestión de ver la redacción de los contratos.

  154. hace 2 años y medio la inmobiliaria alquiló un piso mío y me obligó a firmar un contrato de administración de mi piso con ellos por 5 años. Estoy tremendamente descontento con la gestión que hacen, ya que no me solucionan nada. ¿ como puedo romper ese contrato de administración con la inmobiliaria?.¿ tengo que esperar que pasen 5 años para no tener que seguir pagando la administración? no tengo ninguna confianza en ellos
    gracias

    1. Hola Antonio,

      si la agencia está incumpliendo los compromisos que adoptó en ese contrato puedes resolver el contrato alegando incumplimiento de la otra parte.

      1. Buenos días Roberto,
        la verdad es que la inmobiliaria me hizo firmar un documento y no ponía nada de posible subida de honorarios, y a principio de 2023 me subió su comision del 5 al 6% que me cobra ahora, sin ningún tipo de aviso, aparte de que me hace buscar a mí gente para arreglar los desperfectos que dejó el otro inquilino en otro piso que me alquilaron,como cristalero. Le pedí hace poco el documento de ingreso de la fianza en el Incasol de Cataluña y me lo envió a la semana, despues de llamar cada día, pregunto por el responsable y nunca está…
        ¿ esto son motivos para resolver el contrato de permanencia con la inmobiliaria?
        estoy muy enfadado con su gestión
        muchas gracias

  155. Buenos días. mi caso es desesperante. Tengo que abandonarlo actual vivienda porque el arrendador vende el piso y no encuentro absolutamente nada.
    El encargado de vender la vivienda me dice que el puede ofrecerme uno pero me cobra el mes de fianza del propietario, el mes de la inmobiliaria más el mes en curso y yo no puedo hacer frente a ese gasto. Se lo he comentado y me dice que lo único que puede hacer es permitirme pagarle ese mes en dos veces, con lo cual me quedo en las mismas.
    Que puedo hacer? ayuda!

    1. Hola Aurora,

      si el contrato está en vigor el propietario no puede obligarte a dejar la vivienda porque quiera vender el piso. Incluso si llega a venderlo, el comprador tiene que respetar el contrato. En la web tenemos otro artículo sobre el tema de vender un piso alquilado que seguro que te aclara las dudas.

      1. Esto me ha contestado el de la inmobiliaria:

        Hola Mialcu, desde GIKinmobiliaria intentamos resolver siempre los problemas de cualquier cliente. El propietario ya tiene la factura de la gestión del inmueble, lo que nosotros cobramos a nuestros clientes de alquiler es la gestión y trámites documentales para para cambios de servicios, titularidad, empadronamiento, ICA y revisión en el primer mes de posibles desperfectos y mejoras del inmueble. De todas formas, debido a su reseña intentaremos aprender y dejar más claro este punto para que en el futuro no haya malentendidos. De igual modo, gracias por la confianza y cualquier aclaración o duda pueda contactar con nosotros a nuestro teléfono las 24h. o acudir a nuestra oficina de 10:00 a 14:00.

      2. La clave es si te obligan a contratar ese servicio o no. Diles que los cambios de suministro, empadronamiento, etc., ya lo gestionas tu. A ver qué te dicen.

  156. Un agente de Engel & Völkers me acaba de solicitar «Reserva/Contratación de Servicios de Agencia: 10% de anualidad + IVA 21%» como requisito para alquilar un piso en Barcelona.

    Cuando le pregunté por qué me cobraban esto, me ha dicho: » nuestra agencia cobra por los servicios de búsqueda y alquiler, independiente y diferente a lo que paga el propietario. El propietario esta obligado a pagar por gestiones inmobiliarias. Por otro lado, nosotros seguimos cobrando los servicios de búsqueda a los clientes buscadores que quieran trabajar con nosotros».

    Dejo el link de Idealista de la propiedad en cuestión.

  157. Hola,
    Vi un chalet en idealista, llame, hice cita y al llegar la dueña nos enseño la casa, habia una persona más de la agencia Engel & Völkers, al decidirnos por este chalet, llamamos al contacto que teniamos y nos dijo que debiamos pagar como inquilino dos meses más la comisión de la agencia, al negarnos a pagar la comisión y hablar con la dueña para hacer el trato directo con ella la agente de Engel & Volkers amenazo a la dueña de demandarla si nosotros no pagabamos como inquilinos la comisión por lo cual ya no quizo hacer el trato directo.
    He pedido a Engel & Völkers la hoja de reclamaciones pero me imagino que no contestarán, algo más que se pueda hacer?

  158. Buenos días,

    Me quieren cobrar estos conceptos:

    – GESTIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE DE SUMINISTROS: 180.-€ + IVA 21%

    – GESTIÓN Y PRESENTACIÓN DE ITP: 200.- + IVA 21%

    – Tener contratado un seguro que cubra el contenido y la responsabilidad civil de la vivienda alquilada. Se deberá presentar el recibo antes del día de la firma o firmar la contratación del seguro propuesto por el administrador de fincas.

    ¿Es eso legal? ¿Me recomendáis pagarlo primero y después reclamarlo? Gracias.

    1. Hola David,

      no te pueden obligar a contratar esos servicios de cambio de titularidad y gestión del itp. Lo del seguro, si. Ojo, porque si pagas por ese servicio luego va a ser difícil recuperarlo porque es un servicio que te están prestando a ti como inquilino, no al propietario.

      1. ¿cómo puedo denunciarlo de algún modo? ¿Va en contra de la LAU esto? Porque ellos me han dicho:

        No es ilegal, son los servicios que hacemos cuando se alquila un piso con nosotros, de esta manera también nos aseguramos que se realiza.

        Si estos servicios antes los haciamos incluidos dentro de los honorarios, ahora que no hay honorarios debemos cobrarlos.

  159. Hola, realice un contrato el 29 de mayo, después de que quisieran que pagase los gastos de inmobiliaria, coaccionandome de que si no me devolverían los 2 meses que había entregado de fianza (lo hice antes de firmar), estando desplazado de mi vivienda a más de 800km, ya que me negaba porque la firma de este contrato era anterior, una vergüenza… Al final decidieron cambiar el tipo de contrato, me hicieron uno temporal, donde el propietario se hacía cargo de los gastos de la inmobiliaria.
    Hasta aquí todo bien, actualmente deje el piso el 2 de octubre, avisando con un mes de antelación como estipulaba el contrato.

    El problema es que el propietario dice que solo me devolverá un mes de fianza y que el otro se lo queda porque dice que lo que se firmó fue un error y que un mes de fianza le pertenece por los gastos de inmobiliaria, ¿esto puede hacerlo?

    1. Hola David,

      no puede hacerlo. Para eso la LAU permite incluir en el contrato una cláusula por desistimiento anticipado. Si esta cláusula no aparece en el contrato no se puede aplicar esa indemnización.

  160. Buenas noche, a mi me han hecho firmar un «Mandato de localización y asesoramiento personalizado inmobiliario» (L.A.P.I.) para que me localice una vivienda que cumpla con mis preferencias personales. En esta especie de contrato dice que soy conocedor de que el vigente artículo 20.1 de la Ley 29/1994 establece que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización de contrato corresponden exclusivamente al arrendador. Pero en otra de las clausulas ponen en negrita, bien marcado, que los servicios que encargo no son por gestión inmobiliaria ni por la formalización del contrato de alquiler, lo son por el asesoramiento personalizado que yo libremente encargo a mi mandatario de forma expresa, de conformidad con lo establecido en el art. 1.711 del Código Civil será retribuido y comprende los siguientes servicios: localización de vivienda (fui yo la que llamó a la agencia al ver el anuncio), estudio personalizado que acredita mi solvencia (ese estudio se lo encargó el arrendador para asegurarse que no soy morosa, etc) y otros cuatro servicios que son todo palabrería como la representación de mis intereses ante el titular de la vivienda, ja ja ja… Más abajo pone «Expresamente encargo este mandato por el que pagaré la comisión de 590 euros + iva unicamente en el caso de firmar el contrato de arrendamiento de mi vivienda. Pues bien, este documento está firmado únicamente por mi y pagado en mano sin darme factura porque dice que me la dará el día que firme el contrato de arrendamiento que es el próximo viernes 13. Por cierto, a la vuelta de este contrato, donde vienen todos mis datos, que ha visitado un piso en cumplimiento del encargo de mandato, que he sido informada y he aceptado expresamente que en el caso de desestimiento por mi parte abonaré (ya está abonado) el importe de 713.90 euros… El viernes en la firma del contrato de arrendamiento supongo que me darán factura del pago de los 713.90 € y una vez firmado todo, acto seguido ¿pido hoja de reclamaciones y la relleno in situ? Como he firmado que no puedo hacer desestimiento sino pierdo mi dinero ¿debería hacerlo después de firmar? No han pasado aún los 14 días de plazo. Gracias por escucharme.

