Muy de vez en cuando nos llegan consultas relacionadas con este tema: cómo conseguir la cédula de habitabilidad, dónde solicitarla, como renovarla. En ocasiones son propietarios de viviendas en venta quienes nos consultan dónde pueden conseguir la cédula de habitabilidad para tenerla lista en el momento en que haya que escriturar. Otras veces son inquilinos que antes de firmar el contrato de alquiler nos piden la cédula de habitabilidad del piso que van a alquilar.
Pues bien, todo lo que debes saber sobre la cédula de habitabilidad en el País Vasco es que este documento lleva suprimido más de un cuarto de siglo.
La cédula de habitabilidad se suprimió en el País Vasco en 1997
Fue en aquel lejano verano de 1997 cuando el entonces Lehendakari Ardanza firmó el decreto que suprimía en el País Vasco la cédula de habitabilidad. En aquella época existían dos trámites que se solapaban: la cédula de habitabilidad que otorgaba el Gobierno Vasco y la licencia de primera ocupación, que otorgaban los ayuntamientos. Para simplificar las cosas, lo que se hizo fue suprimir la cédula de habitabilidad y dejar solo la licencia de primera ocupación.
Sigue habiendo confusión con la cédula de habitabilidad 25 años después de su supresión
A pesar de que ya ha pasado tiempo, sigue habiendo confusión en torno a este documento. Incluso veo en internet publicidad para obtener la cédula de habitabilidad en Bilbao o en Vitoria-Gasteiz. Incluso vemos alguna empresa del sector inmobiliario que publican en su web información que lleva un cuarto de siglo obsoleta. Incluso recuerdo que en el decreto inicial del programa ASAP del Gobierno Vasco se pedía a los arrendadores este documento. En la primera modificación que se hizo del decreto, se suprimió esta obligación.
Otra cosa es que alguien tenga que hacer algún trámite donde necesite demostrar que su inmueble es habitable. En ese caso, si el inmueble se construyó entre 1937 (cuando se creó la cédula de habitabilidad) y 1997 (cuando se derogó) podrá pedir el documento en su ayuntamiento. Si la construcción es posterior a 1997 lo que tendrá será la licencia de primera ocupación. Y si no tiene ni una cosa ni otra quizá lo que necesite es que unos buenos arquitectos hagan un informe de habitabilidad del inmueble.



37 comentarios
Hola,
si no existe la cedula de habitabilidad, supongo que se podrá vivir y empadronarse dónde uno quiera. Yo compré una pieza segregada de un piso principal, en teoría sin cédula. Tiene casi 60 m2, con baño, con cocina, seis ventanas y 3 ventanas de salida a terraza, a dos patios interiores. Pero está en el Casco Viejo de Bilbao y tiene una regulación propia. Según el arquitecto municipal no se considera vivienda porque carece de dos ventanas a la calle.
¿Podría tener algún problema por vivir allí? ¿Pueden evitar los vecinos que vivas allí?
Gracias
Hola María,
una cosa es que no exista la cédula de habitabilidad, pero existen otros documentos como la licencia de primera ocupación. Además en el catastro cada inmueble tiene un uso. Tendrías que consultar al ayuntamiento.
Hola,
Tengo un trastero duplex con un 4piso que lo realizo el constructor para el mismo en 1978 teniendo los dos pisos 4 y 5 enlazados desde interior y puertas en sus dos pisos por exterior… luz y agua independientes con baño, dos habitaciones, cocina y saloncito.
Vamos que es trastero pero con ventanas y luceros…
Tengo posiblididad de habitar en el atico / trastero legalmente? Alquilarlo?
Hola,
no puedes habitar ni alquilar como vivienda un trastero.
¿Si se escritura la venta de una casa situada en La Rioja en una notaría del País Vasco, lugar de residencia de los propietarios, se puede hacer sin tener la cédula de habitabilidad?
El que escritures en el País Vasco una venta de La Rioja no significa que puedas saltarte la normativa de La Rioja. En todo caso, consulta con la notaría.
Buenas, en un pabellon en vitoria se podría vivir legalmente si tienes una zona totalmente acondicionada para ello y vumplas los requisitos?me dijeron en el ayuntamiento que si eres «guarda»de la empresa que ejercía en el pabellón si,pero solo en alguna zona de vitoria..podrías confirmármelo?en mi caso seria en una nueva construccion en un pologono industrial,gracias!
