¿Puedo alquilar mi piso y seguir empadronado en él?

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Algo que nos consultáis en ocasiones los arrendadores es ¿puedo seguir empadronado si alquilo mi piso?. Lo habitual es que el motivo detrás de esta pregunta es que queréis que os siga atendiendo el mismo médico que teníais hasta ahora, cuando vivíais en esa vivienda. Vamos a ver qué dice la normativa y qué hay que hacer en estos casos

1.- Lo que dice la normativa sobre empadronamiento

El padrón es el registro municipal que debe mantener cada ayuntamiento para tener los datos de los vecinos que habitan en él. Es un registro importante porque dependiendo del número de personas empadronadas ese municipio disfrutará de más o menos servicios o, sobre todo, de unos servicios escalados en función de las personas que oficialmente viven en él.

Son conocidos los problemas que tiene Castro Urdiales debido a que muchas personas de Bilbao trasladan su residencia a este municipio de Cantabria pero mantenían el empadronamiento en Bizkaia. 

El empadronamiento se regula en la ley de Bases de Régimen Local y en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Lo que se dice al respecto de la obligación de empadronarse es: 

  1. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año (artículo 54)
  2. Todos los vecinos deben comunicar a su Ayuntamiento las variaciones que experimenten sus circunstancias personales en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal con carácter obligatorio (artículo 68)

2.- ¿Puede el arrendador alquilar su piso y seguir empadronado en él?

Del artículo 54 anteriormente citado podría deducirse que si, si no cambia de municipio. Pero el artículo 68 deja claro que cualquier cambio en las circunstancias personales que afecten al empadronamiento deben ser comunicadas al Ayuntamiento. De manera que es claro que habría que comunicar el nuevo domicilio y empadronarse en él incluso en el caso de que no se cambie de municipio. Por lo tanto, el arrendador no puede seguir empadronado en una vivienda que ponga en alquiler

Nuestra recomendación es empadronarse en su nueva vivienda habitual antes de firmar el contrato de arrendamiento para evitar complicaciones posteriores con el empadronamiento de los inquilinos. Éstos, los inquilinos, deben aportar el contrato de arrendamiento al ayuntamiento para que proceda a su empadronamiento. Pero si el ayuntamiento comprueba que los propietarios siguen empadronados en la vivienda sucede en ocasiones que no empadrona a los nuevos inquilinos hasta que los arrendadores se empadronen en su vivienda habitual. 

3.- ¿Se puede prohibir a los inquilinos empadronarse en la vivienda alquilada?

Esto dependerá del tipo de contrato de alquiler que se firme. Lo habitual es que se firme un contrato de alquiler de vivienda. En ese caso la vivienda pasa a ser el domicilio habitual y permanente de los inquilinos, por lo que tienen la obligación de empadronarse en la vivienda. Incluir una cláusula que les prohiba empadronarse sería una cláusula nula (es decir, como si no existiera) y los inquilinos no tienen que cumplirla. 

La otra posibilidad es que se firme un contrato de alquiler para uso distinto a vivienda habitual. Estos contratos son los que se firman para alquileres temporales por traslados por estudios o trabajo. En este caso, el domicilio habitual y permanente de los inquilinos no es esta vivienda, sino aquella de la que proceden, por lo que los inquilinos no pueden empadronarse en la vivienda alquilada. 