    1. Hola Montse,

      en este caso la clave es saber si el piso que alquilas lo ofrecía esa inmobiliaria y tu contactaste con ellos preguntando por ese piso. Si es así, yo diría que es un caso de fraude de ley y podrías reclamar. Aunque también es cierto que el contrato es claro y tendrías que demostrar que tu contactaste expresamente por ese piso y que te obligaron a firmar ese contrato sin posibilidad de pactar nada.

  161. Buenos día Roberto,
    Estamos en trámites de alquilar una vivienda nueva a estrenar. En el anuncio se hace referencia como alquiler temporal de máximo 3 años para profesores, ejecutivos o familias trasladadas por trabajo. Hablando con la inmobiliaria al respecto nos hizo saber que era porque la dueña tenía 3 hijos y que a partir de los 3 años era posible que entraran en el piso, pero que no era seguro. Le comenté que si la comisión no la pagaba la arrendadora según la nueva Ley de la vivienda, pero de inmediato su respuesta fue que al ser un alquiler temporal no era así. Me da que es la excusa perfecta para poder cobrar la comisión de la inmobiliaria.
    Nos piden un mes de fianza, otro de garantía, el mes de alquiler y el de comisión de agencia más IVA. Ahora nos piden señal de reserva, ¿puedes decirnos cual es el procedimiento para dejarlo reservado y porque importe?, ¿debo de tener el contrato de arrendamiento antes de reservarlo?, ¿a quien se abona el mes de fianza, el mes de garantía y el mes en curso?, ¿a la inmobiliaria o al propietario?

    A la espera de tu respuesta y enhorabuena por la labor que realizas

    Saludos y gracias

    1. Hola Carlos

      la inmobiliaria te dirá cómo proceder, no todas lo hacemos de la misma manera.Lo lógico es hacer primero una reserva y después el contrato de alquiler pero hay agencias que no hacen reserva. Los pagos de fianza, garantía adicional y renta se los tienes que hacer al arrendador. El pago a la agencia en este caso es legal porque es claramente un contrato temporal, al menos sí lo están anunciando.

  162. Hola Roberto, muchas gracias por tu ayuda, haces un gran trabajo. Tengo una duda, en el alquiler de un apartamento turístico, ¿Quién paga los gastos de gestión inmobiliaria? Según tengo entendido, aunque no se trate de un contrato para vivienda habitual, los gastos serían responsabilidad del arrendador. Por favor, corrígeme si me equivoco. Y gracias de nuevo.

    1. Gracias Lucía,

      hay libertad de pacto, así que normalmente lo pagará el inquilino, dependerá de lo que diga la agencia.

  163. Acabo de firmar un contrato de alquiler como inquilino en Salamanca y me han cobrado una comisión equivalente al 50%+IVA de la cuota mensual en concepto de servicio de mediación y de análisis financiero. El pago fue previo a la firma del contrato. Tengo factura y lo hice por transferencia. Una vez firmado el contrato les he dicho que creia que no era legal y me dicen que si lo es, que no es una comisión sino gastos de mediación.

    Es asi?? O debo seguir adelante?

    Gracias

    1. Hola Francisco José,

      sigue adelante con la reclamación. Sobre todo porque el análisis financiero no es un servicio que hayas solicitado tu, sino que lo solicita el arrendador. Y la mediación es justamente lo que está prohibido que te cobren a ti. Ya nos contarás cómo te va con la reclamación.

  164. ¿Hola, qué tal?
    Estoy viviendo en el piso en el que estoy ahora desde hace mes y medio. En su día aboné medio mes (porque entré a mediados del mismo) y otro mes de fianza. Las únicas gestiones que hizo la inmobiliaria fueron el cambio de nombre para el agua y la luz, que ya les pagué en su momento ( en negro, para más inri) y la firma del contrato. Y me acabo de topar con un pago equivalente a una mensualidad completa a la inmobiliaria de hace 3 días. En el contrato no figura que le deba hacer ningún pago a la inmobiliaria. Y la inmobiliaria tampoco me enseñó nunca el piso, porque quien me lo enseño fue la antigua inquilina y hablé directamente con la propietaria. Creo que me la están intentando colar. ¿Debería reclamar la devolución o ir directamente al banco y devolver el recibo? Gracias de antemano por la ayuda.

    1. Hola Buddy,

      deberías preguntar a la inmobiliaria por qué te exige ese pago. La única explicación es que la inmobiliaria gestiona los pagos de renta y entonces te hace a ti el cargo de la renta todos los meses y luego se lo abona al propietario. en ese caso no pagarías tu directamente al propietario. Lo dicho, habla con la agencia y que te lo explique.

  165. Hola. Ya son varios los anuncios de pisos en los que aparece este comentario de parte de la inmobiliaria:

    «Los honorarios por los servicios de administración que la Agencia Negociadora del Alquiler ofrece, una vez firmado el contrato de arrendamiento a los inquilinos, por estos servicios, que se deben contratar de forma obligatoria para poder arrendar la vivienda, son: el importe equivalente a una mensualidad de renta más el 21% de IVA que se abonará por anticipado el día de la firma de los arrendamientos.»

    Al final, nos quieren cobrar el mes de honorarios poniéndole otro concepto. ¿Es esto legal? Si ya es difícil conseguir piso que me cuesta el 50% de mi salario y que me piden hasta aval, como para hacer frente a un mes más así.

    1. Hola Pablo,

      yo creo que es fraude de ley, pero hasta que no haya denuncias con sus correspondientes sentencias no sabremos qué dicen los jueces.

  166. Buenas tardes.
    Llevo en un piso de alquiler desde junio de 2018 y, hasta este año, el arrendador no se había comunicado conmigo para renovar el contrato ya que este se ha ido renovando año a año. Hemos llegado a un acuerdo para firmar un nuevo contrato de 11 meses con una subida de 75€ a partir del 1 de noviembre. Hoy se ha puesto en contacto conmigo la inmobiliaria diciéndome que tengo que pagarles 50€ por la firma de dicho contrato. Me surgen varias dudas. Según he leído, la ley dice que el arrendatario no tiene por qué pagar dichos gastos de gestión a la inmobiliaria y me gustaría saber si puedo negarme. Por otra parte, quisiera saber si una vez concluyan los 11 meses del nuevo contrato, tengo derecho a una prórroga del mismo con las mismas condiciones. Gracias de antemano por vuestra labor. Saludos.

    1. Hola Samuel,

      pues depende de lo que vayas a firmar. Si vas a firmar un contrato de alquiler de vivienda habitual no te puede cobrar la inmobiliaria. Pero si vas a firmar un contrato de alquiler de temporada o un anexo al contrato inicial, si te puede cobrar.

  167. Buenas!
    Tengo un par de dudas, espero que puedas responderme.
    Primero, en nuestro alquiler nos dijeron que los gastos de agua iban incuídos en la mensualidad y en un mail quedó escrito «El agua se gira a través de la comunidad». En el contrato dejan claro que «sea de cuenta de la parte arrendadora los gastos de Comunidad que se giran sobre la vivienda arrendada.» Ahora nos han pasado las facturas del agua de los últimos meses y nos piden el pago, pero entiendo que nosotros no tenemos que pagarlas, ¿verdad?
    Y segundo, firmamos contrato en marzo de 2023, pagando los honorarios de inmobiliaria, 834,90€. ¿Podemos ampararnos bajo la nueva ley para reclamarlos aunque firmáramos antes de que entrara en vigor?

    Mil gracias!

    1. Hola Adrià

      1.- sobre el tema del agua, yo opino como tu, hablalo con los arrendadores.
      2.- como bien dices, la ley no estaba en vigor en marzo de 2023 y no tiene efectos retroactivos, así que no podéis reclamar nada.

