La «preocupante» realidad de la okupación: afecta a menos de 1 de cada 100.000 hogares

gráfico okupacion en españa

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A nadie se le escapa el tremendo bombardeo al que nos han sometido algunos medios de comunicación durante las últimas semanas sobre el fenómeno de la okupación. Escribo esto en agosto de 2020 (y lo actualizo en agosto de 2022), cuando la segunda oleada de coronavirus, o los escándalos de Juan Carlos I no hacen necesario inventar problemas para que ocupen las portadas. En el arranque de agosto de 2022 ya nos hemos encontrado los primeros titulares que pretenden generar alarma sobre este fenómeno.

Así que me ha parecido interesante hacer un repaso sobre lo que es y no es la okupación, los mitos y bulos que están difundiendo incluso medios considerados serios y la realidad que reflejan tanto la ley como las estadísticas.

Qué es la okupación: allanamiento de morada vs usurpación

Cuando los medios de comunicación nos hablan de okupación en realidad están mezclando dos conceptos jurídicos muy diferentes. Quien mejor lo ha explicado estos días ha sido un juez a través de su cuenta de twitter @JudgeTheZipper. Es un hilo imprescindible para entender el fenómeno desde el punto de vista judicial

Básicamente lo que viene a decir es que cuando se habla de okupación se está haciendo diferencia a dos delitos diferentes: el allanamiento de morada y la usurpación. El primero se da cuando la vivienda ocupada es el domicilio de alguien (o incluso su segunda residencia). El segundo se produciría cuando en esa vivienda no reside nadie ni siquiera de forma temporal. 

En el caso de allanamiento de morada el desalojo es muy rápido y ni siquiera es necesaria la intervención judicial (hablamos, insisto, de domicilio particular y de segunda residencia). Mientras que cuando se produce una usurpación es cuando el proceso se demora más. 

Nadie puede ocupar tu domicilio pero si tu vivienda vacía

Como primera conclusión podríamos establecer que si alguien llegara a ocupar tu domicilio o tu segunda residencia la policía puede echar directamente a los okupas sin pasar por el juzgado. En el caso de segundas residencias el proceso podría pasar por el juzgado y en ese caso se podría resolver en un par de días. 

Lo que si se va a alargar más es la expulsión de los okupas cuando lo han hecho en una vivienda que no es la residencia de nadie. En ese caso la vivienda ocupada se convierte en su domicilio y su expulsión ha de pasar por un proceso en el juzgado que se va a demorar unos meses. De manera que si tienes una vivienda vacía, esta puede ser ocupada, lo que es un argumento más para que la pongas en el mercado, bien alquilando tu piso vacío o poniéndolo a la venta. 

El mito de las 48 horas

En Internet encontrareis muchos artículos en prensa y medios no especializados que insisten en un mensaje falso: tienes que denunciar la ocupación antes de 48 horas para que echen a los okupas. La diferencia entre allanamiento y usurpación no depende de un criterio temporal sino de si la vivienda ocupada es o no el domicilio de alguien. En este artículo podéis leer más sobre este asunto y ver algún ejemplo de titular de televisión que da un poco de vergüenza ajena. Y ojo, también es muy interesante ver en qué medios y webs se publica este mito, entre otras Prosegur o Securitas Direct. Una de estas empresas tiene ahora un anuncio de televisión para promocionar sus alarmas donde unos clientes están preocupados por que les ocupen su segunda residencia. En ese caso sería un allanamiento de morada, y no usurpación, por lo que podría tratarse de un caso de publicidad engañosa.

¿Una buena vacuna o un medicamento mediocre?

La mejor solución para evitar contagios es la vacuna. Esto ya lo sabemos por el covid-19. Pero hasta que la tengamos nos tenemos que conformar con medicamentos que funcionan a medias.

En el caso de la ocupación la frase que vemos en las noticias y en las redes sociales es: «me ocupan la casa y no puedo echarles«. Ya hemos visto que eso no es cierto cuando se trata de tu domicilio. Pero aún así, se insiste en que la solución es «echarles». ¿Y por qué no plantear una solución preventiva, una vacuna? Es más eficaz intervenir en los motivos por los que alguien tiene que ocupar una casa.

Estos motivos pueden ser variados pero el principal, o uno de los principales, es la búsqueda de una vivienda por necesidad (algo que, por cierto, no suele llegar a los medios de comunicación). Dejamos al margen otros motivos que están también en el origen del movimiento okupa, como la recuperación de espacios, el establecimiento de comunidades, la búsqueda de espacios colectivos para actividades, etc.