La verdad, lo desconozco. Convendría que consultaras al ayuntamiento
Buenas,
¿Se puede habitar, alquilar o vender una casa (segregación de Caserio) sin separación horizontal pero con catastro y papeles de la propiedad y además con obras ilegales ya prescritas y que al solicitar cédula en el ayuntamiento niegan “dar licencia de primera utilización porque se deduce que es una vivienda acondicionada sin licencia..no obstante, en el registro de la propiedad figura como vivienda pero si bien eso no legaliza su situación”? Gracias
País vasco (Guipúzcoa)
No sabría decirte, lo siento
vivienda en bajo de cien años, sin celula de habitabilidad , pais vasco. Se puede vivir?
Si en el catastro aparece como vivienda, entiendo que si.
Hola, tengo un local en Bilbao de 1973 de 58 metros cuadrados con ventanas a la calle en la entrada y al fondo del mismo, diáfano, podría solicitar el hacer una vivienda, crees que seria viable?
Gracias
Tendrías que consultar la normativa del ayuntamiento.
Estamos a punto de comprar una vivienda.
El edificio consta de dos viviendas y dos garajes.
El edificio es de 1900, estructura de madera en pisos superiores. Primera planta suelo de hormigón.
La cosa es que las viviendas no tienen 2,5m de altura. Pero el edificio al ser tan antiguo se debe de cumplir con esa medida de altura? Por que si es asi, sería como reconstruir toda el edificii de nuevo.
No nos interesa. Querriamos hacer la obra minima manteniendo la altura actual de l vivienda.
La casa se situa en la parte vieja de un pueblo de Gipuzcoa.
Gracias de antemano
Un edificio antiguo no está obligado a cumplir la normativa para nuevos edificios. De todas formas, mi consejo es consultar el caso concreto en el ayuntamiento.
Hola, si yo por ejemplo en el país vasco compro una lonja,¿ Qué tendría que hacer o que requisitos tendría que cumplir para poder vivir en ella a día de hoy ? me da mucha curiosidad ya que económicamente lo veo bastante rentable aún teniendo que hacer reformas.
Un saludo de antemano.
Depende de la normativa de cada ayuntamiento, pero no es habitual que se permita hacer la conversión de lonjas en viviendas, o el proceso es complicado como en el caso de Bilbao.
buenas,
hemos comprado una casa donde vivía gente y había suministro de luz y agua, cbiado de nombre esos contratos y rehabilitado la casa totalmente(con licencia de obra, proyecto, constructora y arquitecto).
¿habría que hacer algún informe de algún tipo antes de volver a ella tras la reforma?
gracias
El arquitecto o aparejador que dirige la obra es quien mejor te va a asesorar porque conoce bien la vivienda y la normativa local.
la vivienda dicha anteriormente fue construida en 1504
Hola, en un proyecto de elevación de 1942 de un edificio planos de un edificio de 1946, aparece el piso de arriba como desván y ahora se vende como piso, es legal?
Para determinar la legalidad de esa situación, sería necesario revisar la normativa urbanística vigente en el municipio y la documentación registral y catastral del inmueble. En muchos casos, una conversión de desván a vivienda requiere una legalización específica y el cumplimiento de ciertos requisitos técnicos y urbanísticos. Te recomendaría consultar con un arquitecto o abogado especializado en urbanismo para analizar el caso concreto
Hola!
Me estoy volviendo loca con encontrar este dichoso documento “certificado municipal de que la vivienda no se halla fuera de ordenacion” para recibir ayuda economica por comprar una vivienda libre de segunda mano.
Por un contacto ajeno pero profesional me dijo que eso ni existia, que ahora tendria que pedir “licencia de primera ocupación/utilización” que es igual a “cedula de habitabilidad” pero nadie me facilita nada más, he ido a varias oficinas, ayuntamiento, informacion,… La vivienda fue construida en 1983. Nadie se preocupa y van pasando la bola de uno a otro y dandome las largas… Estoy hartandome….
Alguien me puede darme alguna pista de que podria hacer?? Muchiisimas gracias!