  168. Hola Roberto,

    Estamos mirando alquilar un piso que encontramos por una pagina web como fotoc@s# y Ide@li#£@. El anuncio decia que se alquilaba por 1500 y cuando dije que queria alquiler por un año minimo me lo subieron a 1800 Eur. Dice la agencia INMOBILIARIA que el propietario quiere 1 año por adelantado. nosotros le dijimos que eso era poco locura no. Volvieron con 6 meses por adelantado, 2 meses de fianza . Cuando nos enseñaron el piso y les dijemos que estabamos interesados me viene con que el propietario para firmar contrato quiere la fianza de dos meses y 1000 Eur por gastos de luz,agua y wifi por adelantado para el año. La agencia me dijo que me iba mandar todo los gastos por escrito y me dicen a lo ultimo » a si y los costes de commission de agencia tenia que pagarlo para la firma del contrato que serian 1 mes de alquiler y IVA que salen mas de 2000Euros. Me dicen que es habitual que los propietarios pieden estas condiciones!!! Nosotros les preguntamos y comentamos de que la ley ahora stipula que los propietarios pagen los costes de gestion y commissiones inmobiliarias . Nos dijeron que NO que nosotros eramos su cliente! No sabemos muy bien que hacer ahora porque es ilegal no lo que pieden? Estamos en duda aparte nos presionan ahora que todo hay que firmarlo y pagarlo rapido en pocos dias porque sino el propietario escoje otro alquilino. Ademas pieden que pagamos ahora la fianza y commision y una vez que entramos en el piso pagamos los 6 meses adelantados, eso pueden exigir o es legal? Gracias con antelación por vuestros consejos.

    1. Hola Ambar,

      una cosa es que esas condiciones sean frecuentes y otras que sean legales. En todo caso mi consejo es que huyas tanto de ese propietario como de esa agencia. Si te da problemas antes de firmar el contrato imagínate los que te dará con el contrato ya firmado.

  169. Buenos días,

    Una agencia nos quiere cobrar los honorarios del alquiler, el piso es muy económico y la verdad es que hemos aceptado porque lo hemos visto una muy buena oportunidad.

    Podemos reclamar tras hacer el pago de alguna forma? Nos han pedido que sea en metálico el pago, entonces no sé si ir con una cámara oculta o con un micro y grabar la conversación en la firma del contrato. ¿Sería viable?

    Gracias

  170. A los que dicen que la agencia debe cobrar por sus servicios. Sí, pero al propietario, que es el que ha decidido poner su propiedad en manos de una agencia para que le haga el trabajo. Así que no es justo que el servicio se lo pague el inquilino. Ya era hora de que se regulara por ley.

  171. Hola. Una agencia me pide 1 mes de “servicio al inquilino”. Le digo que es ilegal cobrar gastos de agencia y me dice “ lo abonan ambas partes ya que nosotros hacemos de intermediarios con la propiedad mientras estés en la vivienda”. ¿Puedo reclamar el pago igualmente o están en su derecho de cobrarme un mes de alquiler por eso?

    1. Hola Mila,

      en ese caso, como es un servicio que te obligan a contratar para alquilar la vivienda, nuestro consejo es ejercer el derecho a desistimiento.

  172. Buenos días,

    Estoy buscando piso en alquiler y veo que muchos anuncios aparecen con el sello de la empresa Aiquiler Seguro. En uno de los pisos que marqué como, avíseme si baja el precio me enviaron un correo donde estas eran las condiciones para el inquilino. Lo pego un poco más abajo. mi pregunta es si esto es legal.

    Muchas gracias!

    1 mes de fianza legal (*).
    1 mes como depósito de garantía (*).
    1 mes corriente.
    Servicio de atención al arrendatario + 21% de I.V.A. (**)
    (*) Estas cantidades serían devueltas al finalizar los contratos, siempre que no haya existido incumplimiento por el arrendatario.

    (**) La cantidad a abonar por el servicio de asistencia al arrendatario será equivalente a una mensualidad de la renta + IVA

    1. Hola Ignacio,

      depende de lo que ellos entiendan por servicio de atención al arrendatario. En todo caso yo diría dos cosas: primero que es fraude de ley, y segundo, que si es un servicio que obligan a contratar para poder alquilar el piso, se podría ejercer el derecho a desistimiento de manera inmediata, justo después de firmar el contrato de alquiler.

  173. Buenos días,
    He firmado un contrato para el alquiler de una habitación de una vivienda de estudiantes, en el contrato dice que es mi segunda residencia (aún estando a 600km de mi residencia habitual y siendo estudiante) y que es un contrato de temporada. En el contrato se especifica todo lo que tengo que pagar antes de entrar a vivir al piso (reserva, fianza y primer mes) y la única vez que menciona la comisión a la inmobiliaria es aquí: «La entrega de llaves del apartamento se realizará en el apartamento, previo aviso via email de la parte arrendataria de su día y hora de llegada, tras el pago de la fianza y comisión inmobiliaria si la hubiese.» Claramente, no especifica la cantidad y cuando quedamos para para recoger las llaves me dijeron en un mail que la comisión a la inmobiliaria era la cantidad equivalente a un mes y que tenia que ser en efectivo (tengo la factura) y yo no sabía que esa era la cantidad.
    No se que hacer, me dicen que esa comisión la tengo que pagar yo aunque no aparezca la cantidad en el contrato ya que es un alquiler temporal de una habitación como segunda residencia.
    Espero su ayuda.
    Muchas gracias.

    1. Hola Manuel,

      la comisión que te cobran es lo habitual, aunque habría sido mejor que indicaran exactamente el importe en el contrato.

      1. Entonces, ¿es legal que te cobren la comisión aunque no ponga en el contrato si tenemos que pagar comisión o no y tampoco la cantidad?

      2. Ellos seguramente dirán que te informaron por teléfono o en el anuncio del cobro de la comisión.

  174. 1hola
    gracias por este articulo
    ahora entiendo por que la agencia nos quiere cobrar 1600 de honorarios que son aparte de los dos meses de fianza y del mes actual, y solo la quieren recibir en cash-ya nos empezaba a parecer raro.
    Hace hincapie en 11 meses, Nosotros nos somos temporales vivimos aca.
    gracias!

  175. Buenos días, la inmobiliaria Arogar Dulce Hogar que está en Gran Canaria,mediante información telefónica me comentan que cobran gastos de gestión inmobiliaria,he puesto reseña negativa y el comentario por aquí

  176. Buenas tardes a todos, mi nombre es Roberto y tengo una pregunta.
    Tengo un agencia inmobiliaria en la Costa del Sol.
    He captado un piso hace poco y firmado un contrato donde nuestros honorarios están a cargo del propietario.
    Este piso lo tiene también otra agencia (cadena española de inmobiliarias muy famosa) que firmó un contrato igual con el propietario.
    Los 2 tenemos anunciada la vivienda en Idealista y el otro día me contactó una mujer diciéndome que visitó el piso con la otra agencia, pasó sus nóminas para que el seguro aceptara su caso y cuando iba a bloquear la vivienda pagando el depósito, la inmobiliaria le dijo que había que abonar antes los honorarios de la inmobiliaria (1.950,00€ + iva).
    La mujer ahora quiere que le lleve yo la negociación con el propietario ya que yo no le cobro a los inquilinos para un alquiler de larga estancia.
    Mi pregunta es, si voy a llevar yo la negociación voy a tener problema con la otra agencia? o pueden tener problemas la inquilina y el propietario?
    Ya que esta agencia está intentando cobrar ilegalmente los honorarios a la inquilina y además le cobran al propietario también, yo creo que no hay nada de malo si ahora la mujer quiere cambiar inmobiliaria.
    Gracias por todas las respuestas

    1. Hola Roberto,

      tu no deberías tener problemas con la otra agencia porque no tienes ningún compromiso con ella. La que podría tener problemas es la inquilina. Pero lógicamente, si ve el piso en dos agencias, una que incumple la ley y otra como la tuya que la cumple, lo lógico es que prefiera gestionarlo con la tuya. Así que para evitar problemas deberá reunir todas las pruebas por si en algún momento le reclaman algo y necesita alegar que evitó alquilar con esa agencia porque incumplían la ley o porque le obligaban a contratar un servicio en el que ella no estaba interesada. Hay que ver también si el arrendador puede tener problemas, porque yo diría que estas franquicias piden siempre exclusiva.