Si el principal motivo es la necesidad de dormir bajo un techo, hay soluciones preventivas claras: más parque de vivienda pública, más oportunidades para acceder a un empleo digno, conseguir que las familias no tengan que dedicar más del 30% de sus ingresos a pagar la vivienda… Entonces, ¿por qué los medios de comunicación nos quieren colar la solución menos eficaz?

Los datos de la ocupación ¿tan grave es como para que ocupe tanto espacio en las noticias?

En algunos artículos que hemos consultado se suelen citar los datos del Institut Cerdá pero lo único que hemos encontrado es un artículo sin fecha con un enlace roto a lo que debió ser el informe completo, así que no hemos podido acceder a dicho informe. 

Lo que si hemos encontrado son datos en el INE, tanto de allanamiento como de usurpación. Se trata de unos datos que nos parecen muy clarificadores y que nos ha sorprendido no encontrar en otros artículos, al menos entre los mejor posicionados en los buscadores.

El gráfico ya es lo suficientemente expresivo pero si nos quedamos con los datos del último año disponible (2020) vemos que hubo 3157 delitos de usurpación (ocupación de viviendas vacías) y solo 185 delitos de allanamiento de morada (en domicilios particulares). El censo de 2011 nos da el dato de que en España había entonces 21.765.257 viviendas (entre principales y secundarias). Así que el delito de allanamiento afectaría al 0.0008% de las viviendas (aproximadamente una vivienda de cada 117.000).

En cambio el delito de usurpación, si tenemos en cuenta que se produce sobre viviendas vacías (3,4 millones en el censo de 2011) afectaría en 2020 a casi el 0,1%. Y de esos, según algunas fuentes, el 80% son propiedades de entidades bancarias. 

La ocupación afecta más al entorno que a la propiedad

Teniendo claro que mi domicilio puede ser allanado (y despejado de delincuentes en pocas horas) pero que un piso vacío que pueda haber en mi portal puede ser usurpado (y el proceso de expulsión es más lento), me preocupa más esta segunda situación por el impacto que eso puede tener en la comunidad: problemas de convivencia, conexiones ilegales a las redes de electricidad, gas y agua, con el consiguiente riesgo de un mal funcionamiento, etc.

Es decir, debemos ser conscientes de que el fenómeno de la ocupación es absolutamente residual en términos estadísticos, pero puede tener unas consecuencias graves para el entorno y los vecinos de la vivienda ocupada. Por eso no nos cansaremos de insistir en que tener una vivienda vacía no tiene ninguna ventaja y si muchos inconvenientes, entre ellos la posibilidad de que te la ocupen.

El fenómeno okupa en los medios de comunicación

Hay al menos dos estudios que han analizado el tratamiento del movimiento okupa en los medios de comunicación. El más conocido analiza los artículos de El País y concluye que hay una preferencia por mostrar la parte negativa (violencia, represión policial, juicios…) que las demandas del movimiento okupa: «la problemática de la vivienda, la especulación inmobiliaria y, las políticas de reestructuración urbana». Este mismo artículo llega a hablar de «criminalización mediática» del movimiento okupa.

Otro problema es que se mete en el mismo saco a la okupación basada en la pobreza, la reivindicativa (centros sociales) y la de las mafias, de manera que la imagen que se genera de este fenómeno es la más negativa: mafias, delincuencia y violencia.

En la campaña mediática actual los medios no están dando una visión plural del fenómeno, con entrevistas a grandes propietarios y al movimiento okupa, sino que están dando solo el punto de vista de la propiedad. Esta falta de pluralidad y su vinculación con posiciones conservadoras ya se ha analizado en un caso concreto que enlazo para quien quiera ampliar la información (pp. 67 y siguientes)