Hola,
Yo entiendo que si hay unas ayudas públicas que exigen que presentes ese documento, deberían facilitártelo en el ayuntamiento correspondiente. Si no te lo facilitan, pide por escrito qué documento lo sustituye o si es un requisito realmente necesario para la ayuda. Si el ayuntamiento no te da respuesta clara, podrías consultar a la entidad que convoca las ayudas, porque habrá tenido casos similares al tuyo.
Hemos adquirido la vivienda -y aparece como tal en el registro de la propiedad de BIZKAIA- en la que estábamos alquilados desde hace más de 30 años con el correspondiente contrato. Al ir a empadronarnos el ayto de Bilbao nos lo niega porque a ellos les aparece como carbonera o algo similar. Es un piso tal cual, con entrada por la calle sus ventanas sus acometidas etc es más la persona que realiza la IT la refleja cada vez que se pasa como una vivienda más!
Qué opina usted?
Gracias
Si en el Registro de la Propiedad figura como vivienda, pero el Ayuntamiento de Bilbao lo considera un uso diferente (como carbonera), es probable que haya un desfase entre el Catastro y el Registro.
Para solucionar esto, podéis:
Solicitar en el Ayuntamiento un informe sobre el estado urbanístico del inmueble y los motivos del rechazo del empadronamiento.
Verificar el Catastro y, si es necesario, pedir una modificación para que coincida con el Registro de la Propiedad.
Consultar con un arquitecto o técnico si podéis hacer una declaración de obra nueva o cambio de uso.
Si el Ayuntamiento sigue sin reconocerlo como vivienda, podríais valorar acciones legales para regularizar la situación.
Hola,
He comprado una casa con cocina, baño, 2 habitaciones, con servicios de agua, luz, gas natural, etc., pero en las escrituras aparece como gallinero. Se hicieron obras sin permiso para convertir el gallinero en la casa actual. Ya ha prescrito.
¿Se podría hacer algo para convertirlo en vivienda y poder empadronarse?
Muchas gracias.
Dependerá del planeamiento urbanístico del municipio. Te recomiendo acudir al área de urbanismo del ayuntamiento con la escritura y un plano o técnico que te asesore.
Hola.
Mi piso está en Bilbao. Es de segunda mano. Es un piso normal, una vivienda normal. El edificio se construyó en 1963.
Tengo el piso asegurado en AXA. Y en la póliza aparece esta frase: «Para poder ser objeto de riesgo de esta póliza la vivienda asegurada deberá contar en todo momento con cédula
de habitabilidad.»
¿Pueden exigirme eso, o es un abuso?
Gracias.
Siendo de 1963, en esa fecha sí había cédula de habitabilidad, así que entiendo que podrían reclamártela, aunque no veo en qué casos te lo van a pedir.
Buenas, Voy a tramitar en unos meses la venta de mi vivienda en Gipuzkoa y quisiera saber si debo aportar a la documentación para la venta la licencia de primera ocupación. Y saber si simplemente debo solicitarla a mi ayuntamiento o por el contrario de contratar a algún técnico o aparejador que redacte algún informe.
Gracias
Hola Cristina, a mi nunca me la han pedido, pero habría que ver si la venta tiene alguna circunstancia especial que pueda llevar a pedirla. Te aconsejo buscar una buena inmobiliaria de la zona para que te gestione la venta y evitar sustos.
Hola! si yo tengo un camarote en Getxo, para conseguir la licencia de primera ocupación. Me dice el ayuntamiento que tiene que llegar el ascensor hasta dicho camarote, sito en una cuarta planta. En este caso no llega el ascensor hasta esa planta (requisito del ayuntamiento para conceder la L.P.O.), desconozco si se podría habilitar el típico montacargas para minusválidos. Por otra parte, mi pareja tiene una incapacidad del 38%, no sé si por ahí también se podría tirar. Le ruego nos eche una mano. Un saludo.
Pues desconozco la normativa concreta que afecta a este caso. Mi consejo es seguir lo que indique el ayuntamiento o contratar un arquitecto que conozca bien este tipo de casos.
Hola, me interesa un local comercial sin cédula de habitabilidad para uso como vivienda, para residir en él. ¿La licencia ocupacional se puede tramitar en el ayuntamiento o con un informe de arquitecto valdría?
Gracias.
Pues eso depende de cada ayuntamiento, tendrías que consultarlo allí