      1. Hola Roberto

        Muchas gracias por tu respuesta.
        El propietario no firmó ninguna exclusividad con la otra agencia y la otra agencia sabe que el piso lo tenemos nosotros también, así que por este tema no hay problema.

        En caso de seguir adelante, la otra agencia tiene derecho de pedir el contrato de alquiler, si el propietario alquila con nosotros, para comprobar los datos de la inquilina?

        Muchas gracias y un saludo

      2. Hola,

        yo diría que no tiene derecho a pedir ese contrato, al menos a vosotros. La inquilina no se lo que habrá firmado, posiblemente un compromiso de no alquilar con otros, pero entiendo que puede incumplirlo porque esa otra agencia está cometiendo una ilegalidad. Y el arrendador entiendo que tampoco está obligado a entregar el contrato que firme.

  177. Hola a todos,
    Tenemos alquilado un piso de estudiantes entre 4 personas. Ahora va ha cambiar una de las personas y la agencia nos quiere cobrar 363€ para «formalizar el documento que tendran que firmar todos los titulares y avalistas» y nos adjuntan el documento de «cesión de un co-arrendatario y renuncia de un avalista». El precio del alquiler és de 1200€
    Saludos y gracias por la ayuda.

  178. Buenas tardes, estoy intentando alquilar un estudio tipo loft y me dicen que no tiene cédula de habitabilidad y que al no ser un «piso» me van a cobrar los honorarios (un mes). Tengo algún derecho de decirles que no es legal y evitarlo?

    Gracias.

    1. La clave está en el tipo de contrato que hagas. Si haces un contrato de alquiler para uso distinto a vivienda, te pueden cobrar.

  179. Luego de que entró en vigor la ley, la agencia me cobró “honorarios por gestión de ITP” 200€ + IVA, y es un contrato de arrendamiento tde 7 años en Barcelona. Que debo hacer?

    1. Hola Laura,

      es legal cobrar por ese servicio. Lo que igual no es legal es que te obliguen a contratarlo. Pero si ya han hecho el trámite, dudo que una reclamación llegue a buen término. Prueba a ponerles una reclamación en consumo.

  180. Anuncio de Engels&Volkers en Idealista, no dice nada de ninguna comisión. Pido ver el piso y me envían una ficha de la vivienda por mail con toda la información y esta cláusula en el apartado comisiones:
    «. EV MMC SPAIN, SLU ofrece servicios adaptados a las necesidades individuales de los clientes por los que se abona un 10% de la anualidad del inmueble seleccionado, dichos honorarios no comprenden, en ningún caso, los gastos de gestión intermediación inmobiliaria y formalización del contrato de arrendamiento, que son asumidos íntegramente por el propietario o terceros colaboradores.»
    Hay algo que se pueda hacer al respecto? Más allá de no alquilar el piso, claro.
    Muchas gracias

  181. hola mi caso es el siguiente;
    veo anuncio , llamo, voy a verlo a gustarme me dicen que cobrarán algo de gestión por limpieza del piso y el cambio de suministros que sería bastante menos de una mensualidad (el piso se alquila a 625). A la hora de firmar el contrato dicen que esos gastos son 625 (limpieza y cambio de suministros ) yo me quedo de piedra y se lo digo dice que es así que no puede bajar.
    firmo el contrato ya tengo las llaves ya pague fianza y mes en curso. Digo que para esos gastos lo hago por transferencia. y ahí me encuentro . Hago o no hago la transferencia? no quiero líos (esto es un pueblo) pero no quiero que me estafen. El piso lo me esito si o si. La agencia me dice que si pago me hace recibo o factura (cobrando IVA). podría pagar y luego reclamar ese dinero? es mejor factura para reclamarlo o recibo? gracias

    1. Hola Luky,

      yo directamente les diría que no te interesa el servicio de limpieza y cambio de suministros y que lo vas a gestionar directamente por tu cuenta. Y dicho eso, no hace falta hacer la transferencia.

  182. hola. en valencia todas las agencias estan cobrando comision por alquiler.
    y uno como inquilino esta atado de mano..por la necesidad de alquilar

  183. Buenas, quiero concertar una visita para ver una vivienda que está puesta con Alquiler seguro. Para confirmar la visita envían un SMS donde hay que aceptar la política de protección de datos, pero además, un documento que dice: acepto las condiciones de contratación del servicio de asistencia al inquilino. Básicamente pone que asesoran al inquilino durante todo el proceso, ayudan a cambiar suministros y que se acepta el pago de una mensualidad + IVA por este servicio. ¿Aceptarlo para poder hacer la visita puede condicionarme a tener que pagarlo en el caso de que quiera alquilar la vivienda? ¿Después no podría pedir que me lo devolvieran?

  184. AProperties Real Estate Madrid me dijo que se cobraba mes de fianza y mes de honorarios. Cuando les dije que la ley habia cambiado y el inquilino ya no pagaba los honorarios, me dijo que asi no trabajaban ellos. Yo le pregunte que si aunque era ilegal, y me contesto que si.

    Donde podria hacer un reclamo con el gobierno? Tengo pruebas por texto de esto.

  185. Hola,

    La Agencia Alquiler Seguro pretende cobrar un equivalente a una mensualidad de la renta + IVA por el servicio de asistencia al arrendatario.

  186. Hola, yo estoy a punto de firmar contrato de alquiler con la inmobiliaria. Y antes del contrato me han enviado un «CONTRATO DE RESERVA Y ARRAS PENITENCIALES».

    En él se indica que en el momento de la firma del contrato se debe pagar una mensualidad + IVA, en concepto de «Servicios de administración del alquiler que presta la AGENCIA NEGOCIADORA DEL ALQUILER, SL a los arrendatarios durante toda la
    duración del arrendamiento.» Y se listan una serie de servicios administrativos.

    Justo debajo, aparece este párrafo, que es en mi opinión una auténtico timo:

    «No obstante, lo anterior, los interesados en el alquiler dispondrán de un plazo de 14 días naturales a contar desde la firma de la presente propuesta (que es donde se encargan estos servicios) para poder desistir libremente de los servicios indicados, comunicándolo al siguiente correo electrónico: XXXX@tranquiler.com a la atención de la Srta. XXXXX, Los interesados en el alquiler son conocedores, por haber sido informados previamente, y aceptan, que una vez haya comenzado a ejecutarse el encargo efectuado en la propuesta, porque se haya firmado el contrato de arrendamiento, incluso si es antes de los 14 días, perderían el derecho de desistimiento.»

    Aunque firme el contrato por que no me queda otra, ¿hay posibilidad de reclamar? ¿Qué documentación debería archivar para justificar la reclamación? Gracias!

    1. Hola,

      veo que ya están poniendo barreras a la solución que proponíamos de ejercitar el derecho a desistimiento. No soy especialista en la normativa de consumo así que no me atrevo a decir si esa cláusula es o no legal. Yo diría que es cláusula nula, pero ya digo que desconozco la normativa concreta y habría que analizarlo con detenimiento. Mi consejo es que consultes en las oficinas de consumo detu comunidad si es legal esa cláusula. Y cuando puedas, nos será muy útil que nos expliques en un comentario nuevo.

  187. Hola, sí me tengo que unir a un contrato de alquiler de larga duración suscrito en el año 2020 y ahora me voy a unir al mismo mediante un anexo y la agencia me reclama que le abone los gastos de gestión. Según la reforma de la LAU el art. 20, la obligación de tales gastos ya recaen sobre el arrendador correcto pero en mi caso, al ser un contrato suscrito en el año 2020, ¿también aplicaría tal artículo reformado? ¿es retroactiva la ley? el anexo se suscribe ahora aunque el contrato sea de 2020. ¿Estaría yo obligado a pagarle los honorarios a a la agencia y por contra no aplicaría la reforma de este año 2023?

    1. Hola David,

      en tu caso entiendo que son los inquilinos los que han pedido una modificación del contrato para añadirte como arrendatario. Esas gestiones pueden cobrarse a los inquilinos.

  188. Buenas, tengo un contrato de 11 meses ‘temporal’ y que dice que estoy utilizando la habitación por ‘trabajo’. Sin embargo yo estoy aquí como trabajador indefinido y a efectos prácticos es mi vivienda habitual actual. Tengo la factura de honorarios y facturas de las mensualidades del alquiler. ¿Podría reclamar los honorarios?