Conclusiones

  • No tienes por qué preocuparte
    • Si eres como yo, que no tienes una vivienda vacía, no tienes por qué preocuparte. Si te afectara un allanamiento de morada (menos de uno por cada cien mil viviendas) la policía va a poder desalojar rápidamente a los delincuentes.
    • Si tienes una vivienda vacía, entonces el riesgo aumenta, no solo en cuanto a volumen (2 de cada mil viviendas) sino en cuanto a que el delito no se resuelve en horas, sino en meses. En ese caso te recomendamos que alquiles tu vivienda, porque además le vas a poder sacar una rentabilidad.
    • Si tienes una vivienda vacía, alquilala.
  • Bueno, si, preocúpate por lo que haya detrás de esta campaña de comunicación.
    • Una enfermedad se considera rara cuando afecta a menos de 5 de cada 10.000 personas. El allanamiento de morada afecta a 0,1 de cada 10.000. ¿Entonces por qué los medios no hablan de las enfermedades raras y dedican ahora tanto tiempo y tinta a la ocupación?
    • Hay fuentes que afirman que el 80% de la ocupación se realiza en inmuebles propiedad de entidades bancarias, ¿habrá influido eso en que se haya convertido en uno de los temas de moda?
  • Detrás de esta campaña hay intereses evidentes en crear un estado de opinión. Esto es solo el inicio
    • No hay que descartar la intencionalidad política de vender a Podemos como favorable a los okupas y a Vox quien lidera (incluso con bulos) la lucha anti okupa. Ahí los medios se han puesto del lado de Vox
    • No faltan los intereses económicos de grandes tenedores con muchas viviendas vacías (principales afectados por la ocupación), empresas de seguridad (que rozan la publicidad engañosa), bandas anti okupas, seguros, puertas de seguridad, etc., que se basan en la estrategia del miedo para hacer negocio y conseguir publicidad gratuita. 
    • La solución que se pide en los medios es paliativa (desahucio exprés), ¿y por qué no una solución preventiva con una política de vivienda que impulse el alquiler asequible?. ¿Quizá porque lo primero favorece más la especulación que lo segundo?
    • Ojo cuando los medios de comunicación se coordinan para lanzar determinados mensajes, porque siempre hay intereses detrás.
  • De rebote, funciona como cortina de humo para silenciar otros problemas
    • Desde el punto de vista social, sobredimensionar el fenómeno de los okupas facilita que no se de tanta importancia a problemas verdaderos relacionados con la vivienda como los desahucios, la necesidad de compartir piso, los precios de los alquileres, etc. 
    • Incluso hay quien ha planteado que detrás de esta estrategia de comunicación se busca crear un estado de opinión favorable a establecer leyes más laxas que faciliten el desahucio, quizá pensando en una oleada de impagos de hipotecas a los bancos provocada por la crisis del coronavirus.
  • Todo en el mismo saco: los medios no diferencian las ocupaciones por necesidad de otras violentas o relacionadas con mafias.
    • Donde si hay un problema es con la ocupación de viviendas de protección oficial en alquiler. Hay grupos o mafias que aprovechan el período que transcurre desde que finaliza un contrato hasta que entra el siguiente inquilino para usurpar esas viviendas que son de todos y deben estar destinadas a satisfacer el derecho a una vivienda digna. Esto está ocurriendo últimamente  en Vitoria-Gasteiz, entre otros sitios.

¿TIENES ALGUNA DUDA SOBRE ESTE TEMA? Escribela en los comentarios más abajo y trataremos de resolverla.

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2 respuestas

  1. Me he molestado en leer todo el artículo, (que está tan lleno de prejuicios -pero a la inversa- como los que puedan tener los que «exageran» el tema de la okupación) y no he conseguido enterarme de qué ocurre ante la problemática principal que se da en torno a este asunto, es decir: cuando un inquilino no paga el alquiler de dónde reside.
    (ya que además, en el artículo se alienta, acertadamente creo, a poner en alquiler pisos vacíos)
    ¿Qué ocurre en este caso? ¿Se puede echar al moroso con cierta celeridad, o se alarga?
    (Aparte que, si lo pensáis,, ahí residen muchas claves de po qué los alquileres se encarecen, las garantías se endurecen, los propietarios cierran y no alquilan pisos…)
    Saludos

    1. Hola Miguel,

      una cosa es la okupación y otra cosa es el impago de la alquiler. Son situaciones que no tienen nada que verpero ahora a la prensa le ha dado por inventar el término «inquiokupación» para asimilarlo a la okupación. Si hay un inquilino que ha dejado de pagar la renta no es un ocupa, es un moroso. Y antes eso se puede poner una demanda de desahucio.

      En cuanto a los prejuicios, no se a qué te refieres. Es un artículo plagado de datos y de opiniones de expertos, algo nada frecuente en las noticias que solemos ver en los mass media cuando se refieren a este asunto.

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