Recomendaciones para alquiler de estudiantes durante el curso 2020-2021

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Una de las consultas que más nos han hecho estas últimas semanas en el consultorio gratuito era qué pasaba con los alquileres de estudiantes durante el estado de alarma decretado por el coronavirus. El Gobierno estableció medidas para los alquileres de vivienda y para los de negocios, pero no dijo nada sobre los alquileres de estudiantes.

Ahora, con el curso ya finalizado muchas familias se plantean qué hacer de cara al curso 2020-2021. Lógicamente están preocupados por la posibilidad de que un rebrote del COVID-19 vuelva a suspender las clases presenciales y tengan que seguir pagando un alquiler que no están usando.

Soluciones en el BOE: ni las hay ni se las espera

Como decía, en el estado de alarma que ya está finalizando, no se dio una solución concreta a estos alquileres por lo que lo único que se pudo hacer fue negociar entre las partes y depender de la buena voluntad del arrendador para llegar a un acuerdo de reducción de renta o incluso suspensión del acuerdo.

¿Qué puede pasar si hay un rebrote durante el curso 2020-2021? Sería deseable que la solución llegase vía decreto. Y seguramente llegue así si se diera el caso de una suspensión prolongada de las clases, sobre todo en el primer cuatrimestre, cuando no se sabe si la situación se prolongará incluso hasta final de curso. Esta vez han sido tres meses, desde abril cuando ya fue oficial la suspensión de las clases presenciales, hasta junio, mes en el que los estudiantes todavía suelen mantener el alquiler de los pisos para asistir a los últimos exámenes.

Recomendaciones para los estudiantes y sus familias

La normativa, tal como está ahora, obliga a llegar hasta el fin de contrato para que no haya penalizaciones. Desde nuestro punto de vista y el de muchos abogados expertos en cuestiones de vivienda, se podría «pelear» en el juzgado que no hubiera indemnización por resolución anticipada debida a una causa de fuerza mayor, como es la pandemia del coronavirus (principio rebus sinc stantibus). Para no tener que ir a los juzgados es preferible que en el propio contrato quede claro qué sucede en caso de suspensión de las clases incluyendo una cláusula específica.

Las opciones que se nos ocurren son varias e incluso podrían ser complementarias:

  • suspensión anticipada del contrato sin penalización (o con una penalización asumible)
  • reducción de la renta
  • suspensión del pago de la renta

Pero incluso podría haber soluciones intermedias o hasta combinadas dependiendo del plazo y fecha de suspensión de las clases, como reducir la renta el primer mes de suspensión un 50%, un 75% si se alarga un segundo mes, suspender el pago el tercer mes y dar la opción de resolver el contrato a partir del 4º mes.

En una posible negociación hay que tener en cuenta también los intereses de la otra parte, la arrendadora. Por ejemplo, una solución a una resolución anticipada es que pueda alquilar el piso como vivienda habitual en mitad del curso. Pero eso no podría hacerlo si los estudiantes han salido precipitadamente del piso hacia sus ciudades de origen dejando allí sus cosas. Posibles soluciones a esa situación que pueden interesar al arrendador:

  • que los estudiantes vacíen el piso cuando vayan a sus ciudades de origen aunque no sepan si van a volver o no.
  • en caso de volver, no hay problema. En caso de que no volvieran se podría firmar un fin de contrato anticipado y el propietario podría volver a alquilarlo a mitad de curso.

Opción de firmar un contrato de vivienda habitual

Nos ha llegado información de algún caso concreto en el que se ha firmado un contrato de alquiler de vivienda habitual. No es la fórmula más correcta cuando lo que se quiere es hacer un contrato temporal (de estudiantes o trabajadores desplazados). Pero en esta situación, en caso de que hubiera suspensión de las clases presenciales este tipo de contrato puede ser resuelto de forma anticipada por los inquilinos a partir del sexto mes de contrato.

Para saber si tu contrato es de vivienda habitual debería tener las siguientes características:

  • Que indique que es contrato de vivienda habitual o para uso permanente de vivienda. No debe poner que es para uso distinto de vivienda
  • Que se indiquen las prórrogas obligatorias hasta 5 años (o 7 si el arrendador es una empresa.

Consejos para los arrendadores

Si vas a alquilar el piso por tu cuenta indiques en los anuncios que estás abierto una solución en caso de pandemia. De esa manera tu oferta será más atractiva para tus futuros inquilinos que las de pisos que no dicen nada de incluir una «cláusula covid-19».

Y muchas de las cosas que hemos planteado como consejos a las familias se aplican también a los arrendadores. Algo que te va a interesar mucho es poder alquilar el piso como vivienda habitual en mitad de curso si se han ido los estudiantes. Evita la situación de que se hayan ido los estudiantes, hayan dejado sus cosas en el piso, no vayan a volver más que a recogerlas y tu no puedas por tanto alquilar el piso de nuevo.

Y si el alquiler te lo gestiona un profesional, éste deberá orientarte antes de firmar el nuevo contrato de alquiler. Pero, por favor, que lo haga con empatía y si no es así, sé tu el empático. Ponte en el lugar de esas familias que hacen un enorme esfuerzo económico para que sus hijos puedan estudiar lo que les apasiona.

¿Y si el gobierno establece medidas más favorables?

En previsión de que el Gobierno pueda decretar medidas más favorables para los estudiantes y sus familias, junto al pacto que hayáis acordado, se puede incluir esta cláusula:

Las condiciones previstas en el presente acuerdo serán de aplicación siempre que sean más favorables para la parte arrendataria que las que pueda acordar el Gobierno para paliar las consecuencias económicas del pago del alquiler. Es decir, en el caso de que el Gobierno apruebe una norma que establezca medidas más favorables que las pactadas en el presente acuerdo para la parte arrendataria, las partes se obligan a aplicar las medidas más beneficiosas que se hayan aprobado.

¿TIENES ALGUNA DUDA SOBRE ESTE TEMA? Escribela en los comentarios más abajo y trataremos de resolverla.

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