  189. Mi caso es esto:
    Una inmobilaria me mostró una casa que me gustó en Valencia. La segunda vez encontré los propetarios y unos dias despues fuimos a la oficina del inmobilaria para hacer el contrato. Antes que esto dia por WhatsApp la inmobilaria me dijo que tengo que pagar un mes mas iva a la inmobilaria.
    En la oficina la inmobilaria cambió el contrato un poco para incoperar unos de nuestra sugerencias.
    Yo dije que he escuchado que la ley ha cambiado y la inmobilaria no puede pedirme pagar la inmobiliaria. La inmobilaria dijo que el gasto es para usar tiempo en mostrar la casa, usar gasolina, etc. y que era comun para inmobilarias hacer así ahora en Valencia despues que la ley cambió. Para evitar esto gasto, un cliente puede venir a la oficina del inmobilaria y ver un video de la casa y decir si a alquilar la casa, pero si ellos tienen que mostrar la casa en persona, el inquilino tiene que pagar el gasto.
    Los propetarios tambien dijeron que ellos pagan la inmobilaria por su trabajo, entonces como yo entendí, la inmobilaria gana dinero del propetarios y del inquilino tambien.
    Por suerte, la bateria en mi ordenador murió en la oficina de la inmobilaria cuando yo quiria hacer la transferencia de la fianza a los propetarios y la factura del inmobilaria, entonces la inmobilaria dijo que puedo hacer la transferencia cuando volví al casa. Ahora he hecho la transferencia del fianza a los propetarios (y los propetarios y yo hemos firmado el contrato en la oficina), pero ya no he hecho la transferencia para pagar el inmobilaria.
    La inmobilaria me dijo que sientó un poco mal por todo esto y entonces hico un descuento en la factura que yo tenia que pagar.

    Es todo esto legal o no?

    Perdon por mi español. Soy originalmente de Dinamarca.

    1. Hola,

      pues la clave es saber si el contrato de de larga duración o no. Si vienes para un tiempo limitado es legal que te cobren. Si has alquilado para que ese piso sea tu vivienda permanente no te pueden cobrar y evidentemente tienen que enseñarte el piso, tienen obligación legal.

      1. Gracias por la respuesta.
        Olvidé escribir en mi mensaje que el contrato es para un año prorrogable hasta cinco años. Entonces es una vivienda habitual.
        Entonces como entiendo todo esto, en mi caso no es legal que la inmobilaria me piede pagar para mostrarme la casa, correcto?
        Gracias!

      2. Correcto, es un contrato de alquiler de vivienda habitual, así que no te pueden exigir el pago a la inmobiliaria.

  190. Hola Roberto, mi caso es el siguiente:

    – La inmobiliaria publicó el anuncio en Idealista, donde no se hace ninguna referencia a Comisión de agencia (y dispongo de evidencias del anuncio certificadas por la Agencia Europea de Confianza Digital).
    – Tuve que firmar un «contrato de reserva de alquiler» con la inmobiliaria/personal shopper) y transferir 1 mensualidad. En este contrato indican «..ha solicitado los servicios de Personal Shopper para la búsqueda de un inmueble para uso de vivienda habitual, y se acuerda que contrata los servicios para visitar el inmueble, preparar el contrato de arrendamiento, recepción y envío de la documentación necesaria para la celebración del contrato de arrendamiento para uso de vivienda». La cantidad entregada en concepto de reserva será aplicada como pago total a abonar de los gastos de gestión de Personal Shopper»
    – En la transferencia indiqué el concepto «Honorarios de Agencia». Conozco el mail, teléfono y el nombre completo de la persona y su nº de cuenta bancaria, pues aparece en dicho contrato , pero no dispongo ni de factura ni del CIF o DNI por parte de este personal shopper; creo que esta persona/inmobiliaria no debe tener ni CIF, así que no confío mucho en ninguna denuncia ante Consumo.

    En paralelo ya tengo adecuadamente firmado el contrato de arrendamiento con el arrendador y pagado la fianza, depósito y primer mes. Sin embargo el contrato de arrendamiento no entra en vigor hasta enero del 2024, el arrendador no vive en la ciudad y la entrega de llaves la hará el personal shopper en enero.

    Mi estrategia es «desistir del contrato de reserva de alquiler» mediante email certificado, pero mi duda es si hacerlo dentro del plazo de 14 días (que termina mañana 4 de diciembre, aunque tampoco me han informado de este derecho de desistimiento, lo que ampliaría el plazo a 12 meses) o esperar a la entrega de llaves. Me preocupa el hecho de que en estos días me gestionen el cambio de titularidad de suministros y pretendan escudarse en ese servicio.

    Mis preguntas son: ¿Cuándo opinas que es más conveniente enviar el desistimiento? Y si éste resultara infructuoso, el hecho de que gestionen el cambio de titularidad de suministros puede impactar en la reclamación judicial con el monitorio?

    Muchísimas gracias por la ayuda, un cordial saludo

    1. Hola Carlos,

      pues no sabría darte consejos de tanto detalle en tu estrategia, lo siento. Mi consejo es que no contratéis con estas agencias. El resto de posibles acciones que se me ocurren están ya explicadas en el texto y en los comentarios. Sobre en qué momento ejecutar una u otra acción creo que no voy a poder serte de ayuda.

  191. Buenas tardes, hemos visto una casa para alquilar, la visitamos hace un par de dias a traves de una inmobiliaria y simplemente se nos comento que que habia que abonar un mes de fianza y el mes en curso, hasta ahi todo bien, la sorpresa ha sido hace 1 hora, cuando hemos llamado para comunicar que nos quedabamos con ella, y nos sale con que ademas de lo anterior hay que abonar una mensualidad por los honorarios de la agencia en MANO, al comunicarle que eso le corresponde al propietario y que desde mayo es ilegal, nos ha dicho que el propietario no se la abona y que es lo que hay……por supuesto nos negamos a pagar esa cuota, pero tambien sabemos que si nos negamos no nos la va a alquilar….¿hay alguna forma de poder ejercer mas presion? o al menos que despues nos la devuelvan?Gracias.

    1. Hola raquel,

      pues los consejos que digo arriba: si no queda más remedio que alquilar, empezar poniendo una hoja de reclamaciones… Pero yo no alquilaría y pondría la hoja de reclamaciones.

  192. hola buenas en agosto hice un contrato de Compraventa (ARRAS PENITENCIALES) con los propietarios y con Tecnocasa para marzo de 2024. Hace una semana me dice el colaborador de Tecnocasa que me lleva el tema , me comenta que el propietario le ha dado un cáncer de Páncreas con metástasis y quieren cancelar el contrato (son una pareja ,mujer y hombre ), no quieren pagar y me dicen Tecnocasa que esto sería una fuerza mayor por que le ha venido de golpe . Me informado y podría que el juez lo podría considerar nulo. . Hemos cancelado el contrato y me han devuelto las arras Tecnocasa y los honorarios me dice el colaborador que me devolverían los honorarios por wasap. la pregunta es que el colaborador me dice que que la cuenta de la empresa no la lleva el y es por eso que no puede hacerme la transferencia al momento. quería comentar las arras me las devolvieron al momento y porque los honorarios no y no sé cuando me los darán gracias .

  193. Buenos días ayer fui a la agencia Alquiler seguro y piden 4 meses mes en curso fianza uno que es más IVA y otro de atención al inquilino y bueno solo te devuelven dos y claro 200 por reserva

  194. Buenas,
    Mi pareja y yo queremos alquilar un piso que hemos visto mediante una agencia.
    Se nos pide una reserva, que sería el pago de un mes de fianza y le suman el 21% de IVA,
    Otro mes de fianza y el mes en curso.

    ¿Es correcto el cobro del iva en la reserva?
    ¿Se devolvería dicho importe al finalizar el contrato?

    1. Hola Ana,

      la reserva es un anticipo de otro pago, no lleva iva. Luego te lo deberían facturar con iva. Me suena a pago de honorarios de agencia encubierto.

    1. Hola Angélica,

      la ley es para todos igual. Ahora bien, si me preguntas si se puede cobrar honorarios al inquilino de una lonja, si, se le puede cobrar.

