¿Se puede solicitar el nuevo Bono Alquiler Joven en el País Vasco?

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El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 . Sobre el Bono Alquiler Joven se ha hablado mucho estas últimas semanas y con la publicación hoy en el BOE de dicho decreto, ya podemos olvidarnos de rumores tiktokeros y acceder a la información veraz sobre cómo va a funcionar esta ayuda de 250 euros mensuales para el pago del alquiler.

¿Se puede solicitar el Bono Alquiler Joven en el País Vasco?

No. Es de lo primero que queda claro según se empieza a leer el decreto. El artículo 2 dice que se puede solicitar en cualquier Comunidad o Ciudad autónoma con excepción del País Vasco y Navarra. Desconozco las ayudas que hay en Navarra, pero en el País Vasco tenemos las ayudas de Gaztelagun, que son muy similares a las recién aprobadas a nivel nacional y llevan ya dos o tres años en marcha.

Requisitos para acceder al Bono Alquiler Joven

Aparte de no residir ni en el País Vasco ni en Navarra, los requisitos que plantea el Decreto se pueden resumir en los siguientes:

  • Tener entre 18 y 35 años (incluido)
  • Nacionalidad española, de algún país de la UE, de Suiza o espacio económico europeo o extranjeros no comunitarios en situación de residencia regular en España
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual o de habitación, que habrá que justificar además aportando el certificado de empadronamiento.
  • Tener al menos una fuente regular de ingresos y que estos no superen 3 veces el IPREM (1.728 euros mensuales)
  • No tener vivienda en propiedad o usufructo en España
  • El arrendatario no puede tener relación de parentesco en primer o segundo grado con el arrendador. Vamos, que no vale alquilar el piso a los padres o a los abuelos.
  • Renta máxima de 600 euros mensuales, aunque las comunidades autónomas pueden subir el límite hasta 900. En el caso de alquiler de habitación, la renta máxima será de 300 euros.

Cuantía de la ayuda y plazo

La ayuda, como se ha dicho, será de 250 euros mensuales, y aunque todavía no se puede solicitar, cuando se conceda será con efectos retroactivos a 1 de enero. El plazo por el que se concede la ayuda es de dos años. A partir de aquí son las Comunidades Autónomas las que deben convocar la solicitud de ayudas. Los pagos de la ayuda en principio se realizarán mensualmente. Y lógicamente el inquilino deberá justificar que está pagando todos los meses la renta para poder seguir percibiendo la ayuda.

¿TIENES ALGUNA DUDA SOBRE ESTE TEMA? Escribela en los comentarios más abajo y trataremos de resolverla.

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