4.- Posibles sanciones por fraude en el padrón

El mismo reglamento que citábamos anteriormente señala que las sanciones máximas en caso de falsedad y omisiones en el padrón según el tamaño del municipio:

  • más de 500.000 habitantes: 150,25 euros
  • entre 50.001 y 500.000 habitantes: 90,15 euros
  • entre 20.001 y 50.000 habitantes: 60,10 euros
  • entre 5.001 y 20.000 habitantes: 30,05 euros
  • menos de 50.000 habitantes: 3,01 euros

Pueden parecer sanciones muy leves pero cuidado con esto porque dependiendo del caso podría considerarse falsificación de documento público, lo cual ya lleva pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

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Foto: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

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36 respuestas

  1. Buenas, hasta hace un año más o menos he estado empadronada en un domicilio donde tenía alquilada una habitación. El dueño me ha comunicado que me va a desempadronar. Yo vivo en un local de alquiler sin habitabilidad, por lo tanto no puedo empadronarme aquí. Qué va pasar? Puedo estar no empadronada, es decir quedarme en el aire, no constar en ningún sitio? Qué puedo hacer al respecto? Gracias de antemano, saludos

  2. Si me voy del piso de alquiler donde estaba empadronada, y no me empadrono en ningún sitio porque no tengo casa ni nada, vivo en caravana, pierdo el empadronamiento ?

  3. Que pasa si mi inquilina no se va, habiendo finalizado el contrato de 11 meses, està empadronada y tiene 2 hijos memòries

    1. Hola Eva,

      habría que ver las circunstancias del contrato, pero hay contratos de 11 meses que están en fraude de ley y hay que prorrogar hasta 5 años.

  4. Buenas tardes, yo en 2019 cogí un piso con el contrato a mi nombre pero era para que viviera mi hija con su marido y su hijo, el dueño me hizo el contrato por un año y de palabra quedamos que una vez cumplido el año me quitara de ese contrato y lo hiciera a nombre de mi hija pero el dueño no quiso y lo dejo pasar. A todo esto el dueño y su familia se empadronó en ese piso que me había alquilado estando viviendo mi hija y su familia. A día de hoy mi hija sigue viviendo allí pero dejo de pagar el alquiler desde octubre …me dijo el dueño que me denunciaría porque yo soy el del contrato y no estoy pagando le he dicho que yo nunca he pagado ese piso porque los recibos todos eran a nombre de mi hija y ademas que yo nunca viví allí ni estuve empadronado. Que puedo hacer ? Donde puedo acudir? Que me recomiendan hacer? Gracias

    1. Hola María del Mar,

      dado que fuiste tu la que firmó el contrato, tu eres la responsable de los pagos de la renta y si se dejan de pagar a quien va a reclamar el arrendador es a ti, no a tu hija. Te recomiendo que bien tu o bien tu hija saldéis la deuda con el arrendador para parar la demanda judicial.

  5. mi casero esta empadronado en mi vivienda, es un contrato de 11 meses , no pone en el contrato q sea de vivienda habitual, pero el sabe q si lo es, en el contrato pone q el se encuentra en otro municipio por motivos laborales. Mi pregunta es, puede echarnos cuando el quiera alegando q necesita la vivienda para su uso personal? he leído por ahí q si. que me aconsejáis hacer? desde Málaga. SALUDOS

  6. Hola, puedo tener más de un contrato de vivienda habitual? Si quiero subarrendar mientras no estoy en el apartamento y no estoy empadronado allí supondra un problema?

    1. Hola Romina,

      vivienda habitual es solo una, en la que vives habitualmente y estás empadronada. Para subarrendar tienes que tener el consentimiento del arrendador.

      1. hola el dueño del piso donde vivo quiere empadronarse aquí esto es legal y con que fines lo podría hacerr?

      2. Hola Henry,

        entiendo que el dueño del piso no vive en él, así que no puede empadronarse, tiene que hacerlo en su residencia habitual.

  7. hola he alquilado un piso para que vivan mis hijas, yo vivo en otra residencia y estoy empadronada ahí, no me quiero empadronar aquí en Barcelona,. pero puedo empadronar a mis hijas en el piso que alquilé para ellas sin empadronarme yo?