  195. Hola, la inmobiliaria me a cobrado la seña del piso, como tal era una reserva para que deje de mostrar el piso (me obligaba a este pago para que luego yo la pueda alquilar) Luego, una vez que yo al propietario le haya pagado el mes de adelanto y la fianza x un mes, la agencia me envió una factura por «comisiones» y hacía referencia con el monto que yo le había pagado en la seña.
    Para considerar: la seña/reserva no incluía el concepto de «comisión», solo de reserva. Y, una vez cerrado el trámite con el propietario, la factura que me llegó sí decía «comisión» y nada de seña/ reserva.
    Yo les envié una carta reclamando la devolución de la seña. Hace más de una semana que no tengo respuesta. ¿qué hago?

  196. Buenas noches,

    Mi pareja está compartiendo piso con un amigo en un contrato de 5 años de duración. El amigo deja el piso y queremos hacer una modificación de contrato para sustituirlo con mi nombre. La agencia nos pide 350€ por gastos de gestión que incluye modificación de contrato, registro y modificación de fianza. Con la nueva Ley de Vivienda es legal que nos cobren estos gastos o debería ir a cargo del arrendador?

    Gracias,
    Andrea

    1. Hola Andrea,

      es un servicio que estáis solicitando, diferente al que hace referencia la ley de vivienda, así que se os puede cobrar a los inquilinos.

  197. En mi caso nos dicen que es condición del propietario, y como hay muchas más personas interesadas en alquilar el piso y todas pasan por el aro, pues si no lo hacemos nos quedamos sin piso. Está especificado en la reserva del poso. Nos dicen que es un condicionante que ya aceptamos. Si lo pagamos se puede pedir devolución a posteriori?
    Gracias

  198. Añado que el anuncio del piso ya no está disponible en internet, con lo cual no puedo hacer captura de pantalla.

  199. Hola, yo quiero alquilar una casa de campo en Castellón y me dicen que tengo que pagar el alquiler por ser vivienda de lujo, y va a ser mi vivienda habitual. Deberían cobrármelo?

    1. Hola Sara,

      si es una vivienda de más de 300 euros la agencia podría pedirte a ti el pago de honorarios, es una de las excepciones de la ley.

  200. Buenos días,
    Me han cobrado 2.500 en concepto de «honorarios de búsqueda de piso», me presentaron varios y he aceptado uno de ellos, del cual ellos son los administradores.

    Entiendo que, al no ser un «personal shopper» les puedo reclamar bien, pero, ¿donde debería interponer la reclamación? Tengo abogado, así que no habría problema en interponer una reclamación «legal» de primeras.

    Gracias.

    1. Hola Guillermo,

      tu abogado puede conocer el caso más en detalle y él te aconsejará mejor que yo en cuanto a qué pasos seguir.

  201. Hola, a nosotros nos cobraron los gastos de agencia ( hace 2 años) y ademas de un seguro del hogar , que siempre hemos reclamado como que tenia que pagarlo el propietario no nosotros.
    Durante nuestra estancia, entro la ley que ya no te pueden reclamar los gastos de agencia. Es posible reclamar estos gastos para que nos lo devuelvan?

    1. Hola Isaac,

      la ley, lógicamente, no tiene efectos retroactivos, así que no puedes reclamar en base a ella lo que te reclamaron dos años antes de su entrada en vigor.

  202. Hola, en mi caso me está intentando cobrar la inmobiliaria unos gastos con la descripción de: Gestión modificación de reserva y contrato, cambio de titularidad de suministros, gestión de copia de llaves. En ningún momento se me comentó que tendría que hacerme cargo de esos gastos y además me comentan que para la firma del propietario y de la entrega de llaves tengo que haber realizado dicho pago. Me urge el alquilar la vivienda ya que me mudo de ciudad por trabajo. ¿Qué me recomiendan hacer en ese caso?

    Gracias.

  203. Buenos días. Recientemente mi pareja y yo hemos hecho una visita a un piso para alquilarlo. En principio todo encajaba por lo que queríamos quedárnoslo. El piso no estaba publicitado en una web, nos enteramos por el portero de mi edificio. Nos comenta que el alquiler son 600 euros + 300 euros de honorarios. Al día siguiente leo que por la ley de la vivienda, los honorarios son a cargo del propietario. Llamo a la persona que me enseñó el piso, el inmobiliario y de forma no muy clara me dice que la ley aún no es clara, que el piso no está en ninguna web y que al no estarlo se puede cobrar honorario y que si lo publicitaran, si lo pagaría el propietario y algo de que si lo publicitasen sería vivienda habitual. En definitiva, no me quedé convencida. Con independencia de que el piso esté no esté publicitado en una web, te puedes cobrar los honorarios?. Necesito basarme en algo contundente para poder decírselo. Muchísimas gracias!

    1. Hola Marina,

      la ley es clarísima y dice que los honorarios los paga el propietario. No indica ninguna excepción en relación a si los anuncios están publicados o no.

  204. Buenas tardes
    Voy a alquilar vivienda en Mallorca, me dicen que me cobran mes de honorarios, les digo que no es correcto, me dicen que eso lo decide el propietario, les digo que no es el propietario quien pone las normas que los honorarios los tiene que pagar el propietario.
    la inmobiliaria se llama inmobiliaria proinmos.
    Es para alquiler de larga duración.

  205. Buenas tardes, puede la inmobiliaria cobrarme una cantidad por hacer la gestion de dar de baja los suministros actuales, nos obligan a pagar por hacer esa gestion, aunque nosotros contratemos suministros posteriormente con la empresa que queramos

    1. Hola Mario,

      no deberían cobrar por esas gestiones que tu no has solicitado. Si te obligan a contratar esas gestiones puedes ponoer una reclamación en consumo.

  206. En mi caso el problema que tengo es que cuando me sube el precio del alquiler, en función del IPC, a la renovación del contrato, la diferencia entre el precio anterior y el nuevo, es decir, la cantidad que me suben, me la cobran como honorarios de agencia. Ejemplo, me suben de 700 a 730, pues en lugar de pagar ese nuevo mes 730€ de alquiler, me cobran 760, 730€ de mensualidad más 30€ de honorarios… eso no puede ser legal

  207. Buenas tardes,

    Me gustaría saber dos cosas:

    – ¿Puede el agente inmobiliario, en calidad de intermediario entre el propietario y el inquilino, cobrar al inquilino cuando este quiere hacer un cambio de titularidad en el contrato de arredamiento? La Ley en su artículo 20.1 tan solo hace referencia a los gastos de formalización del contrato, siendo estos a cuenta del propietario. Por lo tanto, no queda claro si esos gastos son extensibles a cualquier otra modificación contractual del arrendamiento.

    – En segundo lugar, me consta que en un piso alquilado se ha estado privando al arrendatario del lavavijillas por estar estropeado (pese a estar en el inventario de bienes del inmueble). Esta privación y retraso en el arreglo ha superado el año y, a día de hoy, sigue sin solucionarse. Por tal motivo, mi pregunta es que opciones tiene el arrendatario para exigir lo que le corresponde por contrato y, si podría incluirse entre los supuestos en los que la jurisprudencia te avala para dejar de pagar la renta en tanto en cuanto no se solucione el problema por exisitir condicionantes que impiden la correcta habitabilidad del inmueble.

    Gracias por su atención.
    Un saludo,
    Alfredo.

    1. Hola Alfredo,

      1. si, porque es un servicio que estáis solicitando los inquilinos para modificar el contrato.
      2.- la jurisprudencia no avala dejar de pagar la renta, habría que reclamarlo judicialmente.

  208. Hola, en todos los anuncios de inmobiliarias veo que el arrendatario es el que tiene que pagar a la inmobiliaria una mensualidad más iva. Esto es así?. Gracias

  209. Buenas tardes: he alquilado una vivienda, he pagado yo( en mano) la comisión de la agencia ( muy mal, lo sé). El caso es que la inmobiliaria me dijo k gestionaba los cambios de titularidad y no lo hizo en el gas, provocando un vorte x impago y 10 dias sin gas. Tiene responsabilidad la agencia?
    Gracias

    1. Si no gestionó el cambio podría tener responsabilidad, pero creo que quien más responsabilidad tiene es el arrendador, que dejó de hacer los pagos. Por ejemplo, podría haber ocurrido que la agencia hubiera solicitado el cambio de titularidad y que se hubiera dado de baja antes de que la comercializadora ejecutara el cambio. Ahí el responsable es claramente el propietario.

