Ayudas al alquiler de vivienda y medidas excepcionales en relación al alquiler de vivienda y al coronavirus (actualizado 2021)

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El pasado 26 de enero de 2020 se publicó un nuevo decreto que ampliaba los plazos de algunas medidas excepcionales relacionadas con el alquiler de viviendas y la crisis del coronavirus. A eso se unen algunos decretos anteriores que ampliaban también los plazos para la solicitud de ayudas y créditos ICO. En este artículo vamos a mantener actualizada la información sobre estas medidas relacionadas con el alquiler de vivienda y las ayudas al alquiler.

Prórrogas para medidas excepcionales

  • en el caso de desahucios, suspensión extraordinaria del lanzamiento cuando la persona arrendataria acredite estar en situación de vulnerabilidad sobrevenida por el coronavirus hasta el 31 de octubre de 2021.
  • prórroga extraordinaria de los alquileres de vivienda habitual que finalicen antes del el 31 de octubre de 2021, previa solicitud del arrendatario al arrendador y por un período máximo de seis meses. Esta prórroga no se aplicaría si la parte arrendadora necesitara la vivienda para uso propio o de familiares en primer grado.
  • En el caso de viviendas propiedad de grandes tenedores, se prorroga hasta el 31 de octubre de 2021 el plazo para solicitar la suspensión temporal de los pagos si se está en situación de vulnerabilidad económica

Prórrogas para la solicitud de ayudas al alquiler

Además, en relación a las ayudas que se pueden solicitar, se han prorrogado los siguientes plazos

Enlaces a la normativa

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