  8. Buenas tardes,

    soy propietaria de un inmueble que tengo alquilado hace 3 años y medio. Antes de alquilarlo era mi vivienda habitual y a día de hoy sigo empadronada en el mismo inmueble ya que estoy viviendo en casa de mis padres por temas de cuidados y salud. Mi intención era volver a mi vivienda habitual cuando la situación mejorara pero no veo el momento…Mi pregunta es, si me planteara vender el inmueble porque la situación se ha complicado, no me podría acoger a la exención por reinversión, cierto? Aun estando empadronada en la vivienda?

    Gracias.

  9. Hola! He alquilado mi piso de propiedad por motivos familiares/ personales? Es un alquiler temporal de unos meses y de momento no tengo vivienda habitual, ni tengo claro si voy a volver en mi proprio piso o cambiaré por otro. En este caso tengo que dar la baja del padrón, aunque no me pueda empadronar en otro? Y además que pasaría con mi domicilio fiscal?

    1. Hola Alex,

      aquí tengo dudas, pero si lo que has firmado en tu piso es un alquiler temporal, yo diría que puedes seguir empadronado en él.

  10. Buenos días.
    ¿El propietario no puede estar empadronado en el piso incluso si lo que alquila no es el piso en si, sino una de sus habitaciones?
    Es decir, ella en una habitación y yo en otra.

    1. Hola Ana,

      si el propietario alquila una habitación y sigue viviendo en esa vivienda, lógicamente puede seguir empadronado.

  11. hola estoy cobrando una ayuda para el alquiler y voy a alquilar una habitación en una casa,el propietario está empadronado allí,pierdo mi ayuda por alquilar una habitación en vez de un piso? todo con contrato de arrendamiento.un saludo

    1. Hola Iker,

      eso depende de las condiciones en las que te han otorgado la ayuda. Si por ejemplo la ayuda se concede a personas con ingresos inferiores a cierta cantidad y el subarriendo te hace superar esa cantidad, perderías las ayudas. Lo mejor es que consultes al organismo que te otorga esas ayudas.

  12. Hola, voy a alquilar por primera vez una vivienda y mi futura inquilina me pide como requisito indispensable que no haya nadie empadronado en esa casa. Al no entender cual puede ser el beneficio para ella, me hace sospechar, ¿Cuál puede ser el motivo? Si me pudieras ayudar te lo agradecería. Un saludo.

    1. Hola Amanda,

      es lógico que no haya nadie empadronado en el piso porque quien debe estar empadronado son los inquilinos

  13. Tengo un piso alquilado a una persona. Ésta me dice que quiere empadronar a su novia (que no está en el contrato), y en el ayuntamiento le dicen que tengo quedar yo el consentimiento en un formulario para que la empadronen, ya que no está en el contrato. ¿Es así, tengo que dar yo el consentimiento por escrito? Gracias y saludos.

  14. Mi casero me ha pedido que desocupe el piso porque lo necesita para un familiar, me comunico el 28 de noviembre, para entregar el 1 de febrero. su hijo se ha empadronado en el domicilio. Que debo hacer en este caso?. Gracias.

    1. Hola,

      tienes que mirar si en el contrato hay una cláusula que permite recuperar el piso para uso propio. Si no existe esa cláusula puedes seguir en el piso tranquilamente.

  15. hola tengo alquilada mi casa y quiero echar al inquilino. Mi hijo está empadronado ayla pregunta es puede mi hijo entrar en la vivienda y echarlo. GRACIAS

    1. Si tienes en el contrato la cláusula de recuperación para uso propio se lo tendrías que comunicar con dos meses de antelación y el contrato dejaría de prorrogarse obligatoriamente. Si no, no puedes echar al inquilino

  16. Buenas tardes, mire yo alquilo habitaciones pero sigo en mi vivienda. pueden empadronarse los inquilinos sin desempadronarme yo?

  17. Hola,

    Hace un año aproximadamente que mi vivienda habitual la utilizo para alquiler vacacional. He alquilado otro piso, pero no me he empadronado en este nuevo piso de alquiler! Hay algún problema de cara a hacienda? Puedo continuar empadronado en mi piso que hago alquiler vacacional?

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