  210. Hola, en mi caso me hicieron pagar los honorarios diciendome que iba a ser un contrato temporal y por eso perfectamente legal. Yo quería un contrato normal pero como necesitaba un piso hemos acordado un contrato de 11 meses – al final recibí uno de 6 meses. No estudio sino trabajo, es mi unico domicilio y estoy empadronada. En el contrato ni se menciona que es un contrato temporal y tampoco da ninguna causa para la temporalidad (ya que no existe), ademas solo pagué un mes de fianza en lugar de dos como sería normal en un contrato temporal. Le envié a la agencia un burofax por correo al que no respondieron así que les envié otro mail. Ahora me respondieron lo mismo que me habían dicho entonces, que es un contrato temporal. Parece que debo hacer una reclamación judicial – donde exactamente la puedo hacer (en Andalucía)?

  211. A mí me dicen que tengo que pagar un mes de gestión inmobiliaria porque el contrato es temporal. que es un contrato de 10 meses. Pero realmente no es así. No es un contrato temporal. Pero me dice que los propietarios hacen los contratos así para evitar pagar ellos. La inmobiliaria es Legaliza Global, de Ceuta.

  212. Buenas, hemos realizado la reserva del piso con una señal de 150€ y en la firma debemos depositas 1000€ de fianza (dos meses), 500 + iva para la inmobiliaria y 500 de la mensualidad ( restando los 150 de la reserva)
    Es un contrato de 11 meses, el precio al ser bueno y no encontrar nada más, hemos decidido eso… al ser temporal y no de larga duración dicen que si cobra la comisión al arrendador por el alquiler. ¿Es cierto ?

  213. Hola, la inmobiliaria en cuestión me piensa denunciar por dejarle una reseña negativa, por ofender el honor, ahora dice que ese dinero q se iba a cobrar lo menciona en el contrato pero como gestión o algo de consulting pero q lo hace a posteriori, aún sigo sin entender qué quiso hacerme firmar, por cierto la reseña ponía “malísima, me han querido cobrar honorarios que prohibidos desde junio/2023, no dejeis que os estafen. Es ilegal cobrarlo”

    1. HOla,

      están disfrazando de un servicio que tu no has pedido lo que en realidad son honorarios por la confección del contrato, etc, que está prohibido.

  214. ¡Hola! Primero de todo, qué buen artículo y qué bien está todo explicado.

    Mi caso es sencillo, queremos alquilar un pisito con mi pareja cerca de Barcelona y la agencia nos quiere cobrar 460€ por hacer el cambio de suministros, no parece haber opción a que podamos hacerlo nosotros (siempre lo he hecho yo y es gratuito). ¿Cómo debería proceder?

    ¡Gracias!

  215. Buenas tardes,

    Muchas gracias por el artículo lo primero.

    Vengo a exponer el caso que me he encontrado en un piso en Barcelona en el que me quiero meter con 2 amigos. El piso son 900€
    El piso en cuestión pide:
    – 1 mes de fianza
    – 1 mes de fianza adicional
    – Servicio de «Alquila Tranquilo» (600€), el cual se recalca en negrita que se tiene que pagar obligatoriamente en caso de querer quedarse el piso.

    El alquiler en teoría es de larga estancia y recalcan que el precio esta dentro de los límites del índice medio de la ley de la Generalitat de Cataluña. ¿Consejos?

    Muchísimas gracias.

    1. Hola Adrián,

      mi primer consejo es boicotear a las agencias que cobran al inquilino o que le obligan a contratar servicios en los que no está interesado. Y si esa no es tu opción en el post explicamos algunas otras cosas que puedes hacer.

  216. La agencia Alquiler Seguro está cobrando 4 meses: dos de fianza, uno de entrada y uno de comisión de agencia.
    Voy a poner una reclamación, pero cumplo con informar también.

  217. Buenas tardes ! Estoy alquilando un piso con opcion a compra y la inmobiliaria me quiere cobrar a mi los gastos . Es legal esto ? No lo tiene que pagar la propietaria?

    1. HOla,

      habría que entrar en más detalles de la operación pero se me ocurren muchas formas de hacer legal el cobro de honorarios a los compradores en este caso.

  218. Buenas tardes,

    en un anuncio de idealista indica que se cobra ‘1 mensualidad + 21% de IVA por la contrapestración de tracto sucesivo en la en el tiempo en servicios de asesoramiento e intervención durante toda la vigencia del contrato’

    Consultoria Inmbiliaria Javier Ortiz.

    ¿Eso es legal?

    Saludos

    1. Hola Miguel Angel,

      el asunto es si a ti te interesa contratar la gestión de alquiler como inquilino y si te obligan a contratarla para poder alquilar la vivienda. tendrían que especificar exactamente en qué consiste el servicio que te van a dar. Pero vamos, que es una forma de cobrarte el mes más iva, seguramente sin aportarte nada interesante.

  219. Buenas,
    Gracias por el artículo. Es de gran ayuda.
    Mi caso a día de hoy, 7 de febrero de 2024 es que, el día que me enseñaron el piso, Engel&Völkers me hizo firmar un documento llamado «Encargo de Prestación de Servicios», donde se detalla que les contrato para una serie de servicios como la búsqueda de un inmueble que se ajuste a mi petición, la proporción de información de la zona, el acceso a la cartera de la agencia, etc. Aparece la cantidad (1 mes de alquiler más IVA) y se detalla la duración de ese encargo y algunas cosas más que no son tan relevantes.
    Ahora, después de leer este artículo, me siento estafado y no les contrataría pero el piso es perfecto.
    Mi pregunta es; ¿con ese encargo firmado puedo reclamar después lo que me están cobrando? No tengo ninguna pereza de ir hasta el fondo con esto.
    Muchas gracias,
    Alberto

  220. Hola buenas! Estoy intentando alquilar un piso a traves de tecnocasa, pero me obligan a pagar honorarios. Es un contrato de 11 meses y me dice que en ese caso es obligatorio que el inquilino pague los honorarios y no el arrendatario. El importe de la renta es de, en principio 650, mas 650 de fianza y 650+iva de honorarios. Que puedo hacer ante esto?

    1. Si el piso está anunciado como alquiler temporal y tu buscas alquiler temporal, se puede cobrar al inquilino.

  221. Bueno en mi caso cuando alquile el piso tuve que pagar una comisión equivalente a un mes de alquiler, que por lo que he visto en otros posts seria legal. Sin embargo hoy que el contrato hay que renovarlo y todas las partes estamos de acuerdo en hacerlo y en las condiciones de prorroga, la agencia nuevamente me pone una comisión que llaman «Honorarios por tramitar prorroga» que equivale a 50% de un mes de alquiler (de mas esta decir que es muchísimo dinero), claro estoy coaccionado porque si no pago me echan del piso. Según he averiguado no es practica cobrar comisiones por prorrogar el alquiler, pero sin embargo esta agencia lo hace. ¿Que se puede hacer? Gracias.

    1. Hola Camilo,

      si el contrato es de alquiler de vivienda habitual y lo firmaste, como intuyo, después de mayo de 2023, el contrato se prorroga automáticamente hasta cumplir cinco años. No hay que gestionar ninguna prórroga. Si es un alquiler temporal, la agencia puede cobrarte honorarios.

  222. Hola.
    En mi caso la agencia en la previsión de gastos de la contratación me pone 800€ por servicios, que luego se transforman en un contrato de personal shopper inmobiliario.
    Pero claramente son los honorarios.
    Lo intenté reclamar pero se escudan en que yo firme el contrato de personal shopper, pero claro no me quedaba otra ya que perdía la casa.

  223. Hola,

    mi caso es un poco diferente, contrato siglado antes de nueva ley de vivienda; me cobraron comisiones aunque la propiedad del piso era una empresa, en ese caso el inquilino no tiene que pagar los gastos de agencia – «modificación introducida por el Real Decreto Ley 7/2019 de 1 de Marzo, que modificó el artículo 20-1 de la LAU [Ley de Arrendamientos Urbanos]».

    Luego para justificar el todo me hicieron firmar un «encargo de busqueda de propriedad», de hecho con fecha retroactiva.

    Puedo reclamar la devolucion?

