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20 comentarios
Soy arrendadora de un piso X 700 e. Mes. El 1 de julio de 2020, se cumplió 1 año, pero olvide notificar y aplicar mi cláusula de aumento según el Ipc. Puedo hacerlo ahora con efecto retroactivo? Debo esperar a junio del 22?
Hola Carmen,
puedes actualizar ahora aplicando el ipc que estuviera publicado el 1 de julio, pero sin efectos retroactivos, se aplicaría en la renta de febrero.
tengo un contrato firmado en Octubre de 2018 en el cual existe una clausula en la cual acordamos ambas parte incrementar anual mente un 15%sobre la renta y esta seriá de aplicación a las 12 siguientes mensualidades. dicha clausula estaria en vigor hasta que cualquiera de las 2 parte de por finalizado este acuerdo.
con motivo de la situación laboral de los inquilinos dimos por finalizado esta clausula hasta nuevo acuerdo. ¿como se puede actualizar la renta actualmente?
Hola Angela,
supongo que el contrato no es un alquiler de vivienda. En ese caso tenéis total libertad de pacto. Habría que ver qué firmasteis cuando suspendisteis la cláusula de actualización de renta pero entiendo que una vez pasada la situación que dio lugar a esa suspensión podéis volver al pacto inicial.
Tenemos un local comercial alquilado a una empresa,los propietarios del local somos cuatro. En el contrato de estipula en una cláusula subida de IPC anual desde el año y med que se ha finalizado.
Tres de los propietarios por interés de ellos no quieren subir el IPC y el cuarto dice lo contrario que se cumpla el contrato.
Que es el que por ley tiene razón?
Hola Ricardo,
en ese caso tiene prioridad lo que se ha pactado en el contrato
Hola, tengo un piso alquilado desde marzo del 2021, este año con la movida del ipc tan alto no se implantó hasta el 1de abril con el 2%.
No les comenté a los inquilinos nada hasta este mes por varios motivos personales.
Les puedo incrementar para el próximo mes de sept. la subida del ipc?? Puedo reclamarles desde marzo los atrasos de estos meses?
Gracias
Hola David,
si el contrato cumplió la anualidad antes del 31 de diciembre puedes aplicar el ipc que estuviera publicado cuando cumplió la anualidad y aplicarlo a partir del mes siguiente al de la comunicación. Es decir, si lo comunicas hoy, se aplicaría a partir de la renta de septiembre. Lo que no puedes hacer es aplicarlo retroactivamente.
Hola Roberto., gracias por la respuesta. Me quedo claro.
Tengo otra duda.
Si el contrato es de Marzo del 2021 se supone que la subida del ipc es en base de marzo 21 a marzo 22. ?? Pero como les avise este mes solo puedo subir un 2% como marca la nueva ley??
Muchas gracias
Hola, si el contrato es de antes del 31 de marzo puedes subir ahora el ipc que estuviera publicado en la fecha en que el contrato cumple una anualidad. Puedes saber qué índice estaba publicado en esa fecha buscando el calendario de publicación del INE.
Hola, Gracias por la información.
Soy un arrendatario. En mi contrato se estipula la actualización de la renta anualmente según el IPC.
El contrato empezó el 1 de agosto de 2021. Ahora, a principios de septiembre, el arrendador me ha notificado que el incremento será del 2% según la nueva normativa.
¿Debo pagar de manera retroactiva agosto y septiembre, puesto que en el contrato estaba indicado que la actualización sería en base al IP, o, como la notificación ha sido a principios de Septiembre, el incremento será a partir de octubre?
Un saludo y gracias
Como te han notificado en septiembre la actualización se aplica desde la renta de octubre.
Buenas. tengo un piso alquilado desde octubre de 2021. a la renta base le apliqué el IPC del 2022 correspondiente. ahora en el 2023 tengo que actualizar el IPC del 2023. pero la pregunta es la siguiente: El incremento del IPC se hace siempre de la renta base, o se tiene que aplicar del incremento resultante de la renta base más el incremento. gracias
Hola Antonia,
se actualiza sobre la renta actual. Recuerda que está vigente el límite del 2% para la actualización
Buenas en primer lugar gracias por el servicio que prestáis desde este post, tengo dos viviendas alquiladas una con contrato desde el 15-sept-2019 y la otra desde el 1-enero-2021, nunca he actualizado las rentas y me gustaría actualizar ambas, según he entendido puedo hacerlo sin coincidir con los meses de las anualidades pero nunca con carácter retroactivo aunque sí podría aplicar el IPC acumulado de estos años pasados? En el contrato del 1 enero 2021 veo que el ipc anual, cerró el 1-1-22 en 0,5 y luego subió pero con la limitación del 2%, entiendo que podría aplicarle para la renta de febrero una subida del 0,5 + 2+2= 4,5%?
HOla Adolfo,
no tienes que mirar el ipc de un año concreto, sino el que estaba publicado el 15 de septiembre de cada año, que será el de julio o agosto.
hola Roberto, resulta que tengo mi piso alquilado desde el 15 de noviembre 2019 y debía haber actualizado por primera vez dos años después 2021, pero no lo hice. Se acaban de cumplir los 5 años. El ipc 21-22 7,3%, 22-23 3,5% y 23-24 1,5%, y ahora pretendo ya que se queda, que me pague la subida 24-25 2,5% que pasos debo seguir, porque me dicen que se lo tenia que haber notificado un mes antes del 15-11-24. Dicen que no se hacen cargo de nada.¿qué posibles alternativas tengo?
Puedes aplicar ahora las actualizaciones que no hayas aplicado pero sin efectos retroactivos.