  224. Buenos días.
    Mi pareja y yo hemos reservado un piso para larga estancia, en el cual hemos dejado de reservar la fianza que corresponde a un mes.
    El piso lo vi en idealista, llamé a la inmobiliaria que lo gestiona y nos lo enseñó. Cuando dimos el ok y dejamos la reserva, tuvimos que entregar nóminas para hacer un estudio, si nos aceptan, los siguientes pagos que tenemos que hacer son: 337€ de honorarios a la empresa( mitad de un mes), el mes del piso, y 80€ del seguro de impago. Todavía no hemos firmado contrato pero si quiero factura son 70€.
    ¿Me podríais ayudar para ver lo que es ilegal y que es importante que aparezca en el contrato? no hay casi piso para fijo y se aprovechan de esa situación…

  225. Hola, estoy cerrando el alquiler de un piso en Madrid y me solicitan que en la reserva haga el pago del importe de la comisión (sin decir que es la comisión) indicando que la cantidad que será deducida de las cantidades a entregar a la firma del contrato y las cuales se detallan más abajo.

    Y más abajo detallan

    • El contrato de arrendamiento se subscribirá en los últimos días del mes de marzo de 2024.
    • Los importes a entregar a la firma serian, mes de fianza, mes corriente y una mensualidad correspondiente a los honorarios de agencia más IVA, descontando la cantidad entregada en este acto.

    En este caso si firmo la reserva y hago el pago, y luego en la firma del contrato, pago solo la diferencia corresdiente a 1 mes de fianza y mes corriente menos lo pagado en la reserva, podrían cancelarme el contrato y no entregarme el piso?

    1. supongo que si, lo que deberías hacer es reclamar posteriormente o no haber aceptado un contrato con cláusulas ilegales

      1. Hola Roberto
        Estoy intentado alquilar un piso propiedad de mi madre dado que ella no puede porque está muy mayor y enferma. Me respondió al anuncio un asesor inmobiliario que me dijo que el tenía una cartera de clientes a los cuales les podía interesar alquilar la vivienda, que él cobraba los gastos a los inquilinos y no a nosotros y que tampoco teníamos compromiso ni teníamos que darle exclusividad. Le dije que si pero con ciertas condiciones, le dije que no quería un perfil ni de latinos por malas experiencias que hemos tenido ni tampoco que hubiese menores de edad dado que en caso de impago sería más difícil el desahucio. Bueno pues la primera visita fueron una familia colombiana con dos niños pequeños y además tuve que enseñarles yo el piso, después de la visita le llamé y le dije que no era lo que habíamos hablado y descartamos esos clientes. la segunda visita las realizó el y era para una señora y si hija menor de edad algo que tampoco cumplía con el perfil de inquilino aunque el me dijo que el contrato podía ser de 11 meses renovables para que no constase como vivienda habitual del inquilino y le dije que si pero después me dijo que tenía que ser la vivenda habitual porque iba a matricular a la niña en un colegio cercano a lo que le dije que no y viendo la poca ética profesional le dije que me devolviera las llaves que no me interesaba trabajar con el y me amenaza con denunciarme. ¿podría denunciarme y exigirme sus honorarios por esto? Además no existe ni hoja de encargo y los honorarios los iba a pagar la inquilina.
        Muchas gracias de antemano. Un saludo.

      2. Hola José María,

        viendo cómo está actuando ese supuesto asesor inmobiliario, lo que haga es imprevisible. Te voy a decir lo que habríamos hecho en Etikalia:

        1.- de entrada no te habríamos llamado cuando publicas tu anuncio, a nosotros nos llaman los arrendadores solicitando nuestros servicios.
        2.- Si un arrendador me dice que no quiere extranjeros le explico que las características que nos permiten identificar inquilinos con perfiles de riesgo no son ni su origen ni su religión…, sino cosas como su solvencia económica, por ejemplo. Trataría de convencerte de que no descartes posibles inquilinos por su origen y si aún así siguieras insistiendo en no alquilar a extranjeros, no te aceptaríamos como cliente. La ética no debe estar solo en la agencia inmobiliaria, también en los arrendadores.
        3.- Si en este momento decidieras aceptar extranjeros firmaríamos un contrato de gestión de alquiler donde todo el mundo tiene claras cuales son sus obligaciones y sus derechos e incluiríamos una exclusiva. Pero no solo eso, incluímos también una cláusula en la que penalizamos con indemnización a los propietarios que descartan inquilinos por su origen, religión, género, orientación sexual, etc.

  226. Buenos días, me he leído la LAU y el artículo pero, disculpa, que una cosa no me termina de quedar clara. En mi caso en el anuncio especifica claramente que se abonará un mes de fianza y el mes de alquiler. Hasta ahí, bien. Después, tras hacer la reserva, donde pone que le pagamos el importe de una mensualidad, que se trasladará al propietario, nos hacen un contrato de 11 meses, dicen que no prorrogable, y que tenemos que pagar la fianza en efectivo. Hemos abonado, por tanto, las dos mensualidades, y el mes en curso (el alquiler comenzó el 1 de marzo). Ahora vamos a reclamar, no queríamos perder el piso aun sabiendo que nos estaban cobrando de más.
    Mi duda es, aunque el contrato pone que es temporal (cosa que todos los que firmamos el contrato sabemos que es mentira), en ningún caso nos especificaron que teníamos que pagar a la agencia, entonces, ¿tenemos argumentos, con el anuncio y las copias de la reserva y del contrato, para poder reclamar?
    Muchísimas gracias de antemano

    1. Hola Marina,

      yo no me fiaría de esa agencia, si anuncian como temporal un alquiler que no lo es es porque os van a cobrar comisión, muy probablemente.

  227. Hola buenas. Necesito saber si esto es normal. Hemos alquilado una vivienda. La vivienda lo quieren disfrazar como de alquiler de 11 meses por el supuesto estado del edificio que tienen que demoler en varios años porque son pisos antiguos. Con esto, en la reserva nos han cobrado aun casi sin decirlo teniendo que sonsacar, que eso es el pago de la agencia inmobiliaria, la dicha comisión que ya no se ha de pagar. ¿Lo podemos reclamar?. ¿El propietario te puede echar antes de esos 11 meses si ve que hemos hecho una reclamacion de este tipo a la agencia inmobiliaria?.

  228. Hola buenos días
    yo firmé el contrato de alquiler en fecha 1 de diciembre del 2023
    seme pidió los honorarios de la agencia que los entregara en mano, y eso hice sin saber qué es ilegal, tengo un papel con el sello del agencia y firma como que yo he hecho esa entrega .
    Puedo reclamar ese dinero?

  229. Mira Roberto, lo primero que yo alquilo la vivenda a quien me salga de MIS SANTOS COJONES. Segundo, me la pela que no me aceptarais como cliente puesto que yo soy el primero que no trabajaría con una inmobiliaria (a este cabrón le dije que si porque me dijo que era gratis y sin compromiso).
    Venga, a mamarla a la venta del nabo.

    1. Pues hombre, no se qué haces consultando en la web de una inmobiliaria. Claro, que tu las inmobililarias, solo si trabajamos gratis. Agur

  230. Hola! En mi caso en los próximos meses voy a modificar el contrato de alquiler que tengo (somos varios compartiendo piso, todos figuramos en el contrato, y mediante anexo van a cambiar parte de los inquilinos).

    La inmobiliaria dice que tenemos que hacernos cargo como inquilinos de los gastos que corresponden a hacer el anexo (revision de la vivienda, devolución de fianza etc).

    Seria correcto?

    1. entiendo que el cambio de las condiciones del contrato lo estáis solicitando vosotros, así que lo lógico es que asumais vosotros el pago de honorarios y eso no contradice la ley de arrendamientos.

  231. Buenas noches,
    Llevamos 5 años de alquiler en un piso y en junio se nos acaba el contrato. Para poder realizar la renovación, la agencia que gestiona nuestro piso pretende cobrarnos a nosotras una tarifa por “gestión de alquiler” de 600ypico euros, además de exigirnos una permanencia mínima de 2 años. Nos gustaría saber, por favor, si esto es legal o podemos negarnos legalmente a dichas condiciones, porque tengo entendido que los gastos de gestión y honorarios debe pagarlos el propietario, y que la permanencia mínima es de 6 meses. Muchas gracias de antemano!!

    1. Pues depende de cómo se plantee: la ley prohibe cobrar a los inquilinos la elaboración del contrato de alquiler, pero no dice nada de sus siguientes modificaciones, así que creo que no es ilegal que os cobre. Lo que no os puede pedir es permanencia mínima de 2 años, pero si indemnización de un mes por cada año que dejéis de cumplir en ese plazo de dos años.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Índice del artículo